Jueves 18 de abril 2024

Los motivos de la sanción a Silvestre

Redaccion 03/08/2020 - 05.26.hs

En su edición de la víspera, este diario publicó una carta pública de apoyo a la secretaria Penal del Juzgado Federal de Santa Rosa, Iara Silvestre. La misma fue impulsada por varias de las querellas que actuaron en los juicios de lesa humanidad de La Pampa (Subzona 14). Allí explicaban que la funcionaria judicial había sido sancionada a través de un sumario, a partir de una denuncia que realizó el actual juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric.
Este diario accedió posteriormente a la resolución que impuso la sanción, en la cual están descriptos los fundamentos de la medida. Allí puede verse que la sumariante consideró que Silvestre era la responsable de la demora injustificada en casi un centenar de expedientes que estaban bajo su órbita. En la mayor parte de ellos, el juez Baric se había tenido que excusar porque ya figuraba en los mismos pero en su rol de fiscal federal, cargo que ocupó hasta el año 2016.
Silvestre fue sancionada con una suspensión de 25 días. La medida fue dictada por cinco magistrados y magistradas que solo tuvieron diferencias en cuánto a la cantidad de días que le correspondía, pues dos alegaron a favor de una pena más leve, de diez días, y los otros tres por la de 25 días, que finalmente se impuso. Ninguno votó en contra de la sanción, pues todos avalaron las conclusiones a las que había arribado la sumariante, quien también había sugerido 25 días de suspensión.
La sanción la aplicaron los jueces federales de Bahía Blanca Daniel Amábile, Pablo Candisano, Leandro Picado, Mónica Fariña y Pablo Larriera, siendo el primero y el último quienes, en minoría, propusieron una pena de diez días.
El propio Amábile fue el encargado de fundamentar la resolución sancionatoria, la cual fue acompañada por el resto de los camaristas, salvo, como ya se explicó en lo referente a la cantidad de días de suspensión.

 

Sumario.
Tal como quedó expresado en la resolución, la sumariante encontró acreditada la falta administrativa de Silvestre, a la que calificó como grave, en relación al funcionamiento de la secretaría penal del Juzgado Federal de Santa Rosa. En el sumario se dio por probado un atraso superior a los tres años -como mínimo- en el trámite de numerosas causas penales (alrededor de cien) de distinta complejidad.
Esas irregularidades fueron detectadas y verificadas directamente por el titular del Juzgado (Baric), el denunciante, al asumir su cargo el 1 de febrero del año pasado. En esos expedientes, el magistrado se vio obligado a excusarse por haber intervenido como fiscal federal subrogante ante ese mismo Juzgado con anterioridad al 5 de enero de 2016 (fecha en la que cesó en el ejercicio de esa subrogancia).
La sumariante, luego de analizar la prueba producida, concluyó que la de Silvestre había sido una conducta reiterada y extendida en el tiempo en cuanto al manejo y organización de las causas tramitadas en la secretaría penal del juzgado. Sin embargo, consideró que los hechos no alcanzaban a configurar «la insuperable pérdida objetiva de confianza con el Poder Judicial de la Nación que ameritaría una sanción expulsiva», razón por la cual sugirió una suspensión de 25 días.

 

Relación rota.
En otro tramo de la fundamentación del camarista bahiense Daniel Amábile surge que Baric, durante su paso por la fiscalía federal, en el año 2015, ya había denunciado demoras injustificadas «en orden a cientos de expedientes que se encontraban en trámite con demoras inadmisibles, que llegaron a los catorce años de absoluta parálisis», en cientos de expedientes que llevaban atrasos de 14 años». Entonces, la denuncia recayó también contra Silvestre, quien ocupaba en forma subrogante el cargo de Jueza Federal. Sobre aquel caso el Consejo de la Magistratura nunca se expidió porque Silvestre cesó en el cargo y los consejeros entendieron que «devino en abstracto».
En su denuncia actual, ya como juez, Baric expuso que la relación de confianza con la funcionaria estaba rota y por lo tanto ya no podía seguir trabajando en el juzgado, ni siquiera siendo reasignada en otras tareas.

 

Juzgados multifuero.
Amábile consideró que aún con las particularidades propias del Juzgado Federal de Santa Rosa, único en La Pampa, su realidad no escapaba a la de la mayoría de los Juzgados Federales multifuero del interior del país, en cuanto al aumento progresivo de las causas y al
plantel de personal que no ha sido incrementado en la misma proporción. » (…) no justifica en modo alguno el irrazonable atraso de los expedientes en trámite», dijo.
«No se trata de exigir un esfuerzo laboral ‘al límite de (sus) capacidades físicas y psíquicas’ (…), ni de ‘tener todas las causas al día o sin atrasos’; sino de no contabilizar en años el atraso existente», planteó.
Luego consideró que la dotación de la Secretaría Penal no era «escasísima», ya que contaba con una planta de nueve agentes estables, entre funcionarios y empleados (además de sumar una ordenanza que colabora en la mesa de entradas). En cuanto a la organización con dos secretarios, sostuvo que Silvestre era la titular y que los testigos consultados aseguraron que era ella quien tomaba las decisiones. Respecto a la dedicación exclusiva a la causa de lesa humanidad, Amábile aclaró que Silvestre ocupó ese rol en 2012, es decir, en un periodo de tiempo anterior al que se investigó en el sumario.

 

Delitos graves.
Además, dijo que la sumariada no negó la existencia del atraso denunciado, ni la paralización material de las causas. Le achacó también que, al hacer su descargo, Silvestre no dijo nada en particular acerca de las causas, aun cuando se le extendió por 13 días el plazo para hacerlo. «Basta ver la carátula de los expedientes que nos ocupan, para concluir que no puede predicarse de antemano que todos ellos encuadren en el estereotipo de ‘no relevantes’ o ‘destinados a resolver el archivo’. Por el contrario, los delitos investigados en las causas
consideradas en este sumario revisten distintos niveles de gravedad: falsificación de instrumentos públicos, sustracción y destrucción de medios de prueba, falsificación de moneda, violación de los deberes de funcionario público, infracciones a la ley penal tributaria,
supresión del estado civil de un menor y sustracción de menores, corrupción y prostitución de mayores. Tampoco se trata de causas de autores ignorados», enfatizó.
«Lo expuesto evidencia que lo actuado -en rigor, no actuado- respecto de este conjunto de expedientes no es un hecho fortuito, sino una suerte de «sistema de trabajo» que, en lo que aquí interesa demostró ser ineficaz y contrario al buen servicio de justicia poniendo incluso en serio riesgo la vigencia de la acción penal, y derecho de los justiciables», sostuvo.

 

Cambio favorable.
Ya en el final de su fundamentación Amábile explicó las razones que lo llevaron a adoptar una sanción intermedia. «Si bien los graves hechos comprobados en el presente han resentido la confianza que debe primar en la relación funcional entre el juez y la secretaria sumariada; a mi juicio, no se ha configurado la insuperable pérdida objetiva de confianza con el Poder Judicial de la Nación que ameritaría una sanción expulsiva», dijo.
Luego valoró que Silvestre continuó en el ejercicio del cargo, sin haber merecido nuevas observaciones acerca de su desempeño y mencionó que tanto ella como el juez mantenían en la actualidad la corrección en el trato cotidiano. Añadió por último que, en virtud de las
directivas impartidas por el magistrado, muchos de los expedientes que estaban demorados ahora habían sido puestos al día, lo que permitía, al menos, vislumbrar la posibilidad de un cambio favorable en el funcionamiento de la Secretaría Penal con su actual plantel.

 

Mucho trabajo y poco personal.
Silvestre fue defendida a lo largo del proceso por el abogado Rodrigo Villa. Los intentos del letrado por anular las actuaciones aludiendo a supuestas violaciones al derecho de defensa y al debido proceso fueron rechazadas tanto por la sumariante como por los camaristas que a la postre aplicaron la sanción.
En su defensa, Silvestre alegó que siempre trabajó con compromiso. En cuanto a los retrasos en los expedientes, los adjudicó a «factores» que «no comprometen su responsabilidad»: la escasa dotación de personal del Juzgado Federal de Santa Rosa, con competencia multifuero y jurisdicción sobre toda La Pampa; el gran cúmulo de tareas que pesa sobre la secretaría penal, que se encuentra de turno permanente, «con una escasísima dotación de personal instructor (4 sumariantes)», y que se ocupa además del trámite de las presentaciones de los internos alojados en las cuatro unidades federales carcelarias de la provincia.
A ello agregó que nunca fue la única secretaria penal, sino que en la secretaría siempre hubo dos secretarios y que desde diciembre de 2011 hasta noviembre de 2012 aproximadamente, se dedicó de manera exclusiva a la causa de lesa humanidad nro. 615/2010, trabajando ocho meses fuera de la sede del juzgado. «Llamativamente siempre fue la única persona» a la que Baric «denunció por demoras en los expedientes», dijo.

 

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