Martes 09 de abril 2024

Martín Berhongaray condiciona su voto

Redaccion 09/12/2020 - 06.58.hs

El diputado nacional Martín Berhongaray (UCR) condicionó su voto en el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo a que se contemplen algunas modificaciones en distintos artículos. Entre ellos pretende que se establezca un sistema de causales, como puede ser el riesgo a la vida o a la salud integral de la mujer embarazada: «Es el esquema ampliamente aceptado en el mundo por la mayoría de los países que ratificaron los mismos tratados internacionales que Argentina y es el que admite la guía para la interrupción del embarazo que está vigente y se aplica en La Pampa», le dijo a este diario.

 

-¿De qué manera votará el proyecto sobre interrupción voluntaria del embarazo?

 

-No pude definir aún porque hace ya varios días les trasladé a varias de las diputadas que trabajan en el tema una serie de observaciones. Son las que entiendo deben ser corregidas para adecuar varias cláusulas del proyecto a los parámetros constitucionales. Sólo me adelantaron que les parecen muy razonables, que ven que hay ambiente para incorporar algunas de estas correcciones, pero por el momento no me dan ninguna respuesta definitiva. Sigo esperando la respuesta y si no la obtengo veremos qué ocurre el miércoles cuando se dictamine el tema, si las han tenido en cuenta o no.

 

-¿Qué observaciones formuló?

 

-Propuse algunas modificaciones porque entiendo que el bloque de convencionalidad aplicable en este país permite reglamentar el tema, pero con límites muy precisos que están definidos en los textos constitucionales vigentes. Uno de esos parámetros es que se establezca un sistema de causales, como puede ser el riesgo a la vida o a la salud integral de la mujer embarazada, que es el esquema ampliamente aceptado en el mundo por la mayoría de los países que ratificaron los mismos tratados internacionales que Argentina y es el que admite la guía para la interrupción del embarazo que está vigente y se aplica en La Pampa.

 

-¿Existe un mandato internacional que obligue a legislar la interrupción voluntaria del embarazo?

 

-Esa conclusión la escuché de muchos especialistas y no me parece correcta, como tampoco es correcto sostener que existe la prohibición convencional de legislar en la materia.
Vuelvo a decir que hay un espacio para legislar sujeto a límites muy concretos. La prueba más cabal de esto que digo es que los mismos tratados internacionales que han sido ratificados por Argentina también han sido ratificados tanto por países que han legalizado la interrupción de embarazo, como por países que lo tienen prohibido.

 

-¿Qué otra cuestión importante pidió que se corrija?

 

-Ya he dicho públicamente que no es compatible con nuestro esquema constitucional el tratamiento que se realiza de la minoridad.

 

-¿Por qué?

 

-Porque en todo el mundo se aborda con muchas precauciones y cuidados el aborto que solicita una persona menor de edad. Por ejemplo algunos países reconocen el apoyo estatal a partir de los 15 años, otros recién a los 16 pero siempre que hay menores de por medio se exige que un representante parental preste su consentimiento, o que como mínimo los acompañe. Nunca se deja al menor solo.

 

-¿Y el proyecto que se trata qué dice en este caso?

 

-El proyecto que envió el Ejecutivo autoriza que una niña de 13 años vaya sola al médico y solicite la interrupción del embarazo sin que nadie se entere, ya sea de su familia o de su entorno. Esto claramente no es aceptado a nivel internacional y además infringe el esquema que está previsto en nuestro ordenamiento interno para que los menores presten su consentimiento ante determinadas prácticas que afecten su salud.

 

-¿Cuál es el obstáculo por el que una niña no puede decidir sola un aborto a los 13 años?

 

-El obstáculo es legal, porque claramente nuestro derecho interno no lo permite. Tampoco lo permite el marco convencional que recepciona nuestro país con jerarquía superior a las leyes. Además hay otro gran tema detrás de estas autorizaciones. Muchos embarazos de menores de 13 ó 14 años son producto de abusos por situaciones de violencia intrafamiliar. En esos casos siempre hay delito salvo que el embarazo sea fruto de una relación consentida con un par, es decir, con otro menor de su misma edad. Por eso, si se la autoriza a esa niña que no se sabe si fue abusada que se haga el aborto y regrese al ámbito donde la violentaron sin tomar ninguna medida al respecto, se le estará garantizando la impunidad al abusador y se la condena a la niña a quedar expuesta una y otra vez a ese tormento del abuso.

 

-¿Qué dice al respecto la guía que está vigente en La Pampa?

 

-La resolución ministerial que rige en La Pampa tiene diferencias con el proyecto que se analiza en el Congreso. Por empezar garantiza el derecho a interrumpir el embarazo sujeto a causales, que son bien amplias pero son causales al fin.
Y en cuanto al tratamiento de la minoridad sigue el esquema de tutela del menor de edad que recepta nuestra legislación interna, principalmente el Código Civil y Comercial, que asigna a los menores de entre 13 y 16 años competencias más bien limitadas para decidir sobre su salud pero siempre con la presencia de un padre, tutor o representante legal.

 

-¿Qué va a hacer si no toman en cuenta sus observaciones?

 

-Los artículos que he observado porque entiendo que no se ajustan a la Constitución Nacional, si no los adecuan no los voy a acompañar. En función de qué cambios acepten y cuáles no, decidiré el voto en general.

 

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