Domingo 21 de abril 2024

Ocho años de cárcel para un abusador de menores

Redacción 28/12/2019 - 11.12.hs

El juez Federico Pellegrino revocó una condena anterior y le impuso una pena única de 8 años de prisión. Cuando se investigaba el abuso de la adolescente, su hija de ocho años de edad, entrevistada como testigo en Cámara Gesell, dijo que su padre la sometía a tocamientos. 

 

Federico Pellegrino, juez de audiencia de General Pico, condenó a seis años de prisión, a un trabajador rural de 35 años que mantuvo relaciones sexuales con su cuñada de 14 años de edad, y que sometió a tocamientos impúdicos a su propia hija de 8. El magistrado lo condenó por los cargos de "Abuso sexual con aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima, calificado por la situación de guarda" y "Abuso sexual simple, calificado por el vínculo, en concurso real". Atento a que el imputado el año anterior había sido condenado a tres años de prisión en suspenso, por un delito de índole sexual, el juez le revocó la condicionalidad de esa condena y le impuso una pena única de ocho años de prisión.

 

Los hechos se debatieron durante los días 17 y 18 de diciembre en los Tribunales de Pico, con la intervención de la fiscal Ivana Hernández y de la defensora oficial Elba Pozze.

 

Durante los alegatos de clausura, la fiscala solicitó la imposición de seis años de cárcel, y la unificación de ambas condenadas, en una pena única de nueve años de prisión. La defensora, solicitó la absolución del imputado.

 

Primer abuso

 

El juez acreditó que días previos al 4 de abril pasado, el imputado mantuvo relaciones sexuales con una menor de catorce años de edad (hermana de su ex pareja). Esto ocurrió en presencia de una niña de ocho años, que es la hija biológica del acusado. El hecho lo denunció la madre de la damnificada, luego que le llegaran fotografías de su hija con el imputado, ambos tendidos en la cama en ropa interior.

 

En este legajo, Pellegrino evaluó que "aquí está en juego la integridad sexual, en tanto el consentimiento obtenido no resulta válido en función de la inmadurez sexual de la víctima". También estimó que correspondía la aplicación de la agravante solicitada por la Fiscalía, en cuanto el imputado ejercía la guarda de la víctima.

 

En un tramo del fallo, el magistrado destacó como "significativo" el aporte de la psicóloga Mercedes del Pozo, quien entrevistó a la menor en Cámara Gesell y le realizó la correspondiente pericia. "Destaca la situación vivencial de la misma, habiendo hallado a la joven en situación de soledad, en estado de desprotección, en un contexto familiar conflictivo e inestable, con signos de mal trato, violencia, en un estado de vulnerabilidad que la exponen a situaciones de riesgo que la menor no identifica como tales, que la predispone a buscar vínculos que no resulten acordes a su edad. Esa situación de vida, resultó el terreno fértil que halló el imputado para lograr la seducción", señaló.

 

Hija biológica

 

En el segundo legajo, y como consecuencia de la investigación inicial, en oportunidad en que la hija de ocho años del imputado fue entrevistada en Cámara Gesell, comentó que su padre la había tocado en sus partes íntimas. La pequeña dijo que el padre la tocaba en sus partes íntimas luego de bañarse y en la cama cuando dormía.

 

"Los tocamientos en zona íntima de la niña, constituye el delito de abuso sexual simple, que se encuentra calificado por el vínculo existente entre víctima y victimario, ya que éste es el padre de aquella. Resulta difícil hallar elementos atenuantes en la conducta y personalidad del imputado, debiendo mencionar solamente su dedicación al trabajo, en cambio, analizando los elementos agravantes de su accionar, no solo encontramos los típicos de las figuras achacadas, sino también la existencia de antecedentes condenatorios en la misma especie delictiva. El imputado resultó condenado a tres años de prisión en suspenso el año pasado, lo que significa que la prevención especial no causó ningún efecto en el mismo, continuando con sus ataques sexuales a integrantes de su círculo íntimo ampliado", manifestó.

 

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