Lunes 15 de abril 2024

Ocho meses por hurto

Redacción 20/10/2018 - 00.57.hs

El juez de audiencia de Santa Rosa, Gastón Boulenaz, condenó ayer a Héctor José Di Bin a ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo, por ser autor del delito de hurto agravado por escalamiento y por haber sido cometido con la intervención de un menor de 18 años, en grado de tentativa. A su vez lo declaró reincidente y le mantuvo la prisión preventiva impuesta en la audiencia de juicio directo del miércoles 3 de octubre hasta que el fallo quede firme.
En el expediente se comprobó que el imputado, junto a un menor de 16 años, en la madrugada del 2 de octubre, sustrajo del interior de un departamento de la calle Raúl B. Díaz, en Santa Rosa -sin ejercer fuerza ni violencia-, un televisor de 32 pulgadas, dos celulares, una máquina depiladora y sus accesorios, tres gorras con viseras, dos calzoncillos de niños, un buzo de algodón azul, una campera de algodón y otra de gabardina, una bombilla, un cargador Samsung, un perfume y 257 pesos.
Para lograr su cometido, ambos ingresaron por el ventiluz del baño -situado a 1,80 metros del piso- y traspusieron un cerco perimetral de 1,50 metros de altura. En esas circunstancias fueron advertidos por la policía, en cercanías del lugar, con esos objetos en su poder y, por lo tanto, detenidos.

 

Cocinero y lavacoches.
A raíz de que Di Bin -un cocinero y lavacoches de 36 años- y el menor fueron aprehendidos "in fraganti", el expediente se tramitó por el procedimiento de juicio directo y concluyó con un juicio abreviado convenido entre el fiscal Facundo Bon Dergham, el defensor oficial Juan José Hermúa y el propio acusado. La víctima, al ser informada del acuerdo por el Ministerio Público Fiscal, también dio su consentimiento.
"El hecho se encuentra debidamente acreditado, no solo por la confesión prestada por el acusado en la audiencia de "visu", sino además por el rápido accionar policial, aprehendiendo a Di Bin en cercanías del domicilio ultrajado y teniendo en su poder los bienes sustraídos del domicilio de la víctima", indicó Boulenaz en la sentencia.
Finalmente, el magistrado dispuso hacerle saber a la damnificada las disposiciones del artículo 11 bis de la ley 27.375, referido a el derecho que ella tiene de ser informada sobre los recursos defensivos que pueda interponer el acusado para obtener algún beneficio (libertad condicional, arresto domiciliario, etcétera) antes de que se extinga el cumplimiento efectivo de la pena.

 

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