Miércoles 24 de abril 2024

"Ordenanza para echar gente"

Redacción 01/06/2018 - 00.58.hs

La polémica que se desató en el Concejo Deliberante santarroseño por la jubilación de los ex beneficiarios de planes de empleo suma nuevos capítulos y desde el Centro Provincial de Inclusión Previsional (Ce.P.I.P.) acusaron al intendente Leandro Altolaguirre de presentar una ordenanza "para echar gente".
Erica Rivoira, titular del CePIP, sostuvo que el jefe comunal presentó un proyecto que es "inaplicable" porque no tiene un convenio con el Instituto de Seguridad Social (ISS). Según la funcionaria, la ley provincial otorga a los empleados precarizados el derecho a percibir la misma jubilación que un 643; en cambio la iniciativa de Altolaguirre "está impidiendo la jubilación a los empleados municipales".
Rivoira aseguró que "lo más favorable es que la municipalidad adhiera" a la mencionada Ley y que, de esa forma, el empleado "se jubile por el Instituto".
"Estamos muy preocupados en el CePIP por la situación de Santa Rosa, nosotros percibimos la confusión en la información que se da a conocer porque en realidad Altolaguirre no presentó un proyecto ni un régimen jubilatorio sino una ordenanza para echar a la gente, no es para que se jubilen los ex beneficiarios de planes de empleo sino que es para echar gente", afirmó Rivoira por Radio Noticias.
La funcionaria provincial explicó que la ordenanza "no presenta una alternativa jubilatoria. A los seis meses de cumplir la edad para jubilarse quedan despedidos, que es muy distinto a un régimen jubilatorio. La ordenanza no deja en claro que pueda jubilarse, se queda sin trabajo y sin derecho a indenmización, entonces no hay propuesta jubilatoria para que pueda hacerlo a través ni de Provincia ni de Nación
Rivoira aclaró que en la Provincia sí pueden jubilarse pero para ello es necesario que Altolaguirre se adhiera a la Ley provincial 2954: "si el municipio no adhiere no podés jubilarte de ninguna manera. La ordenanza a la que hace mención (la concejal del Frepam) Claudia Giorgis está desde 2015 y ningún trabajador pudo jubilarse, si fuera cierto se hubieran jubilado al presentarse al Instituto, que es un trámite muy fácil, pero en el Instituto le van a decir que no porque es inaplicable esa ordenanza porque no hay convenio".

 

Cuevas.
A la palabra de Rivoira se sumó anoche la del coordinador general del CePIP, Raúl Cuevas, quien calificó como "un capricho" la decisión del jefe comunal. "La Ley Provincial (2954) justamente da la solución, se legisló para solucionar el problema de los empleados 2343, los ex planes que ingresaron entre el 2007 y 2008", explicó el funcionario a prensa del gobierno.
Una persona para poder jubilarse por el ISS, como cualquier empleado provincial o municipal, tiene que tener la edad correspondiente y 30 años de aporte.

 

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