Viernes 26 de abril 2024

Perpetua a Santillán

Redacción 02/11/2019 - 00.13.hs

Manuel Lautaro "Mono" Santillán fue condenado ayer a prisión perpetua por una decisión del Tribunal de Audiencia de Santa Rosa al ser hallado culpable del asesinato de Aldo Horacio "Chueco" Fuentes, en sintonía con el pedido de pena que hicieron la querella y la fiscalía.
Santillán fue condenado como autor de los delitos de homicidio calificado, por haber sido cometido con alevosía y para procurar la impunidad por otro delito, en concurso ideal con el de robo simple. El joven ya fue condenado a la misma pena por el homicidio de Facundo Pérez, cuando ambos estaban alojados en la Alcaidía.
Además, los jueces Gastón Boulenaz, Alejandra Flavia Ongaro y Daniel Sáez Zamora le mantuvieron la prisión preventiva, no se le hizo lugar al planteo de actividad procesal defectuosa formulado por el defensor oficial Pablo De Biasi, y se tuvo presente la reserva que hizo a un planteo de recusación.
Con respecto a Alan Lautaro Pérez Barreiro, acusado por el delito de encubrimiento por receptación dolosa, se hizo lugar al beneficio de la suspensión de juicio a prueba (o "probation") en su favor, por lo que durante dos años -además de no cometer nuevos delitos- deberá cumplir con una serie de reglas de conducta.
Esas reglas de conducta incluyen fijar domicilio, del que no deberá ausentarse sin previa comunicación a la Oficina del Ministerio Público Fiscal de Salidas Tempranas; abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas; y realizar trabajos comunitarios cuatro horas semanales y en horario matutino en el comedor de Villa Germinal.

 

El crimen.
En su fallo, los jueces dieron por probado que entre la noche del 30 de enero de 2018 y la madrugada del 31, Santillán -un albañil de 22 años- "ingresó al domicilio de Neveu 577, esquina Luther King, en el que estaba durmiendo en el dormitorio Fuentes. Allí, Santillán le propinó al menos tres golpes en la cabeza con un hacha que se encontraba en el lugar y que era una herramienta de trabajo de la víctima. Como consecuencia de los impactos, se produjo la muerte de Fuentes".
Se agrega que "luego de cometido el homicidio, Santillán se apoderó de diversos elementos que se encontraban en la vivienda", entre ellos una moto marca Honda Wave, una bolsa con documentación -una cédula verde del vehículo- y dos decodificadores de televisión. Finalmente, el imputado le vendió la moto a Pérez Barreiro (23 años, sin antecedentes registrables) por 2.000 pesos y este, luego de cambiarle las cachas, se la revendió a una tercera persona por 6.500; "haciendo un boleto de compraventa con su apellido modificado y entregando la tarjeta verde de otra moto", cuyo titular registral era familiar de Fuentes.

 

Las partes.
Durante los alegatos finales, la fiscala Cecilia Martiní pidió que Santillán sea condenado a prisión perpetua por homicidio calificado, por haber sido cometido con ensañamiento y alevosía para procurar la impunidad por otro delito (robo) y Pérez Barreiro a dos años de prisión por encubrimiento. El querellante Juan Hermúa, representante de la familia de Fuentes, adhirió en un todo a ello.
Por el lado de las defensas, Paula Arrigone alegó que Pérez Barreiro desconocía el origen ilícito del vehículo y solicitó la suspensión del juicio a prueba; mientras que Pablo de Biasi planteó que Santillán debía ser absuelto por el beneficio de la duda y, subsidiariamente, que no se aplique la figura agravada por entender que el imputado no actuó con alevosía -y por lo tanto no existió dolo-, sino que respondió "a una maniobra de susto" y que fue por ello que le pegó. Agregó que se trató de "una reacción espontánea", sin intención de matar para ocultar el robo.

 

El DNI, clave.
El Tribunal de Audiencia destacó en la sentencia -al referirse a las pruebas- que un informe del Laboratorio de Genética Forense concluyó que "en la muestra correspondiente al mango del hacha peritada se obtuvo un perfil genético mezclado, atribuible al menos a tres individuos y al menos uno de sexo masculino". Ese perfil indicó que había 181.000 veces más probabilidades que haya sido de Santillán que de otro individuo seleccionado al azar.
El defensor Pablo de Biasi había cuestionado ese peritaje por entender que se vulneraron derechos constitucionales durante el secuestro del hacha. Por lo tanto pidió invalidar ese acto y los consecutivos, especialmente la pericia genética. Sin embargo, los jueces entendieron que esa diligencia y el secuestro del hacha se efectuó "dentro de las previsiones legales y sin vulnerar ninguna garantía del acusado; ya que el encargado de la vivienda deshabitada (un hijo de Fuentes), permitió el ingreso de la policía a efectos de secuestrar un objeto que era propiedad de la víctima y con la presencia de un testigo civil, algo que no fue cuestionado por la defensa".

 

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