Jueves 11 de abril 2024

Piden por circulación entre departamentos

Redaccion 08/06/2020 - 21.35.hs

El gobernador de La Pampa, Sergio Ziliotto, le envió una nota al jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, donde le solicitó que autorice la circulación entre departamentos, algo que actualmente está prohibido en la provincia.
En la misiva, el mandatario expresamente le solicitó «tenga a bien autorizar a las personas residentes en la provincia de La Pampa a circular por fuera del límite del departamento donde residan». Esta posibilidad actualmente está vedada, según lo que se indica en el artículo 4 del Decreto de Necesidad y Urgencia 520/20 emitido ayer 7 de junio por el Gobierno Nacional.
En la nota, piden la autorización para circular «en los términos de lo prescripto por el artículo 2° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 520/20 sin la prohibición contemplada en el artículo 4° de la misma norma referida a que no pueden hacerlo ‘…por fuera del límite del departamento o partido donde residan…’, trasladando esa limitación de la norma a la jurisdicción Provincial».
Desde el Ejecutivo provincial argumentaron que «el requerimiento encuentra sustento en que al día de la fecha todos departamentos de la provincia de La Pampa gozan del mismo estatus sanitario epidemiológico -sin casos positivos confirmados desde hace más de 60 días-«.
A su vez, funda el pedido «en la cercanía que hay entre localidades de distintos departamentos y que en muchos casos se da una estrechísima y necesaria vinculación, tanto comercial como laboral (ejemplo farmacias, bancos, entre otros), y en otros casos, en que localidades o ciudades de distintos departamentos conforman un mismo conglomerado urbano».

 

Prohibición.
La solicitud del gobierno de La Pampa tiene el objetivo de revertir la prohibición planteada en el artículo cuarto del DNU 520/20. En el artículo, bajo el título «Límites a la circulación» se indica: «queda prohibida la circulación de las personas alcanzadas por la medida de distanciamiento social, preventivo y obligatorio, dispuesta por el artículo segundo del presente decreto, por fuera del límite del departamento o partido en el que residan».

 

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