Viernes 15 de marzo 2024

Portezuelo: las extrañas prioridades de la Corte Suprema

Redaccion 17/04/2021 - 21.05.hs

Gran sorpresa y algo de desazón ha causado en las organizaciones ambientales pampeanas que acreditan una larga lucha por los recursos hídricos interprovinciales la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de tomar cartas en un proyecto para extraer agua del Valle Argentino mientras se desentiende y de un tema realmente de fondo y de grave impacto regional como es la construcción de la represa Portezuelo del Viento, en provincia de Mendoza. Es que mientras le da curso al amparo de un par de vecinos de General Acha, mantiene «cajoneados» los amparos presentados hace casi cinco años por ONGs de larga trayectoria e incluso el propio gobierno provincial.
Hace una semana se conoció que la Corte Suprema de Justicia había intervenido en un recurso de amparo presentado por dos vecinos de General Acha y en función de ello solicitado al gobierno pampeano que en no más de 30 días le eleve los estudios de impacto ambiental realizados y el programa ejecutivo de la obra a practicar en el paraje Padre Buodo. También pidió por los «mecanismos de participación ciudadana» que se hubieran previsto.
La obra en cuestión es un proyecto que, a estar por las últimas declaraciones de funcionarios provinciales, quedará de momento de lado. Se trata del proyecto de realizar una batería de pozos en un radio de algunos kilómetros en torno a Padre Buodo que actúe como provisión transitoria de agua al Acueducto del Río Colorado cuando éste salga de servicio por un desperfecto o para una reparación.
Esta causa se activó a partir de la presentación de los vecinos María Laura de Aguirre y Fernando Omar Feito, quienes reclamaron el estudio de impacto ambiental de la obra y dijeron sentirse afectados porque su localidad de residencia, General Acha, se abastece de agua potable las aguas del Acuífero del Valle Argentino, una Reserva Hídrica Estratégica según la resolución 11/2013 de la Secretaría de Recursos Hídricos de la provincia.

 

Fundación Chadileuvú.
Mientras se preocupa por el impacto ambiental de una obra que el gobierno pampeano anticipó que dejará de lado -optó por priorizar la explotación del acuífero de Anguil-, la Corte Suprema parece desentenderse de todo lo que tenga que ver con Portezuelo del Viento, la represa que Mendoza quiere hacer a contrapelo de los reclamos de toda la cuenca del río Colorado. Tres recursos de amparo, todos ellos con dictamen favorable de la Procuración General, caminan lentamente, muy lentamente, de un despacho a otro de la CSJ, ajenos a los tiempos políticos avasallantes que imprime Mendoza cuando quiere apropiarse de un río.
Fue la Fundación Chadileuvú quien hizo punta en el año 2017 en recurrir al máximo órgano de justicia de la Nación para exponerle su preocupación por los efectos perniciosos que tendrá la obra para la región sur de Mendoza y las cuatro provincias de aguas abajo, una preocupación sostenida en que no hay estudios serios que aventen los fantasmas que corporizan las grandes obras hídricas y en los antecedentes negativos que tiene la provincia cuyana en cuanto a ríos interprovinciales.
Fundándose en los artículos 41 y 43 de la Constitución Nacional, la Fuchad reclamó que se ordene la suspensión de la obra hasta que se realice un estudio que contemple los efectos sobre el resto de las provincias de la ‘Cuenca del Colorado’, tanto durante la construcción del dique, el llenado del embalse y la futura operación de la represa -que quizá sea el elemento más preocupante.
En una conferencia de prensa realizada en aquel momento, la Fuchad informó que la presentación fue «contra Mendoza y el Estado Nacional debido a que han suscripto un convenio marco de colaboración para construir la represa Portezuelo del Viento sin haber contemplado la construcción de un dique compensador aguas abajo, que permita morigerar los efectos negativos que inevitablemente producirá su funcionamiento, y cuya construcción debería ser simultánea, para regular los caudales de agua hasta el dique Casa de Piedra, lo cual fue previsto en el Tratado del Río Colorado».
Con la acción judicial la Fuchad solicitó como ‘medida precautelar’ que «se libre oficio al señor Jefe de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional con el objeto de requerirle que informe al Tribunal en el plazo de 30 días si se ha realizado el estudio de impacto ambiental en los términos de la ley 25.675″. En caso de que no existiera ese estudio, anticipó que solicitaría la realización de un estudio de impacto ambiental que contemple la totalidad de los efectos que dicha obra podría causar».
El pedido de la Fuchad fue derivado a la Procuración General, que a fines de ese año se pronunció a favor y lo devolvió a la Corte. Desde ese entonces, no se sabe qué avances ha tenido el expediente.
Asamblea por los Ríos.
La Asamblea por los Ríos Pampeanos hizo su presentación el 14 de agosto de 2018 en conjunto con doce comunidades aborígenes -diez pampeanas, una mendocina y otra bonaerense. Su amparo estuvo dirigido contra el gobierno nacional, el comité de cuenca Coirco y la propia provincia de Mendoza.
Junto con la Asamblea suscribieron el pedido las comunidades originarias pampeanas Ñankufil Calderón, Nehuenchen, Kayu Antumoritve, Rankel Pillan Pullu We Eglentina Machado, Rankel Panguitruz Gner, Rankel Ñuque Mapu, Rankel Rosa Moreno Mariqueo, Rankel Ralico, pueblo Ranquel y Nahuel Auca, la mendocina Kuien Líke y la bonaerense Rankel Huitra.
El planteo se fundó en que las partes demandadas, sea por su acción o por su omisión, «lesionan, restringen, alteran y amenazan, con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, los derechos y garantías de los habitantes de toda la cuenca y de las comunidades aborígenes que suscriben el escrito de inicio, consagrados en la Constitución Nacional y la ley nacional 25.675 General del Ambiente».
Por ello solicitaron una medida «pre cautelar» a fin de que «se suspendan todas las actividades, trámites o actuaciones que importen un avance en los procedimientos especiales de preclasificación y licitación por vía presupuestaria o constitución de inversión público privada y que indirecto de la obra hasta una estructura apta para la permitan el avance directo o que se ordenen los estudios interdisciplinarios que permitan tener un proyecto ejecutivo definitivo».
A fines de ese año, la Procuración General también avaló la presentación y la devolvió a la Corte para que le de continuidad.

 

Ninguna respuesta.
A pesar de la gravedad del tema, de las implicancias exponencialmente mayores, y de la jerarquía de los reclamantes, la Corte Suprema no ha tomado -por lo menos que se sepa hasta ahora- ninguna resolución concreta que le ponga un freno a la construcción de la represa sobre el río Grande.
Mendoza avanza y avanza, no hace ningún esfuerzo por atender la legítima preocupación de sus vecinos -incluso de una fracción de su propia población- y ello genera desazón en los potenciales afectados, que ven cómo órgano que debería tutelar por sus intereses se hace el distraído mientras concentra esfuerzos en temas que tienen un alcance mucho menor e incluso van camino al olvido.

 

«No iniciar y/o suspender»

 

El 16 de agosto de 2019 fue el Poder Ejecutivo Provincial a través de la Fiscalía de Estado presentó su propia demanda ante la Corte Suprema de Justicia, acompañada de medida cautelar y con el mismo objeto: obligar a Mendoza y a Nación que no avance con la licitación ni ningún otro trámite hasta tanto está garantizada la vialidad de la obra y el apoyo del resto de la cuenca.
Con la firma del entonces gobernador Carlos Verna, el ex fiscal de Estado, José Alejandro Vanini, y el procurador General de Rentas de ese momento, Hernán Pérez Araujo, el Estado pampeano reclamó a la Corte que ordene al Estado Nacional y a Mendoza «no iniciar y/o se suspendan los procedimientos o trabajos que se estén llevando adelante con el «Aprovechamiento Hídrico Multipropósito Portezuelo del Viento», sobre el río Grande.
Con la medida cautelar, el gobierno provincial exigió una Evaluación de Impacto Ambiental sobre toda la cuenca del Río Colorado, que respete el derecho de información pública y participación ciudadana y que sea aprobada o desaprobada, con carácter vinculante, por el Consejo de Gobierno del Comité Interjurisdiccional del Río Colorado (Coirco).
La acción de amparo contraatacó el Decreto N° 519/2019 del Poder Ejecutivo Nacional que aprobó el acuerdo entre el Estado Nacional y la provincia de Mendoza para ejecutar la represa sobre el río Grande y sus obras complementarias. Es el acuerdo que estipuló que Nación emitiría Letras del Tesoro Nacional intransferibles por un valor nominal de 1.023 millones de dólares a los efectos de concretar la construcción de la represa y delegó en la Provincia de Mendoza la ejecución de la obra. El acuerdo objetado es el que firmaron el entonces presidente de la Nación, Mauricio Macri, y el ex gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, merced al cual el gobierno nacional realiza las transferencias trimestrales a la provincia de Mendoza.

 

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