Miércoles 24 de abril 2024

Prohíben el tránsito pesado en la zona urbana de Catriló

Redacción 27/10/2019 - 00.33.hs

Ante la necesidad de buscar un orden consensuado y definitivo sobre la circulación, la permanencia y el estacionamiento de vehículos pesados en la localidad, el Concejo Deliberante de Catriló sancionó una ordenanza que prohíbe el tránsito pesado en las calles urbanas, pavimentadas o de tierra y que incluye los accesos principales por ruta nacional 5 y provincial 1. Habrá excepciones para camiones de mercadería y combustible. El municipio, tras un acuerdo con un empresario local, dispondrá de un playón de estacionamiento gratuito.
Hace unos días los concejales, en forma unánime, aprobaron la iniciativa enviada por el Ejecutivo comunal, que a mediados de noviembre la promulgará. Actualmente el predio se está iluminando y se colocarán cámaras de seguridad.
En primer término se "derogan las ordenanzas 15/85, 11/92, 02/95, 09/08 y 24/12 y cualquier disposición dictada con anterioridad y contradiciendo a la presente". Catriló adhiere "a la Ley Provincial de Tránsito 1713 y su reglamentación".
La medida comunal establece "la prohibición del tránsito pesado en todas las calles urbanas, ya sean pavimentadas o de tierra, incluyendo el acceso Piombi por ruta 5 y el de la 1. El ingreso al casco urbano de camiones desde los 6.000 kilos se podrá realizar, únicamente, por el acceso -de tierra, por ruta 5- "Padre José Leclerc" al predio ubicado entre el Parque Recreativo 9 de Septiembre y las vías del ferrocarril".
Se considera tránsito pesado a camiones con acoplado o semirremolque, tractores con maquinaria agrícola en enganche y todo otro tipo de maquinaria con ruedas y dispositivos de desplazamiento a partir de los 6 mil kilos.
En tanto podrán circular por las arterias urbanas los camiones de transporte que no superen los 11.000 kilos de peso bruto y que tengan por finalidad "efectuar carga y descarga de mercaderías -el trasbordo de entrega de alimento o mercadería deberá hacerse bajo los cuidados bromatológicos indicados en la ley nacional 24449 y sus reglamentaciones-; requerir servicios de mantenimiento o reparación de ese vehículo de transporte; prestar servicios públicos; y efectuar carga y descarga de combustible".
Para ello "se deberá acreditar lo requerido, tanto por el transportista como del prestatario del mismo, debiendo solicitar un permiso especial en Tránsito, con una validez de un año y la misma será de carácter intransferible". Y chasis de hasta tres ejes, "cuyo propietario o chofer contratado, tenga terreno propio, alquilado o bajo préstamo certificado por escrito, donde guardar la unidad, podrá dejarla en ese lugar, previa autorización firmada ante juez de Paz, con el recorrido obligatorio establecido por el municipio".

 

Descarga en predio.
En otro punto se establece que los camiones de gran porte que superen los 11.000 kilos deberán realizar las tareas de carga y descarga en el predio semipúblico CRB.
"Los vehículos pesados de tres ejes o de 6.000 kilos de tara en adelante, podrán estacionar en los lugares permitidos por un máximo de 30 minutos por comercio, superado ese tiempo será considerado infracción. Cuando el tiempo de operación requiera de una extensión de tiempo se deberá comunicar a Tránsito o a la Policía de Catriló", sostiene.
En tanto todo vehículo considerado "transporte pesado, deberá contar con la inscripción del nombre o razón social, domicilio legal del propietario o del transportista y teléfono, en ambos laterales, preferentemente en la cabina, en forma legible e indeleble; tal lo prevé la Ley Nacional de Tránsito".
También se prohíbe el tránsito pesado "en toda la red terciaria correspondiente al ejido urbano, a saber: camiones con y sin acoplados de transporte de ganado o cereales, semirremolques, tractores con y sin maquinarias en enganche y todo tipo de maquinaria cuyas ruedas y dispositivos de desplazamiento puedan dañar los caminos vecinales y rurales o su peso exceda los 10.000 kilos, los días en los que se registren precipitaciones abundantes".
Quedan exceptuados "aquellos camiones o vehículos afectados al servicio público y camiones lecheros y cárnicos que transporten productos dirigidos a los centros de almacenaje, siempre y cuando no sean de más de tres ejes".

 

Estacionamiento gratuito.
Asimismo se prevé que el municipio "debe señalizar con carteles la única vía de acceso autorizada e indicar el camino hacia el establecimiento semipúblico autorizado. El estacionamiento será de carácter gratuito".
La prohibición de transitar "será regida: por 24 horas cuando las precipitaciones registradas sean iguales o mayores a 20 milímetros; por 48 horas cuando sean iguales o mayores a los 50 milímetros; y por 72 horas cuando alcancen los 80 milímetros". Si se supera esa cantidad, el municipio "dispondrá por decreto del intendente o resolución del Concejo por cuántos días regirá la prohibición de circular".
El dato oficial de precipitaciones en la localidad será el brindado por la departamental Catriló o el puesto caminero.
Por su parte, la comuna "deberá colocar en un lugar de acceso libre desde internet, por la página Web del municipio o su cuenta en Facebook, las siguiente indicaciones: bandera verde: permitido; bandera roja: prohibido; y deberá informar a la Policía local y puesto caminero sobre la prohibición o no de transitar por la red terciaria. Los mástiles con las indicaciones serán colocados sobre el acceso por la ruta 1, en el acceso Leclerc de la ruta 5 y el puesto caminero.
Por último, establece que la autoridad de aplicación del presente cuerpo normativo "será el área de Tránsito comunal, inspectores municipales y personal de la comisaría, entendiendo que su juzgamiento y determinación de multas que se labren y faltas por incumplimiento de la presente estará a cargo del Juzgado de Faltas local".

 

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