Viernes 19 de abril 2024

Ratifican la validación de aprobación de ordenanzas

Redaccion 22/02/2021 - 21.38.hs

La presidenta del Concejo Deliberante de General Acha, Judit Acri, ratificó la validación de la aprobación de las ordenanzas de Presupuesto y Tarifaria 2021, que hace unos días fue cuestionada por los ediles de la oposición, a excepción de Hernando Pérez, quien se posicionó junto al oficialismo.
En este sentido cabe recordarse que los bloques del Frejupa y la UVA, cada uno por su cuenta, presentó formalmente una nota exigiéndole una respuesta a la responsable del cuerpo, al igual que el nuevo tratamiento de ambas ordenanzas.
En ambos casos, Judit Acri, citó el artículo 33 de la ley 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, que establece: «Para la sanción de una ordenanza bastará la simple mayoría de votos de los concejales presentes, salvo en los casos en que por la Constitución o esta Ley se exija otra mayoría. Para la sanción de ordenanzas especiales que autoricen gastos, será necesario el voto de la mitad más uno de los miembros del cuerpo».
A su vez, mencionó el artículo 110 de esa misma normativa, que señala: «Las ordenanzas que dispongan creación o aumentos de tributos, tasas, contribuciones de mejoras se sancionarán con el voto afirmativo y nominal de la mayoría absoluta de los miembros presentes».

 

Regla.
En un contacto mantenido con LA ARENA Judit Acri sostuvo que, de esa forma, se trató de ilustrar que la regla a aplicar es que «bastará la simple mayoría de votos de concejales presentes», para sancionar una ordenanza. Mientras que, las excepciones, deben surgir de la Constitución o de la propia Ley Orgánica.
Amplió diciendo que, ni en la Constitución, ni en la ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, se señala expresamente que las ordenanzas de Presupuesto y Tarifaria requieran de otra mayoría distinta a la «simple de los concejales presentes».
De todas formas, aclaró que el artículo 110 citado, en ningún caso puede entenderse que refiera a la ordenanza de presupuesto. Por esa razón, «resultaría ilógico que la ley Orgánica permitiera sancionar la ordenanza de presupuesto con una mayoría, pero exigiera otra especial, para sancionar la de tarifaria, siendo que con esta última se financian los gastos autorizados por la primera».

 

Interpretación.
Según Acri, «no puede interpretarse de otra forma. Si la ley Orgánica hubiese querido exigir otra mayoría para poder sancionarse dos ordenanzas tan importantes como el presupuesto y la tarifaria, lo hubiera hecho expresamente, sin dejar duda alguna. Como ejemplos, podemos citar los artículos 95 y 96 de esa misma normativa».
Más allá de lo expuesto, la edila afirmó que la presidencia señaló que resulta estéril la discusión en relación a qué mayoría se necesita para sancionar las ordenanzas de presupuesto y tarifaria, atento que conforme surge del artículo 163, inc. d), de la ley Orgánica, estando todos los miembros presentes; como fue el caso de la votación de ambas ordenanzas el miércoles 17 de febrero, tanto para obtener la mayoría simple o la absoluta, se necesitan cinco votos.

 

Bloques opositores.
Respecto al planteo hecho por Francisco Frías y Rodrigo Verdugo (Frejupa), recordó que se señala que las ordenanzas fueron votadas con una simple mayoría. «Esta postura admite que, cuando la mayoría es esta última, y hay un empate, quien preside el cuerpo debe desempatar. Y esto es correcto. Lo que no se entiende de la posición referida, es cuál es la razón para admitir el voto de presidencia en caso de necesitar mayoría simple, pero no hacer lo propio cuando eventualmente se requiriera mayoría absoluta; siendo que, en ambos casos, el número de votos que exige la ley Orgánica es de cinco para un concejo deliberante formado por ocho concejales», añadió.
Mientras que, en relación a los cuestionamientos hechos por los ediles Cristian López y Néstor Linaza (UVA), afirmó que sólo se limita a señalar que la «aprobación no cumpliría con lo establecido en la ley Orgánica…», por lo que consideró que se trató de una presentación «huérfana de fundamentos».
No obstante, recordó que el bloque UVA tiene un antecedente ocurrido en julio de 2013, cuando era oficialismo en el primer período de gobierno de María Julia Arrarás
En ese entonces, prosiguió Acri, «se sanciona las ordenanzas de presupuesto y tarifaria, donde esta última tuvo empate de votos por la afirmativa y la negativa, (4 a 4), y al estar sancionada y promulgada, se entiende que la presidencia del concejo deliberante, en ese momento Adriana Domínguez, ejerció el doble voto para desempatar. Hoy que son oposición esta posibilidad es sospechada de ilegal».

 

Conclusión.
A modo de conclusión, la concejala dijo que el artículo 58 de la ley Orgánica, es claro: «Son atribuciones y deberes de la presidencia: (…) Decidir en caso de empate con doble voto».
En función de ello, manifestó que la votación se llevó a cabo, y quedó empatada en cuatro votos. «Correspondía desempate, por lo que votó la presidente; al hacerlo, generó la mayoría -en este caso simple y absoluta-, a favor de la sanción de las ordenanzas de presupuesto y tarifaria». Justamente por ese motivo, «las sanciones efectuadas en la sesión del 17 de febrero, son absolutamente válidas».

 

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