Jueves 11 de abril 2024

Revés para Fassina por caso de los $10

Redaccion 07/07/2020 - 21.58.hs

(General Pico) – La jueza de audiencia de juicio local, María José Gianinetto, absolvió ayer a una joven comerciante de la ciudad a quien, el ex fiscal Fernando Iván Fassina, denunció por el cargo de calumnias e injurias.
A mediados de 2018, la piquense Karen Giles, viralizó a través de las redes sociales un video en el que mostraba el momento en el que le pedía al abogado, que le devolviera un billete de diez pesos que tenía en el canasto de la bicicleta. Tras ello, el abogado Fassina inició una querella contra la joven por los delitos de calumnias e injurias. Además pretendió una disculpa pública y un resarcimiento económico. Sin embargo, la Justicia de General Pico falló en contra del ex fiscal sustituto.

 

Se viralizó.
El hecho ocurrió el 6 de septiembre del año 2018, cuando la mujer dejó un billete de diez pesos en el canasto de su bicicleta, estacionada en la puerta del negocio donde trabajaba, y Fassina lo tomó.
Giles dijo -en su momento- que le llamó la atención que una persona que parecía estar en una buena posición económica, por el auto que manejaba y por la ropa que vestía, tomara un billete que no le era propio. Por ello, cuando lo vio regresar a su auto, se acercó, le preguntó si se agarrado el billete y le exigió que se lo devolviera.
El ex fiscal respondió que pensó que se había volado, y la quiso compensar con una suma mayor de dinero. Sin embargo, Giles no aceptó y filmó la conversación que luego divulgó por redes sociales.
En su presentación ante la Justicia, Fassina aseguró que la publicación del video, le generó deshonra y descrédito. También se quejó por la publicación de la patente de su vehículo, y pidió que se condenara a la joven a pagar una multa de 50 mil pesos, por los delitos de calumnias e injurias.
Sergio Fresco, defensor de Giles, pidió la absolución de la joven, tras alegar que la querella pareció «ser el mundo del revés», porque se juzgó a alguien solo por decir la verdad, a tal punto que «el propio Fassina reconoció» que tomó el billete de diez pesos.

 

Rechazo.
La jueza confirmó la existencia del hecho divulgado por la joven y rechazó el planteo de Fassina.
Señaló que «no hay duda» de que el hecho existió, y por esto afirmó que no hubo injuria. En relación a la calumnia, consideró que «la conducta de Fassina traspasó el umbral privado, por tratarse de una persona que desarrolló y lo hace actualmente, una actividad pública» y, en consecuencia, el hecho resultó de interés público.
Al momento de dictar sentencia, la magistrada tuvo en cuenta un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que estableció que «en una sociedad democrática los funcionarios públicos están más expuestos al escrutinio y la crítica del público. Este diferente umbral de protección se explica porque se han expuesto voluntariamente a un escrutinio más exigente. Sus actividades salen del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público. Este umbral no se asienta en la calidad del sujeto, sino en el interés público de las actividades que realiza».
En este sentido, dijo que Fassina ejerció funciones públicas, dado que fue asesor en el Concejo Deliberante de Santa Rosa y fiscal sustituto del Poder Judicial; y en la actualidad es docente de la Universidad Nacional de La Pampa.
Luego del hecho, Giles había denunciado penalmente a Fassina por el cargo de «hurto simple». En esa causa el abogado fue sobreseído por «ausencia de afectación al bien jurídico».

 

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