Domingo 17 de marzo 2024

Roban bebidas para Navidad e irán presos

Redaccion 23/02/2020 - 21.15.hs

Aunque el hecho ocurrió en 2016, las condenas se efectuaron ahora cuando el juez de audiencia santarroseño Daniel Alfredo Sáez Zamora dispuso que Fernando Héctor Nicolás Martino vaya un año de prisión de cumplimiento efectivo, mientras Ceferino David Acosta tendrá la misma pena aunque en suspenso. En ambos casos por ser autores del delito de hurto calificado «por el uso de llave verdadera sustraída o retenida», según el fallo judicial.
Los acusados, en las horas previas y posteriores a la Navidad de 2016, ingresaron a la madrugada a una vinoteca céntrica de Santa Rosa. En la primera ocasión sustrajeron «varias cajas de bebidas alcohólicas, en su mayoría Fernet, sidra 1888 y vodka», y fueron «captados por las cámaras de seguridad que el damnificado tenía colocadas en el depósito». Se fueron en un Chevrolet Chevette, propiedad del cuñado de Acosta, Aníbal Lezcano, luego de cargar 14 bolsas de mercaderías en siete viajes.
En la segunda oportunidad se llevaron «más bebidas que en la vez anterior» -volvieron a huir en el mismo vehículo-, «utilizando llaves originales o copias de ellas, obtenidas en forma ilegítima.
La causa fue resuelta a raíz de un acuerdo de juicio abreviado firmado por los fiscales María Cecilia Molinari y Andrés Torino, los defensores oficiales Mariel Annechini y Juan José Hermúa y ambos imputados. Martino es un chapista de 37 años y Acosta, un cadete de 33.
El juez tuvo en consideración, entre otras pruebas, actas de allanamientos, un informe de Telefónica, CD’s con interceptaciones de comunicaciones telefónicas, transcripciones de diálogos de interés surgidos de esos contactos, filmaciones y el secuestro de prendas utilizadas para cometer los hechos (gorra y zapatillas).
La diferencia en las penas de ambos imputados se debió a que Martino -actualmente detenido- tenía antecedentes penales, ya que el Tribunal Oral Federal de Santa Rosa lo había condenado, el 10 de junio de 2016, a seis años y cuatro meses de prisión. Por eso una vez que el fallo quede firme deberá ser comunicado a dicho organismo.
A Acosta, como la sanción fue de ejecución condicional, le impusieron reglas de conducta por dos años (fijar domicilio, del que no deberá ausentarse sin aviso; atenerse al control del Ente de Políticas Socializadoras; y abstenerse de relacionarse en forma directa, por cualquier medio tecnológico o por interpósita persona, con el dueño del comercio.

 


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