Domingo 14 de abril 2024

Se labraron 161 infracciones por violación de cuarentena

Redacción Avances 02/08/2020 - 07.52.hs

Fuentes de la Unidad Regional I de la Policía de La Pampa informaron que durante las últimas 24 horas se hicieron un total de 161 actas por violación al artículo 205 del Código Penal y a la ley provincial 3.242.

 

Los datos que resaltan en los operativos realizados son que se interrumpió una reunión social en la que estaban participando suboficiales del ejército. «En jurisdicción de la Seccional Segunda, en un complejo de departamentos, un llamado al 101 cerca de las 00 hs. alertó de que había una reunión. Personal policial constató la presencia de suboficiales del Ejército», señalaron los informantes.

 

En la localidad de Eduardo Castex, se constató una reunión social en un taller mecánico donde había dos personas reincidentes, cerca de la 1 hs.. «A una de ellas ya se le había secuestrado el auto en su oportunidad por infracción al 205. El grupo estaba constituido por hombres y mujeres. Un hijo de una de las parejas tiene un año y medio de edad, aproximadamente», puntualizaron desde la dependencia policial.

 

En el departamento Capital, donde se ubica la ciudad de Santa Rosa, se labraron 21 actas de infracción por el artículo 205: 11 fueron realizadas a personas que estaban en la vía pública sin justificación, ya sea a pie o en vehículo, y 10 fueron por participar en reuniones sociales.

 

En tanto que en las 28 dependencias que se encuentran en el interior de dicha Unidad Regional, con las departamentales de Macachín, Catriló, Riglos, Castex, Victorica y Telén, entre otras, se hicieron 50 actas de infracción por violación al mismo artículo penal.

 

«Su gran mayoría fueron por reuniones sociales y familiares, por estar en la calle sin motivo que lo justifique y 16 por circular en vehículos», detallaron los voceros.

 

«También, por infracción a la ley 3.242, por no uso de tapabocas o barbijo, las seccionales hicieron 14 actas y en el área interior se hicieron 5, lo que da un total de 19 infracciones por infringir esta normativa. Por violación al 205 se labraron 71 infracciones», precisaron las fuentes consultadas.

 

El artículo 205 del Código Penal plantea lo siguiente: «Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia».

 

Mientras que la ley provincial 3.242 establece un sistema de multas para quienes incumplan la normativa vigente en el estado de máxima alerta sanitaria. Hace referencia específicamente a la omisión de uso de elementos de protección obligatorios, incumplimiento de disposiciones y medidas de prevención, e incumplimiento de disposiciones y medidas de prevención en relación a los encuentros sociales y reuniones familiares.

 

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