Jueves 11 de abril 2024

Suspenden un desalojo para preservar a niños

Redacción 14/11/2018 - 01.49.hs

La jueza en lo civil María del Carmen García suspendió ayer por 10 días hábiles un desalojo que estaba dispuesto en la calle Sequeira 334, en el Barrio Matadero, en Santa Rosa, contra una mujer que vive allí con sus tres hijos.
La resolución de García, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 2 de Santa Rosa, fue en respuesta a una presentación del Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de La Pampa, Juan Pablo Meaca.
"Ante el pedido de prórroga de la Defensoría, y dada la situación de urgencia planteada por ella, se hace lugar al pedido de prórroga, estableciéndose un plazo de 10 días hábiles a partir del presente pronunciamiento, a los fines de cumplimentar con el protocolo de intervención con el grupo familiar para buscar una alternativa habitacional", señaló la magistrada en el texto.
Para ello, García remarcó que "debe tenerse en cuenta, de manera primordial, el interés superior del niño en todas las medidas o decisiones que los afecten (Convención sobre los Derechos del Niño, Observación General Nº 14 (2013) y artículo 1º y concordantes de la ley 26061 y la ley 2703 de adhesión a los artículos 1º al 41º de la ley nacional 26061), y sumado a ello la situación de vulnerabilidad natural de los mismos, objeto de una especial tutela por parte de los órganos del sistema de justicia (acuerdo 3117 del Superior Tribunal de Justicia, mediante el cual se adhirió a la Reglas de Brasilia sobre acceso a la Justicia de las personas en condición de vulnerabilidad)".
En otra parte de la resolución, indicó que "los organismos relacionados con esta temática no han tenido suficiente tiempo de tomar conocimiento con la situación", por lo que deben ser notificados de ello, de acuerdo al protocolo que se aplica en estos casos, según prensa del STJ.
El pedido de desalojo se inscribe en la causa que la presunta propietaria de la vivienda inició contra quien la ocupa y ya tenía sentencia favorable en primera y segunda instancia. Cuando la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa rechazó recientemente un recurso de apelación presentado por la demandada -la mujer que vive allí con sus hijos-, dijo que ella no produjo ninguna prueba para demostrar que tiene derecho para ocupar el inmueble. En cambio, entendió que la demandante demostró que, en su calidad de poseedora del inmueble, que estaba legitimada para accionar el desalojo.

 


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