Domingo 21 de abril 2024

Un hombre, condenado por abuso

Redaccion 18/10/2020 - 10.40.hs

La justicia provincial condenó la semana pasada a un hombre de 42 años a la pena de 15 años de prisión por ser autor de los delitos de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal que cometió contra la hija de su pareja, una adolescente de 13 años. Si bien la condena aún no está firme, el juez dispuso que cuando eso ocurra el acusado sea inmediatamente detenido.
Con los resultados de la investigación preparatoria y las pruebas en su mano, el juez de Audiencia de Santa Rosa, Carlos Besi, concluyó en que quedó probado que el acusado abusó sexualmente de la menor «en reiteradas oportunidades» desde que la víctima tenía seis o siete años hasta los 10. Según el fallo, los episodios de abuso ocurrieron dentro de la vivienda familiar que compartía la víctima con el victimario, pareja de la madre de la adolescente y denunciante, «en momentos en que la madre de la niña dormía, cuando trabajaba en horario nocturno y cuando viajaba a Buenos Aires a comprar ropas».
En todos esos momentos, «el condenado quedaba a cargo de la víctima e incluso ello también ocurrió cuando la pareja se separó», de acuerdo a la información difundida por la justicia.

 

Condena.
Tal como se mencionó antes, la condena fijada por el juez Besi es de 15 años de prisión efectiva, pena que aún debe efectivizarse. Los delitos de abuso simple y de abuso sexual con acceso carnal están agravados por tratarse de una persona que estaba encargada del cuidado de su víctima y también porque se aprovechó de una persona menor de edad y de las circunstancias.
Al fijar la pena, el juez habló del daño causado a la niña y su extensión, ya que afectó su «integridad sexual, pudiendo afectar el desarrollo de su vida en el futuro» junto con las circunstancias en las que se dio el abuso ya que el victimario «actuó en la clandestinidad y teniendo en todo momento el control de realizar sus actos sexuales fuera del conocimiento o de la observación de terceros». También agregó como agravante que haya tenido «a su disposición como objeto sexual a la niña» y que todas esas situaciones provocaron que la víctima sintiera «una total inseguridad, angustia, indefensión, vulnerabilidad y temor constante».
Finalmente, Besi señaló en el fallo la existencia de un «vínculo personal existente» entre el acusado y la damnificada, por «haber participado en su crianza desde los tres años, conviviendo bajo el mismo techo, teniendo la obligación de velar por su seguridad y de protegerla».

 

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