Sabado 06 de abril 2024

Un informe oficial avala reclamo por el despojo de tierras

Redaccion 18/07/2020 - 21.27.hs

Un trabajo de investigación histórica realizado por el gobierno pampeano en el año 1984 refleja con notoria claridad la expoliación que sufrió el territorio pampeano desde sus inicios. El trabajo, una recopilación de antecedentes legislativos que precedieron a la sanción de la ley nacional 1532, en 1884, grafica la pérdida de territorio que sufrió La Pampa con la incorrecta demarcación del Meridiano X pero también el perjuicio, mucho mayor, de 3 millones de hectáreas por el corrimiento de la frontera norte del paralelo 35 al paralelo 36 a pedido de un representante mendocino, que quería que esas tierras, «regadas por dos ríos» (Atuel y Salado) quedaran para su provincia, como sucedió.
De edición sencilla y a lo largo de 28 páginas, el trabajo «A cien años de la Ley de Territorios: Antecedentes y Conformación de la Gobernación de La Pampa» fue elaborado en 1984 por las profesoras Stella Maris Antonio, recientemente fallecida, y Silva G. Crochetti a pedido de la Dirección General de Cultura de la provincia, repartición que en ese momento dependía de la Subecretaría de Cultura y Educación a cargo de Jorge Picca. Fue Picca junto con la entonces jefa del Departamento de Investigaciones Culturales, Norma Medus, quienes impulsaron la realización del trabajo y se encargaron de su publicación.
El material se imprimió en los talleres offset de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa y tuvo a Jorge Rojas, entonces empleado legislativo, como responsable del diseño de tapa.

 

Antecedentes.
En la presentación de su trabajo, Antonio y Crochetti explicaron que su objeto fue realizar «un análisis de los antecedentes histórico-jurídicos que gestaron» la ley 1532, conocida como Ley de Territorios Nacionales. «Hacemos especial referencia a la delimitación de La Pampa, por haber sufrido importantes modificaciones en el transcurso del tiempo».
El detallado análisis realizado por las profesoras comienza con la Real Ordenanza de Intendentes emitida por la corona española en 1782, sigue con las normas surgidas a partir del gobierno patrio de 1810 y se extiende con mayor nivel de detalle en las propuestas y leyes sancionadas a partir de la conformación institucional de la República Argentina, año 1853, y la expansión de sus fronteras a expensas del territorio que todavía dominaban los pueblos originarios.
El repaso legislativo refleja cómo aquel territorio nacional, luego Gobernación de La Pampa, fue perdiendo extensión a expensas de las pretensiones de las jurisdicciones vecinas, que gracias a su condición de provincias fundacionales de la Nación, y por ende con representación en el Congreso Nacional, lograron modificar las propuestas originales y anexar a sus provincias enormes espacios territoriales que antes pertenecían al territorio pampeano.

 

Expoliación.
En estos días se ha reactivado la discusión por la incorrecta demarcación del Meridiano X, una línea imaginaria que los legisladores eligieron para marcar el deslinde entre La Pampa y Mendoza. Esa incorrecta demarcación, con los mojones corridos dentro de nuestra provincia, provocan una enorme pérdida de tierras para La Pampa.
Pero tanto o más interesante es leer cómo La Pampa perdió en manos de Mendoza una fracción aún mayor de territorio en el cuadrante noroeste, a instancias del pedido de un diputado mendocino, Germán Puebla, que solicitó correr el límite previsto original hacia el sur a fin de que esas tierras se incorporen a su provincia, tal como sucedió.
«Al tratarse el artículo 1 que establecía los límites provisorio de La Pampa, el diputado (Germán) Puebla, sostiene: ‘Voy a proponer una modificación en este artículo en el sentido de que consigne en la ley como límite norte del Territorio de la Pampa al Paralelo 36 en lugar del 35 que fija el despacho de Comisión», detallaron Crochetti y Antonio.
Con este pedido, «el representante mendocino pretendía incorporar la faja comprendida entre el Paralelo 35-36 a las provincias de Mendoza, San Luis y Córdoba por el mismo beneficio que ello representaba», se lee en la página 16 de la publicación, último párrafo.
«El resultado final del debate en la Cámara Baja delimitó a La Pampa provisoriamente con el Paralelo 36 que las separaba de Mendoza y San Luis, lo cual representó la cantidad de 3.000.000 de ha. aproximadamente en perjuicio de La Pampa», plantearon la investigadoras.

 

Cartografía.
La profesora Norma Medus se encargó de la cartografía que acompaña la investigación histórica. El librillo contiene cinco mapas. El primero de ellos, tomado de «Historia de los Argentinos. Tomo I», de Floria-García Belsunce; el segundo, tomado de «La Argentina Suma de Geografía, tomo VIII», muestra la expansión de la frontera interna en la Patagonia.
El tercero refleja la propuesta de fraccionamiento territorial que hizo el diputado Nicasio Oroño en 1869; el cuarto muestra el extenso territorio que le correspondía a La Pampa según la ley 947 y el último detalla el territorio pampeano de la ley 1265, una superficie que llegaba hasta el río Negro y abarcaba hasta la cordillera de Los Andes.

 

Una prueba.
La publicación revalida los reclamos pampeanos por el Atuel y destruye con argumentos mendocinos las mendaces afirmaciones de esa provincia de que ese río nunca llegaba a La Pampa. «Con las expresiones del representante por Mendoza (Germán Puebla), advertimos el afán desmedido de extenderse hacia el sur por la bonanza de sus tierras, ‘regadas por dos ríos’, elemento probatorio de la existencia del Atuel en La Pampa y de los beneficios que su libre corriente otorgaba», señalaron las investigadoras, según se lee en páginas 17.

 

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