Domingo 21 de abril 2024

Va a juicio directo por violar la cuarentena

Redaccion 28/03/2020 - 21.29.hs

Un santarroseño de 37 años afrontará, por primera vez en La Pampa, un juicio directo por incumplir en dos oportunidades el aislamiento social preventivo y obligatorio. El procedimiento se realizó, tal cual se viene realizando dentro de la Justicia, de manera domiciliaria y a través de las nuevas tecnologías. En la investigación intervino, en representación del Ministerio Público, el fiscal Walter Antonio Martos.
Según precisaron fuentes judiciales a LA ARENA, ayer se «inició una investigación respecto de una persona que infringió en dos oportunidades, en un corto período de 24 horas, la cuarentena obligatoria impuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional».
Ante esto, desde la Fiscalía se «utilizó para iniciar la investigación el procedimiento de Flagrancia y Juicio Directo, previsto en la legislación procesal vigente». A su vez, la solicitud fue «autorizada y receptada por el juez de Control, Carlos Ordas».
«Es sumamente importante porque es el primer caso en la provincia que se va a tramitar de esta manera y va a permitir obtener una respuesta rápida y eficaz del sistema de Justicia, con una sentencia jurisdiccional en tiempos sumamente acotados», destacaron las fuentes consultadas por este diario.

 

Desobediencia.
Por otro lado, precisaron que todo surgió porque el hombre infringió los artículos 205 y 239 del Código Penal. En ese sentido, se valoró «para esta calificación jurídica la desidia en el actuar de esta persona, la cual puede contribuir a propagar una epidemia, en este caso una pandemia conforme lo establece el artículo 205 y a su vez desobedecer a un funcionario público, en este caos el presidente de la Nación, quien en el ejercicio de sus funciones ha dictado este DNU el cual no ha sido respetado por este hombre». Por estos motivos, desde la Fiscalía entendieron «configurado el delito de desobediencia previsto en el artículo 239 del Código Penal».
«Lo importante a resaltar es que precisamente estamos ante el primer caso de procedimiento directo a los fines de tramitar un incumplimiento a la cuarentena obligatoria», remarcaron.

 

Escala penal.
Por otro lado, las fuentes precisaron a este diario que la escala penal, en el caso del delito estipulado en el artículo 205, es de seis meses a dos años de prisión. A su vez, en el caso de la desobediencia judicial, la pena va desde los 15 días al año de prisión.
«Tendríamos una escala aproximada de seis meses a tres años, de ahí va a depender si se llega a una salida alternativa, como puede ser un juicio abreviado», explicaron.

 

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