Jueves 18 de abril 2024

Verna envió la ley de paridad de género

Redacción 12/10/2019 - 00.28.hs

El gobernador de La Pampa, Carlos Verna, elevó al Poder Legislativo el proyecto de ley que contempla la modificación de diversos artículos de las Leyes 1593 y 2042, con el objetivo de aumentar la paridad de género en los cargos electivos en la Cámara de Diputados. "Es un acto de equidad", aseguró el ministro de Gobierno y Justicia, Daniel Bensusán, quien celebró la decisión del mandatario pampeano de impulsar la iniciativa.
"Hoy (por ayer) envié a Diputados un proyecto de ley para aumentar el cupo femenino en cargos electivos. El 30 por ciento que está establecido como límite mínimo, termina siendo también el máximo. La nueva ley de cupo busca garantizar la participación del 50 por ciento de mujeres en listas provinciales", anunció en sus redes sociales el mandatario pampeano sobre esta iniciativa que será abordada próximamente por los legisladores provinciales.
Según precisó el gobernador en la nota que acompaña el proyecto, "este Poder Ejecutivo remite consideración de ese Cuerpo Legislativo el adjunto proyecto de ley por el que se propicia la modificación de los artículos 4, 8, 12 y 31 de la Ley N°1593 y del articulo 9 de la Ley N°2042", los cuales corresponden a las normativas que regulan los actos eleccionarios en La Pampa.

 

"Una decisión política".
Consultado sobre la iniciativa, el ministro de Gobierno y Justicia, Daniel Bensusán celebró la decisión del gobernador Carlos Verna. "Se plasma la decisión política para que se establezca la paridad de género en las listas de cargos electivos a partir de las próximas elecciones provinciales", precisó el funcionario, quien enfatizó: "Es un avance hacia una discusión que se viene dando y que será aprobada por la Cámara, terminando de reconocer así la equidad en la provincia de La Pampa".
Según explicó Bensusán, "esta decisión política interpreta el avance que ha tenido en el mundo la paridad de género" ya que "reconoce el ejercicio pleno de los derechos de la mujer, a partir del avance que se ha dado en el mundo en la cuestión género. Es adaptar la legislación electoral a los tiempos que vivimos".
Ante este escenario, "el gobernador Verna decidió tomar cartas en el asunto y darle un marco legal a una realidad social que se impone" ya que "el espíritu de las leyes debe reconocer y adaptarse a las realidades sociales donde se van a ejecutar las mismas", amplió el ministro, quien remarcó que "no es el primero ni el único gesto político que se ha, se debe tener en cuenta que durante la actual gestión se jerarquizó el área de la mujer y se elevó a Secretaría".

 

Fundamentación.
Al respecto, sobre la fundamentación del proyecto remarca que el articulo 31 de la mencionada Ley N°1593 establece que las listas que presenten candidatos a diputados provinciales y concejales deben estar compuestas con un mínimo del 30% de mujeres, ubicadas en lugares de las listas con posibilidades ciertas de resultar electas. Esta norma se encontraba en armonía con la Ley Nacional N°24012 de cupo femenino, que fuera sancionada en el año 1991 y tuvo vigencia hasta el año 2017, momento a partir del cual se estableció, a través de la Ley N°27412, el sistema de paridad de género en los órganos legislativos nacionales.
Ese 30% cumplió un importante rol impulsando y ampliando la presencia de las mujeres en política. Sin embargo, ese porcentaje surgido como un límite mínimo se transformó, mayoritariamente, en el máximo de participación y de representatividad política femenina, ya que el nivel de representación de mujeres en los órganos colegiados se ha mantenido en torno de los porcentajes mínimos legalmente exigidos, se explica en el proyecto.
"Por eso la modificación medular del presente proyecto se relaciona y armoniza con lo dispuesto en el articulo 31 de la Ley N°1593. Así por el presente proyecto se propone que en la composición de las listas que se presenten con candidatos a diputados provinciales, concejales y vocales de las Comisiones de Fomento, se deba respetar la paridad de género, debiendo conformarse ubicado de manera intercalada a mujeres y varones, pudiendo ser encabezada de manera indistinta por cualquiera de ellos", continúa la iniciativa. De esta manera, se conseguirá que en la próxima conformación de la Legislatura, la composición se acerque al 50-50.

 

Sustitución.
A su vez, a través de esta reforma se prevé que en aquellas situaciones donde "el diputado será sustituido por el diputado del mismo género que figure en la lista de titulares según el orden establecido". Una vez agotado el listado de titulares, la suplencia deberá surgir del diputado del mismo género que figure en la lista de suplentes y, solo en caso que no pueda cubrirse la vacancia por un diputado del mismo género, será cubierta con un diputado de distinto género.
"De esta manera, se establece un mecanismo de reemplazos que logra, en principio, mantener la representatividad del género femenino en la composición de la Cámara de Diputados", concluye la iniciativa.

 

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