Lunes 22 de abril 2024

Absuelven a conductor por dos muertes en siniestro vial

Redacción 08/11/2017 - 01.38.hs

El imputado había sido condenado a tres años de prisión en suspenso y a siete de inhabilitación, tras protagonizar un choque con dos muertos. Los jueces que votaron por su absolución enfatizaron en el hecho que el otro vehículo circulaba sin las luces encendidas.
GENERAL PICO - El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de la provincia absolvió ayer a un conductor que protagonizó un siniestro de tránsito en la ruta provincial 4, en el que fallecieron dos de los ocupantes del otro vehículo involucrado.
Ezequiel Luis Gastaud había sido condenado el 16 de mayo pasado por Paola Loscertales, jueza de audiencia de la segunda circunscripción judicial de la provincia con asiento en esta ciudad, a tres años de prisión en suspenso y a siete de inhabilitación para conducir vehículos automotores, por los delitos de doble homicidio culposo en perjuicio de Marcos Daniel Arnaudo (30) y María Laura Escudero (25); lesiones graves culposas en perjuicio de Brenda Altamirano, quien perdió un embarazo de 22 semanas; y lesiones leves culposas en perjuicio de Nahir Ardenghi y Darío Víctor Pérez.
Sin embargo los jueces del TIP, tras una votación dividida, revocaron el fallo de la Justicia piquense e hicieron lugar al recurso de impugnación que presentara el defensor Ariel García.
El siniestro vial se registró el 20 de abril del año 2013, a la altura del kilómetro 66 de la ruta provincial 4, entre las localidades de Trenel y General Pico. En ese lugar colisionaron de forma frontal un Volkswagen Gol que conducía Arnaudo con otros cuatro tripulantes a bordo, y el Chevrolet Corsa que manejaba Gastaud.

 

Sin luces.
Tras el debate que se realizó en los tribunales piquenses, la magistrada consideró que "fue la imprudente y desaprensiva conducta de Gastaud, quien se lanzó a contramano, a altísima velocidad y sin la constatación previa de que tenía la vía libre, la causa eficiente del luctuoso accidente".
El juez del TIP, Pablo Balaguer, culpó del accidente a Arnaudo, porque no llevaba las luces encendidas en una hora del día donde aún había luz, pero en la que el sol dificulta la visión".
"La infracción en el uso de las luces cortas del VW Gol dejó de ser solamente una infracción meramente formal para convertirse en el nexo de causalidad del injusto penal cuya investigación y juicio tuvo el tratamiento en este proceso", indicó. En el mismo sentido dijo que esta conducta imprudente es la que se debe valorar "como desencadenante del impacto", a la vez que afirmó que "no se advierte prueba alguna que demuestre que la conducta de sobrepaso haya sido efectuada sin haber tomado las precauciones necesarias".
El magistrado también se refirió a la velocidad a la que circulaba Gastaud, de la que dijo que no fue "relevante en la causación del resultado, con lo cual se debe plantear la hipótesis de que si hubiese circulado a una velocidad inferior o permitida el resultado hubiese sido el mismo, en razón que el nexo de causalidad se encuentra en el hecho de que Volkswagen circulaba sin las luces bajas encendidas a una hora con afectación de la visibilidad".

 

Fallo dividido.
Sin embargo, Carlos Flores avaló el fallo de Loscertales, tras poner en énfasis en la velocidad a la que circulaba el imputado. "Frente a la indudable imprudencia y negligencia del conductor del Chevrolet Corsa, al circular a una velocidad superior a lo que el debido cuidado imponía, y lanzarse a contramano, sin la constatación previa de que tenía la vía libre, contribuyó en el desenlace fatal que tuvo el accidente".
"Las pericias incorporadas dan cuenta que Gastaud se desplazaba a una velocidad de 140 kilómetros, en virtud de lo cual que se manejó a bordo de una cosa riesgosa con evidente y notoria imprudencia, siendo negligente, antirreglamentario y violando las disposiciones vigentes en cuanto a la velocidad, e intentando una maniobra de sobrepaso sin constatar previamente que tenía la otra vía libre", agregó.
Fue el voto de Filinto Rebechi que inclinó la decisión del TIP por revocar el fallo de la Justicia piquense. En este caso se refirió a la declaración de un testigo, que circulaba por delante del acusado al momento del siniestro.
El testigo relató que vio que un auto que venía a unos 15 ó 20 metros detrás suyo, hizo seña de luces, colocó el guiñe y se puso en la mano contraria para sobrepasarlo, y que en ese momento observó que a 40 metros venía otro vehículo sin luces encendidas."Esta declaración, aparte de corroborar en que el auto que venía de frente se conducía sin luces, muestra que tampoco fue visto por Rodríguez con anterioridad, lo que nos está demostrando que indudablemente cuando Gastaud se decidió a pasar al vehículo conducido por Hernández, no pudo constatar la presencia del auto con el cual posteriormente colisionó", dijo Rebechi.

 

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