Miércoles 10 de abril 2024

Ahora le toca a la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Redacción 06/07/2016 - 02.28.hs

El lunes pasado, la Cámara Federal de Córdoba suspendió los aumentos en la tarifa del gas domiciliario, por tres meses, y ordenó a la empresa Ecogas retrotraer el cuadro tarifario a los precios vigentes al 31 de marzo.
IRINA SANTESTEBAN
La semana pasada, en esta misma columna, comentando dos fallos contradictorios en la provincia de Córdoba, en sendos amparos interpuestos por vecinos contra los aumentos en las tarifas de gas, decíamos que esto ocurría en el distrito que mayor porcentaje de votos había obtenido el gobierno de Mauricio Macri. Y es en esa misma provincia donde se está dando una fuerte pelea contra los tarifazos, ordenados por ese mismo gobierno.
Córdoba volvió a ser noticia en el tema tarifazos, porque la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones, revocó el fallo del juez Federal Ricardo Bustos Fierro, y resolvió favorablemente la medida cautelar en el caso "Bustos, Rebeca Andrea y otros contra el Estado nacional", en la cual decenas de usuarios, patrocinados por el abogado Horacio Viqueira, solicitaban la declaración de inconstitucionalidad de las resoluciones del Ministerio de Energía y del Ente Regulador (Enargas), que dispusieron los aumentos.

 

Suspensión por tres meses.
La resolución suscripta por los jueces de Cámara Abel Sánchez Torres (presidente) y Luis Rueda, ordenó suspender por tres meses las resoluciones N° 28/2016 y 31/2016, del Ministerio de Energía y Minería, y las del Enargas, que impusieron un nuevo cuadro tarifario a partir del 1° de abril. El fallo dispone que la medida cautelar tendrá efecto en todo el territorio provincial, para fijar "un criterio unificador a los fines de garantizar el derecho a la igualdad y tutela judicial" de todos los afectados por el aumento de la tarifa del gas domiciliario, a quienes considera un mismo "colectivo".

 

Refacturar.
Hay dos aspectos muy importantes en este fallo: uno, que ordena a Ecogas, la empresa licenciataria del servicio de gas natural domiciliario en Córdoba, a rehacer las facturas con los valores tarifarios vigentes al 31/3/2016. Y dos, que debe abstenerse de producir cortes del suministro de gas motivados en la falta de pago de las facturas emitidas de acuerdo al nuevo cuadro tarifario. Es decir, que todas las facturas emitidas con las nuevas tarifas, hayan sido o no abonadas, en virtud de este fallo, que ordena la suspensión de las resoluciones que dispusieron ese aumento, no serán válidas, y Ecogas deberá volver a facturar con los precios vigentes al 31 de marzo.
Y lo más importante, no puede la empresa cortar el servicio por falta de pago de esas facturas, sino que tiene que rehacerlas con el anterior cuadro tarifario, dar un nuevo plazo de pago y recién en ese momento los usuarios estarán obligados a abonar el servicio.
Para los que ya abonaron el servicio con el aumento hoy suspendido, la empresa debe considerar ese pago como "a cuenta" y puede proceder a devolver el dinero o a considerarlo como un crédito para las próximas facturas, donde deberá ser descontado.

 

Un amparo contra el abuso.
Así definió el abogado Viqueira el recurso de amparo que presentaron aproximadamente unos 2.500 vecinos de toda la provincia de Córdoba, en varias causas. En una asamblea de amparistas que se realizó el pasado lunes 4 en la sede histórica de la CGT, en la ciudad de Córdoba, y ante centenares de vecinos, Viqueira denunció el abuso que implica no sólo el escandaloso aumento en el precio del BTU (British Termal Unit, que es la unidad de medida de la producción del gas), sino también los diferentes impuestos que gravan el servicio y que se detallan en la facturación. El producido de esos impuestos es para inversiones e infraestructura, pero las empresas privadas que prestan el servicio porque ganaron las licitaciones para la distribución del gas, se comprometieron en sus respectivos pliegos a hacer esas inversiones.
De esta manera, a la larga, sea mediante aumentos en el precio del gas o en los impuestos, siempre son los ciudadanos quienes terminan pagando obras de infraestructura que nunca se realizan.

 

Y el pueblo dijo basta.
En esta oportunidad, los ciudadanos dijeron "basta" de diferentes formas.
En Córdoba fue con un Cabildo Abierto y marchas en protesta contra los aumentos en la tarifa del gas, responsabilidad del gobierno nacional. La protesta repudió también el tarifazo en la energía eléctrica, cuya provisión corre a cuenta de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC), responsabilidad del gobierno de Juan Schiaretti. No se salvó el municipio de la ciudad de Córdoba, pues el intendente Ramón Mestre (h) dispuso hace algunas semanas un nuevo aumento en el servicio de transporte urbano de pasajeros. Con un boleto a 9,15 pesos, el de Córdoba es el más caro del país.
En Villa Gesell, la protesta fue más directa y los vecinos ocuparon la sede de la empresa Buenos Aires Gas S.A. (Bagsa), en repudio a los exorbitantes aumentos en ese servicio, con facturas de hasta 8.000 pesos, tornando impagables las mismas.
El intendente geselino, Gustavo Barrera, del Frente para la Victoria, canalizó esa protesta y presentó un recurso que fue acogido por la jueza de paz local Graciela Dora Jofré, pero que es sólo una medida temporaria, por lo que insistirán con un amparo ante la Justicia federal.
En San Martín, el intendente Gabriel Katopodis (FPV) junto con la Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores, presentó una acción de amparo, logrando un pronunciamiento favorable del Juzgado Federal Civil y Comercial N° 2 de esa localidad bonaerense, que suspendió el aumento de tarifas de luz para todos los habitantes de la ciudad. La resolución judicial ordena al Poder Ejecutivo Nacional -Ministerio de Energía y Minería-, al Ente Nacional de Regulación de la Electricidad (ENRE) y a la empresa Edenor SA, suspender los efectos del incremento del servicio público de electricidad.

 

Que resuelva la corte suprema.
Sánchez Torres expresó que quien resolverá en definitiva la cuestión de fondo será la Corte Suprema de Justicia de la Nación. También lo manifestó el ministro de Justicia, Germán Garavano, quien se pronunció a favor de que el tema se resuelva "antes de la feria judicial".
La medida cautelar que han acogido favorablemente los jueces de la Cámara Federal de Córdoba, comenzó a correr el día 4 de julio, por un período de tres meses. Sin embargo, el ministro Garavano insta a la Corte Suprema a que resuelva el tema "antes de la feria", cuando faltan pocos días para comenzar el receso judicial de julio.
Hace algunos años, cuando el grupo Clarín interpuso cautelar tras cautelar en diferentes juzgados federales del país, logrando frenar la vigencia de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, el gobierno de la entonces presidenta Cristina Fernández tuvo duros conceptos para esos jueces. CFK se quejaba de que el Poder Judicial trababa la vigencia de una ley aprobada por el Congreso, y afirmaba que los jueces no debían legislar, sino hacer justicia. El fallo de la Corte Suprema que finalmente declaró la vigencia de la Ley de Medios, también se refería al abuso de las cautelares, sin embargo, muchas siguieron teniendo vigencia, y esa ley no tuvo nunca plena aplicación.
En aquellos años, el macrismo y la oposición al gobierno de Cristina, se quejaban de lo que llamaban "intromisión" en las decisiones de la Justicia. Hoy, sin embargo, y sin haber transcurrido ni siquiera 24 horas de una medida cautelar que tiene como efecto principal beneficiar a millones de usuarios del servicio de gas natural, el ministro de Justicia "insta" a la Corte Suprema a resolver la cuestión de fondo, en pocos días. Si eso no es presión sobre el Poder Judicial, entonces ¿qué es?

 

Audiencia pública.
En todo lo atinente a servicios públicos, cualquier cambio en el cuadro tarifario, no puede ser resuelto sin una audiencia pública en la que los usuarios pueden manifestar sus opiniones. Si bien no es vinculante, significa una señal muy importante para los gobernantes acerca de los efectos que tendrían esas decisiones, que afectan los ingresos de millones de ciudadanos.
En los aumentos dispuestos por el ministro de Energía, Juan José Aranguren, en la tarifa del gas, no se convocó a la audiencia que prevé la legislación, y ese fue uno de los argumentos utilizados por los amparistas cordobeses, que el lunes obtuvieron un primer triunfo.
Fueron tres los fundamentos presentados en los recursos, el aumento abusivo, la no convocatoria a audiencia pública y finalmente, la incompatibilidad funcional del ministro de Energía, por haber beneficiado notoriamente a la empresa Shell, a la que perteneció durante 35 años y de la que fue su presidente en Argentina, durante los 14 años previos a su asunción como ministro del presidente Mauricio Macri.
Qué resolverá la Corte Suprema sobre este recurso de amparo, que pretende la declaración de inconstitucionalidad de las disposiciones emanadas del Ministerio de Energía, es difícil de prever.
Resolver en contra de los legítimos reclamos de millones de ciudadanos, tendrá un altísimo costo, no sólo para la Corte Suprema de Justicia, sino para el propio gobierno nacional. Aunque pueda celebrar haber conseguido los votos necesario para aprobar leyes claves para su gestión (pago a los fondos buitres, ley de blanqueo de capitales, aprobación de los pliegos de los nuevos miembros de la Corte Suprema), mantener los aumentos en los servicios públicos, hará caer en picada los índices de aprobación de su gobierno, y eso a sólo siete meses de haber asumido.

 

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