Lunes 25 de marzo 2024

Atuel: Mendoza desoye a la Corte

Redaccion 31/07/2020 - 22.42.hs

Hace pocos días, desde esta misma columna se reflexionaba acerca de la ya antigua táctica mendocina de levantar barreras sucesivas en la controversia sobre el río Atuel. A medida que los argumentos se suman para darle la razón a La Pampa, nuevas excusas inventan los cuyanos apuntando a una estrategia central: negar invariablemente el paso del agua que le corresponde a La Pampa.
Los últimos acontecimientos a partir de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia demuestran que Mendoza sigue empecinada en esa postura irreductible. Pese a la trascendencia del fallo que expresa textualmente «fijar como meta interina un caudal en el límite interprovincial entre La Pampa y Mendoza mínimo y permanente de 3,2 metros cúbicos por segundo» la provincia cuyana alegó en la última reunión de la CIAI que no puede cumplir con ese mandato hasta que no se concreten las obras en el cauce. Semejante respuesta implica la desobediencia al mandato del más alto tribunal de la república y a la vez un desconocimiento de los aspectos físicos de la cuenca pues ningún obstáculo impide que el agua llegue a nuestra provincia si se abren las compuertas.
La propia naturaleza desmiente el argumento leguleyo mendocino: en 1973, después de 25 años sin escurrimientos, la gran creciente condujo más de 60 metros cúbicos por segundo; y en los últimos seis años, sin que mediara acción humana ni obra alguna, el agua traspasó largamente la latitud de Algarrobo del Aguila. La afirmación en cuanto a la necesidad de obras es otro embuste, propio de esa suerte de condición fullera que asumió la provincia de Mendoza desde los mismos inicios del reclamo por el corte del río, interponiendo falacias donde debía imperar la razón.
La actitud de la representación pampeana exponiendo un esquema cronológico de trabajo acorde con la sentencia de la Corte y que aparece como razonable, fue contestada en forma improcedente: la delegación mendocina, aún frente a la evidencia de que las últimas grandes nevadas se traducirán en mayor volumen de agua en los embalses ubicados sobre el Atuel, persistió en su cerrada negativa.
Pero ampliando el punto de vista sobre esta reunión y el encuadre que le diera el fallo de la Corte Suprema se hace evidente que los traspiés jurídicos que le cuesta asumir a las autoridades mendocinas son tres. Primero, que el caudal fijado debe entregarse en condiciones adecuadas en el límite interprovincial, siendo pasible de incrementarse y ratificando la condición interjurisdiccional del río; segundo, la planificación conjunta en lo que respecta al manejo de las aguas; y tercero, un punto siempre negado por Mendoza y acaso el más relevante: la creación de un comité de cuenca, concepto que la Corte ya hiciera suyo al considerar que «se trata de un sistema integral que se refleja en la estrecha interdependencia entre las diversas partes del curso de agua».
Frente a resoluciones de semejante peso se derrumba el pretexto sobre la necesidad de obras. La Pampa debe continuar bregando en todas las instancias posibles y rechazando esta nueva muestra de contumacia, que persigue el objetivo de siempre: postergar in eternum la decisión final de terminar con el corte del río.

 

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