Jueves 11 de abril 2024

Buenas razones para celebrar

Redaccion 19/07/2020 - 21.52.hs

Una nueva sentencia de la Corte Suprema de Justicia sobre el Atuel volvió a darle la razón a La Pampa. Pero esta vez el tribunal puso un número y tradujo el derecho pampeano al agua en un caudal. En el primer fallo, el del año 1987, también había puesto un número, aunque aquella vez beneficiaba a Mendoza. La Corte le había dado la razón a La Pampa al dejar establecido que el Atuel es un río interprovincial, sin embargo, simultáneamente, sostuvo que el agua podría llegar a nuestra provincia solo después de que Mendoza regara 75 mil hectáreas. Por eso aquel triunfo en el terreno jurídico tuvo, en el terreno de los hechos, el sabor de la derrota. Nunca Mendoza llegó a regar esa superficie -deliberadamente «inflada»-, ni se preocupó por mejorar su obsoleto sistema de riego que desperdicia la mayor parte del agua.
Transcurrió el tiempo y el cuidado del ambiente pasó a tener rango constitucional con la reforma de 1994; también se sancionaron leyes específicas de enorme relevancia. La Pampa se demoró bastante en volver a dar la pelea judicial con esas nuevas herramientas favorables. Finalmente volvió a la Corte en 2014 y a partir de ese momento -con los tiempos que se toma la señora de los ojos vendados- hubo un giro sustancial en el litigio. Pero hubo también, a partir de entonces, un cambio notable en las autoridades políticas pampeanas que decidieron levantar con mayor ímpetu las banderas de las organizaciones ambientales y los pioneros en la antigua lucha por el derecho al agua.
En 2017 la Corte volvió a hablar y lo hizo con un claro sentido favorable a nuestra provincia. Luego de la recordada audiencia en donde las dos provincias expusieron sus argumentos, el alto tribunal introdujo en el conflicto la cuestión ambiental. Reconoció el daño provocado por el corte del río, habló de la necesidad de una reparación y de la existencia del «derecho al agua» y, lo más importante, ordenó a las partes fijar un caudal hídrico apto para recomponer el ecosistema.
Como no hubo acuerdo entre las provincias sobre este punto llegó, con los plazos estipulados excedidos, esta nueva intervención de la Corte que se aproxima mucho más a lo requerido por La Pampa. Con un agregado nada menor: el cupo de agua establecido -3,2 metros cúbicos por segundo- es un «caudal mínimo», es decir, un piso que podrá ser modificado hacia arriba en función de la «evolución» del ecosistema.
Pero hay otro punto de gran relevancia en esta sentencia. La Corte, al reconocer el concepto de «unidad de cuenca», instó a constituir la Comisión Interjurisdiccional del Río Atuel (CIRA), en reemplazo de la actual CIAI, incorporando al Estado nacional. Queda superada así la anacrónica fragmentación del río que subsistía hasta ahora y que limitaba la competencia de La Pampa a un presunto tramo «inferior».
Hay justificadas razones para celebrar porque es otro paso sustancial en el largo camino que lleva esta lucha por el río robado. Reconforta que las máximas autoridades provinciales hayan formulado un reconocimiento explícito a quienes batallaron durante largas décadas, en tiempos menos propicios y cuando la cuestión de los ríos estaba lejos de ser una política de Estado, como lo es hoy.

 

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