Jueves 21 de marzo 2024

De prepo, crean impuesto contra las cooperativas

Redacción 05/11/2018 - 00.29.hs

En la discusión del Presupuesto nacional, Diputados modificó la legislación y perjudicó a las cooperativas. La ley prohíbe expresamente ese mecanismo.
MIGUEL R. VILLAFAÑE*
El proyecto de Presupuesto para el año 2019 se aprobó en la Cámara de Diputados de la Nación. Una vez más la ciudadanía vivió la contradicción ética del accionar de legisladores y funcionarios públicos nacionales y provinciales. En la discusión, de manera grandilocuente se señalaban posturas supuestamente para el bien del país, mientras la realidad es otra. El Fondo Monetario Internacional imponía que se postergara la educación, la salud, la investigación y la cultura; que se privilegie el pago de una deuda externa odiosa y sus intereses usurarios; que se degraden los derechos de los trabajadores; que se dejen desempleados a mujeres y hombres que dieron todo de sí en la administración pública; que se lleve al cierre o a un achicamiento inaceptable a emprendimientos estatales valiosos como la agencia Telam, Radio Nacional, Astilleros Río Santiago y otros; que se profundice la pobreza, el desempleo y se desatienda a los discapacitados; se ataque el futuro de empresas nacionales y se achique el mercado interno y, además, se presente a las personas jubiladas y pensionadas como si fueran los causantes de los males que llevan al desequilibrio presupuestario y se busque condicionarles aún más sus derechos.

 

Modificación ilegal.
En ese contexto tramposo, además, aparecían los gobernadores presionando a sus diputados que voten favorablemente y el senador nacional por San Luis, Adolfo Rodríguez Saa, hizo que cuatro diputados de su provincia dieran el quórum necesario para sesionar y tratar el proyecto de ley de presupuesto a cambio de una cláusula en el presupuesto de 386 millones de pesos, como lo refiere El Diario de San Luis. Todo era presiones y trampas.
Mientras tanto pude confirmar que el artículo 85 del proyecto era ilegal porque no respetaba lo dispuesto por la Ley 24.156 y eliminaba las exenciones que poseían por ley las mutuales y cooperativas de ahorro, crédito y seguros, en materia de I
Impuesto a las Ganancias. De ninguna manera cabía imponer dicho impuesto, ya que, además, la ley mencionada determinaba en su artículo 20, que el presupuesto, "no podrá reformar o derogar leyes vigentes, ni crear, modificar o suprimir tributos". Este criterio que sostuve fue compartido por Marcos Makón, titular de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), creada por Ley 27.343 para controlar la legalidad de proyecto de presupuesto.
En función de ello los dirigentes mutualistas y cooperativistas se movilizaron y generaron incluso un hecho político trascendente, en un acto en Córdoba, que juntó a miles de personas que defendían el accionar de la economía solidaria. Así, se consensuó que se sacaría el artículo 85 de la Ley de Presupuesto.

 

Crean un tributo.
En las idas y vueltas de ese escenario tramposo, en la madrugada de la confección del dictamen de comisión, si bien se eliminó el artículo 85, se introdujo el artículo 127 que dispuso establecer "una contribución especial sobre el capital de cooperativas y mutuales que desarrollen actividades financieras y de seguros" por cuatro años. De esa manera se creaba un tributo, en contra de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley 24.156 antes referida. Además, entre otros aspectos, en dicha normativa se determinaba, que "la contribución especial surgirá de aplicar la tasa del 4% sobre la base imponible. Cuando dicha base sea superior a los 100 millones de pesos, la alícuota será del 6%". O sea que, en mutuales y cooperativas como el Banco Credicoop, San Cristóbal Seguros, Sancor Seguros, Grupo Asegurador "La Segunda", entre otras, se las somete a una carga confiscatoria del 6% anual sobre sus bienes. Inaceptable e inconstitucional. Asimismo no se permitió discutir la ley en particular. Todo ello a conciencia que muchos de los artículos del presupuesto pudieran ser modificados o no aprobados, por lo que la mayoría decidió aprobar el Presupuesto "en general y particular", a libro cerrado.
A lo dicho hay que sumar que con el presupuesto de 2019 se aprobó también la Adenda al Consenso Fiscal que fuera firmada por 18 gobernadores y el jefe de Gobierno de la CABA con el Presidente, sin adecuarla a lo acordado en la eliminación del artículo 85 y se dejó, entre los compromisos comunes, la cláusula por la que se comprometen a derogar, a partir del 1 de enero de 2019, "toda disposición por la que se eximan del Impuesto a las Ganancias los resultados provenientes de actividades de ahorros, de crédito y/o financieras o de seguros y/o reaseguros de entidades cooperativas y mutuales".

 

Qué hará el Senado.
Esto agrava la situación ya que se obliga ilegalmente y de manera confiscatoria a mutuales y cooperativas, como las antes señaladas alcanzadas por el artículo 127 de la Ley de Presupuesto, a efectuar una contribución exorbitante y mientras tanto, en función de la aprobación de la Adenda del Consenso Fiscal, se puede pretender además, autorizar a cobrar el Impuesto a las Ganancias, porque así lo determina ilegalmente la Adenda, a partir de enero de 2019.
Resulta imperioso que esta grave irregularidad ilegal y confiscatoria sea solucionada por el Senado de la Nación, donde se llevan a cabo reuniones positivas al respecto, para fijar una alícuota acorde y eliminar de la Adenda el título I inc. "b". No se puede permitir que se vacíe económicamente a las organizaciones de la economía solidaria, imposibilitando que puedan cumplir sus importantes fines.

 

*Ex juez federal. Abogado de cooperativas y mutuales.

 

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