Miércoles 10 de abril 2024

Donde una víctima puede terminar siendo culpable

Redacción 23/05/2015 - 04.21.hs

Señor Director:
El pasado martes un comentario de nuestro diario proponía reflexionar sobre la objeción del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) al fallo exculpatorio del Tribunal de Audiencia en el caso de menor abusada sexualmente por adulto durante diez años. El TIP ha dispuesto nuevo juicio.
Mayor resonancia ha obtenido el fallo de una cámara de Casación de la provincia de Buenos Aires que redujo la pena de un entrenador de fútbol que abusó sexualmente de un niño en 2010. Dicho entrenador sacaba a niños de sus casas para enseñarles fútbol en el club del cual es vicepresidente. Se llama Mario Tolosa y había sido condenado por un tribunal de San Martín a seis años de cárcel. Para reducir la pena a la mitad (lo que significó la libertad para el encausado) los dos jueces de Casación que actuaron procedieron a quitar al caso la calificación de "grave ultrajante" para el abuso sexual, sobre la cual se fundó el inferior para condenarlo a seis años de prisión. Para bajar esa calificación, los jueces de Casación sostuvieron que el menor ya estaba acostumbrado a ser ultrajado en su casa, habituado a la sexualidad y con orientación homosexual. Dijeron que venía siendo sometido por su padre, lo cual puede no ser verdad porque este padre está cumpliendo prisión también por abuso sexual de una niña. La familia del niño está desarticulada: madre ausente, padre preso. Una abuela está a cargo y fue ella la que denunció a Tolosa cuando el niño le hizo conocer el hecho, que se produjo en 2010.
La decisión de los jueces Horacio Piombo y Benjamín Sal Largués, de Casación, ha sido objetada por los fiscales Roldán y Altube, quienes acudieron al Superior Tribunal de Justicia de la provincia y obtuvieron que éste hiciera lugar y ordenase un nuevo juicio. Al trascender esta decisión estalló una protesta pública que viene creciendo y que incluye reclamos de juicio político a los jueces de Casación, uno de los cuales ya se halla en proceso de enjuiciamiento por otro caso relacionado con abuso sexual.
No es mi campo el de la justicia, de modo que no voy a entrar en el detalle de lo que aducen quienes piden el juicio político a los jueces de Casación. Lo que vino primero a mi memoria fue la lectura de casos en los que un marido fuerza a su mujer a mantener relaciones sexuales y recibe sanción penal por haber desconocido el derecho de una persona sobre su propio cuerpo. También recordé lecturas de casos referidos a niños abusados, en ninguno de los cuales se adujo que el hecho de haber sido anteriormente violados exculpara al nuevo violador. Por ese motivo pienso también que una mujer que ejerce la prostitución no puede ser forzada a realizar el acto contra su voluntad, puesto que sigue siendo una persona. Y que lo mismo vale para un gay, cuya condición sexual no lo convierte en una libre disponibilidad para violadores. Nadie queda destituido de su condición personal por su orientación sexual ni porque esté casado o en pareja. Y en cuanto a los menores de edad, lo que prevalece es la necesidad de protegerlos en una etapa en la que su capacidad de decisión está muy condicionada por su desarrollo psíquico, por su falta de experiencia y por una relación de fuerzas con el adulto. El delito sexual contra un niño no queda atenuado aunque se pueda probar que hubo disponibilidad como la que se aduce en el caso bonaerense. Tampoco, creo, lo puede condicionar el consentimiento o colaboración del o los adultos que lo tienen a su cargo; en este caso, tales adultos también son responsables penalmente.
En este desarrollo de mi modo de entender el hecho llegué a pensar que si esos jueces daban un paso más podrían haber llegado al absurdo de culpar al niño por haber inducido al adulto a que lo abusase. Las personas que ejercen la prostitución son llamadas ahora trabajadoras o trabajadores sexuales. Usan de su libertad para ofrecerse pero eso no les convierte en parias de la justicia.
Atentamente:
JOTAVE

 


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