Lunes 15 de abril 2024

La copa del olvido

Redaccion 29/02/2020 - 21.59.hs

En un célebre cuento de Jorge Luis Borges, el protagonista (de apellido Funes) está dotado de la memoria perfecta. Al punto tal, que puede recordar un día completo con precisión quirúrgica. Pero, claro, el ejercicio de tal recuerdo le consume 24 horas de su vida actual, como quien mira una película sin editar. Un don semejante, llegado el caso, puede tornarse una maldición.

 

Derecho.
Es una pena que el gran escritor argentino no viva por estos días en que el olvido -uno de los temas favoritos de su literatura- ha comenzado a adquirir categoría de derecho.
Así lo indicaría, aparentemente, un fallo de primera instancia dictado por el Juzgado Civil N° 78 de Buenos Aires, en favor de la otrora célebre personaje mediática Natalia Denegri. La resolución le ordena a la empresa Google -propietaria del buscador más popular de internet- que suprima toda vinculación del nombre de la demandante con videos que «exhiban eventuales escenas que pudo haber protagonizado, cuyo contenido pueda mostrar agresiones verbales o físicas, insultos, discusiones en tono elevado, escenas de canto y/o baile, así como también, eventuales videos de posibles reportajes televisivos en los que la actora hubiera brindado información de su vida privada».
Para dictar esta sentencia, el juez se basó en el caso del abogado gallego Mario Costeja, quien obtuvo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea un fallo en que se obligaba a Google a desvincular su nombre con una información cierta: que a raíz de sus deudas, le habían llevado un inmueble a remate.

 

Biblioteca.
Se ha dicho también que Borges estaría fascinado con internet, que en los hechos funciona como una biblioteca universal, idea ésta que lo obsesionaba. Pero la red también funciona como un dispositivo de memorial universal, donde todo hecho, sin importar tiempo ni lugar, queda «funestamente» registrado. Y como el joven que se arrepiente de haberse tatuado el nombre de una novia perdida, casi todo usuario de internet se arrepentirá alguna vez de haber compartido un trozo de su intimidad en esa romería universal.
Es lo que le habrá ocurrido a Denegri, quien a mediados de los ’90 -época frívola si las hubo- protagonizó gustosa y sonriente uno de los episodios más bizarros de la historia de la TV argentina, el llamado «Caso Cóppola». El allí involucrado fue procesado por tenencia de estupefacientes, proceso que luego fue anulado por cuanto se comprobó que el juez actuante -que luego fue destituido- había cometido numerosas irregularidades.
Pero independientemente del resultado de la causa, el episodio sirvió para generar, en un programa del mediodía conducido por Mauro Viale, un verdadero desfile de personajes más o menos desequilibrados, entre ellos, las señoritas que aparentemente frecuentaban las «fiestas» del mentado Guillermo Cóppola, por entonces, manager de Diego Maradona.
Curiosamente Denegri en la actualidad conduce programas de TV en Miami, donde reside, de modo que aquellos programas escandalosos no fueron sino su debut en el oficio, por vergonzosos que le resulten en el presente.

 

Censura.
En todo este contexto, entre cómico y procaz, no debería dejar de señalarse que el contenido de la sentencia que acaba de salir, constituye un acto de censura, ya que bloquea en forma universal el acceso a una gran cantidad de material fílmico relacionado con un asunto que en su momento, aún con sus peculiaridades, concitó un innegable interés público.
Esto parece amplificarse cuando se lee que el juez consideró que globalmente, todos esos videos, tan vagamente definidos, «no presentan, a mi modo de ver, interés periodístico alguno sino que su publicación sólo parece hallarse fundada en razones de morbosidad». Los jueces no deberían arrogarse la facultad de determinar qué información tiene interés periodístico o no, del mismo modo que no deberían indicarle a un cirujano si conviene o no seccionar una arteria. Si esa desvariada pretensión se ejerce en forma preventiva, sin saber concretamente qué material se utilizará, y en qué contexto, estamos claramente ante una conducta judicial arbitraria.
En esto valen de poco los antecedentes europeos, ya que la protección contra la censura previa en América -desde la primera enmienda norteamericana hasta el artículo 14 de nuestra Constitución- es mucho más fuerte que en el viejo continente. Y para peor, sta búsqueda del olvido es ilusoria: con o sin Google, quien procure ese material lo encontrará. caso Borges coincidiría en que el único remedio contra la memoria lo proporciona el tango:
Mozo, ¡traiga otra copa
y sírvaseme algo el que quiera tomar!
que ando muy solo
y estoy muy triste
desde que supe la cruel verdad.
PETRONIO

 


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