Viernes 03 de mayo 2024

La pandemia y los jueces

Redaccion 03/04/2020 - 21.28.hs

La situación de emergencia en que nos coloca la pandemia vigente ha generado un estado de excepción, en que el Estado se ha visto forzado a tomar medidas que, en tiempos normales, serían consideradas como graves violaciones a los derechos constitucionales. La restricción al derecho a la libertad ambulatoria y al de asociación y reunión, representan una carga muy fuerte sobre los ciudadanos, de ahí que resulte loable el altísimo nivel de cumplimiento espontáneo.
Sin embargo, en una sociedad como la nuestra, acostumbrada a judicializar todas las situaciones y con un muy bajo apego al principio de autoridad, no es de extrañar que la cuestión haya dado ya lugar a varios pronunciamientos judiciales. El más relevante sin duda es el que dictó el pasado 21 de marzo la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, donde, al rechazar la acción de hábeas corpus interpuesta por un abogado, que pretendía ser eximido de la cuarentena, declaró la constitucionalidad de las medidas tomadas por el gobierno nacional. El tribunal entendió que las restricciones a la libertad ambulatoria que impone la cuarentena han sido «razonables y proporcionales», ya que lo que se procura preservar aquí es un interés colectivo -que se entendió superior a la libertad individual- en favor de la salud pública y el derecho a la vida, no sólo del propio demandante sino también de los terceros a los que pudiera afectar su incumplimiento. Entendieron que la medida se justifica por el exponencial crecimiento de la pandemia y su saldo de muertes, como también por la inexistencia de vacunas u otros medios de combatirla.
En el mismo sentido se pronunció luego la Cámara de Apelaciones en lo Penal de la CABA, ante un pedido de hábeas corpus de otro ciudadano que solicitaba autorización para trasladarse a la costa atlántica pese a la vigencia del aislamiento obligatorio.
También se dictaron dos fallos en el fuero de Familia de Capital Federal, por los cuales se dispuso que la obligación de mantenerse en el domicilio durante la cuarentena no cede ni siquiera cuando la excepción proviene del cumplimiento de un régimen de visitas a favor del padre no conviviente con un menor de edad. Aquí se consideró que el interés superior del niño y su derecho de contacto con sus progenitores debe ceder -al menos temporalmente- cuando se contrapone al interés general en la preservación de la salud pública y el derecho a la vida del propio menor y de terceros.
Entre nosotros, esta semana se hizo público un fallo que concedió una excepción en favor de un detenido que, afectado por una enfermedad (diabetes) considerada de riesgo ante la epidemia, y al que le restaba poco tiempo para cumplir su condena, correspondía otorgarle la prisión domiciliaria. Sin embargo, en otro caso reciente, otro juez le denegó esa misma posibilidad a una detenida que padece una enfermedad que compromete su sistema inmunológico, por cuanto la misma cumple prisión preventiva por haber obstaculizado la investigación, y tiene pronta fecha de debate para mayo próximo.
Como se ve, y pese al esperado «derecho al pataleo», las medidas sanitarias tomadas por el gobierno nacional han sido ampliamente respaldadas por los jueces.

 

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