Sabado 20 de abril 2024

La señora de ojos vendados

Redacción 30/12/2019 - 02.05.hs

I. Uno de los símbolos de la organización de la vida en sociedad, impuesto desde la misma infancia, es el de la señora vestida de túnica, con una venda en los ojos y una balanza en las manos. Obviamente: la Justicia. Después, con el paso de los años, el ciudadano descubre que detrás de ese ícono hay toda una estructura jerárquica, a veces respetable y otras temible, un poder del Estado que ostenta no pocos privilegios como la poco republicana condición vitalicia de los cargos sin alternancia periódica, los mejores sueldos de la administración pública y la autoexclusión del pago de impuestos que son obligatorios para el resto de los mortales.
Sin embargo esas prerrogativas no siempre se traducen en mayor grado de conciencia y responsabilidad a la hora de retribuir a la sociedad con el trabajo de administrar justicia. Se está haciendo evidente por estos días con las veloces -y oportunistas- resoluciones vinculadas a exfuncionarios que estaban siendo sujetos de investigaciones amañadas durante el cuatrienio macrista. Recién con el cambio de gobierno algunos magistrados se acordaron de cumplir las normas procesales a pesar de que venían privando de la libertad a ciudadanos que permanecieron tras las rejas y sin condena un prolongado tiempo vulnerándose ostensiblemente sus derechos.
Ese oportunismo ya no sorprende cuando, con un ligero repaso de antiguas noticias, se recuerda lo ocurrido al tiempo de asumir la administración anterior. Si hasta el mismo Mauricio Macri fue declarado inocente en tiempo récord en una escandalosa causa por espionaje en la que estaba implicado junto a un nutrido grupo de colaboradores de cuando conducía el gobierno porteño.

 

II. Pero en la realidad judicial del país hay otros casos que muestran cuadros pavorosos de "errores" injustificables. Por estos días la Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló por injusto y falto de pruebas consistentes una sentencia del Tribunal Supremo de la provincia de Misiones que había condenado a cadena perpetua a dos mujeres, acusándolas del asesinato de una tercera. La Corte entendió que la revisión del caso que había ordenado primeramente fue deficitaria y que los tribunales locales habían hecho un "análisis parcial y sesgado de la prueba". El caso fue puesto como ejemplo de un "proceso indebido en el que se negó la vigencia del principio de inocencia" y la aplicabilidad del principio jurídico que tiene en cuenta el "in dubio pro reo" o beneficio de la duda. Entre la sentencia provincial y su anulación por la Corte transcurrieron nada menos que once años de encierro en cárceles públicas, tiempo que se llevó la juventud de ambas mujeres.
Este dramático ejemplo de indolencia de la burocracia judicial -descubierto nada menos que por el máximo tribunal del país- nos retrotrae a un párrafo anterior; en el contexto de las prerrogativas de los jueces ¿no se considerará acaso una mínima sanción para los responsables de tamaño error? Al margen de una compensación, quienes estuvieron injustamente encarceladas durante más de una década ¿no tienen derecho a objetar a quienes demostraron tanta indiferencia ante una situación dudosa? ¿Quién evalúa el desempeño de esos jueces?

 

III. Es evidente que la venda que cubre los ojos de la Justicia no está bien ajustada y, mediante algunos jueces, ve por lo menos con uno de sus ojos.
Con los hechos a la vista se torna impostergable la necesidad -tantas veces mencionada como desestimada- de reformar el aparato judicial igualando derechos y obligaciones con el resto de los poderes del Estado y procediendo a apartar a aquellos magistrados carentes de probidad e idoneidad quienes, para evitar problemas, suelen acomodar el velamen de sus naves a fin de aprovechar en su propio beneficio los cambios de los vientos políticos.

 

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