Lunes 15 de abril 2024

La tercera intervención internacional por Atuel

Redacción 10/09/2019 - 01.33.hs

NELSON NICOLETTI *
La Declaración N° 46 del Parlamento del Mercosur, votada en la LXV Sesión Plenaria del 15 de julio pasado en el Palacio Legislativo de Uruguay, en Montevideo, se constituyó en la tercera intervención internacional respecto a obtener un pronunciamiento a favor de los derechos pampeanos sobre los ríos interprovinciales, conculcados sistemáticamente por la provincia de Mendoza y por lo menos con la desidia del Poder Judicial. Así lo registra el prestigioso abogado pampeano Pedro Alvarez Bustos en recientes publicaciones de su autoría. Quien asumiera la responsabilidad de reclamar desde la Fiscalía de Estado de La Pampa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en octubre de 1979 por la "acción posesoria de aguas y regulación de uso" del Río Atuel señala en su artículo que se trata de un tema "que llega por tercera vez a foros internacionales: primero lo fue en el IV Congreso Iberoamericano de Colegios y Agrupaciones de Abogados (UIBA), reunidos en Panamá, en abril de 1982 y donde se aprobó, por aclamación, el trabajo realizado por el autor de esta columna como constitutivo de una muy importante aportación al estudio de la utilización equitativa y razonable de las aguas interjurisdiccionales", cuyo proponente y vocero fuera el delegado argentino, el piquense Julio S. Oporto".
"En la segunda oportunidad -continúa Alvarez Bustos- "el Tribunal Latinoamericano del Agua, en noviembre de 2012, ante una presentación de la Fundación Chadileuvú, emitió un veredicto frente a este conflicto y exhortó a las ejecuciones de las decisiones ejecutivas y judiciales, especialmente el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (1987), y alertó sobre la necesidad de no perpetuar esta situación en conflicto interprovincial que implica la denegación del derecho humano al agua a las poblaciones pampeanas".
La tercera intervención internacional está referida a la Declaración del Parlamento del Mercosur, que estableció "definir como una opción superadora, participativa, democrática y solidaria la creación, en la región, de Comités de Cuencas como autoridad superior para la administración, manejo y aprovechamiento de las aguas superficiales. En esa línea, establecer como necesidad la constitución de un Comité Interjurisdiccional para la cuenca del Río Atuel, con la participación del Estado Nacional Argentino y las provincias de Mendoza y La Pampa, a fin de administrar la utilización conjunta del agua en la cuenca, a los efectos ambientales, productivos y de abastecimiento humano y poblacional".
Destaca el jurista pampeano la "trascendente resolución del Parlasur" agregándola a la breve nómina de pronunciamientos internacionales sobre el particular. Haciendo referencia a ello, quien suscribe entregó hace unos días la Declaración N° 46 al presidente de la Cámara de Diputados y vicegobernador, Mariano Fernández, a fin de que el documento del Parlasur pueda ser incluido en la larga y rica historia de lucha de los pampeanos en la defensa de sus derechos sobre las aguas compartidas.

 

* Parlamentario del Parlasur.

 

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