Martes 09 de abril 2024

Mucho más que un gran penalista

Redaccion 14/07/2020 - 22.35.hs

Ayer murió el destacado jurista Julio Maier, expresidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Era partidario de una Reforma Judicial y fue muy crítico de la actuación de la Justicia en tiempos de Mauricio Macri.
IRINA SANTESTEBAN
Alberto Fernández lamentó el fallecimiento de Maier y se refirió a él como integrante de la «generación dorada» del Derecho Penal Argentino. Además de profesor en la UBA, era presidente honorario de la Asociación Argentina de Derecho Procesal y miembro de la Asociación Argentina de Profesores de Derecho Penal. Fue condecorado con la Orden de mérito del Poder Judicial de Guatemala en 2004; era miembro de honor de la Unión Nacional de Juristas de Cuba (2006) y doctor honoris causa en Derecho, de la Universidad Antenor Orrego de Trujillo, Perú.
Integró el Tribunal Superior de la CABA desde su creación en 1998 hasta su jubilación en 2009, y hasta pocos meses antes de su muerte siguió opinando sobre casos controvertidos como la prisión del ex presidente Lula Da Silva, la condena al ex vicepresidente Amado Boudou, el destrato que recibió Héctor Timmerman por parte del juez Claudio Bonadío y la prisión de Milagro Sala.
Para la vicepresidenta Cristina Fernández, Maier fue «un hombre comprometido con la urgencia de una Justicia mejor, con convicciones inalterables».

 

Reforma judicial.
No era un juez de escritorio ni un jurista de la academia, por ello participó de organizaciones como el Centro de Estudios, Legales y Sociales (CELS) y Justicia Legítima, tan demonizada por la prensa hegemónica.
Era partidario de una reforma judicial y de aumentar el número de miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dividida en salas y que fuera el órgano exclusivo para la declaración de constitucionalidad de las leyes. Era muy crítico del llamado «control de constitucionalidad difuso», por el cual un juez de cualquier instancia puede declarar la invalidez de una ley aprobada por el Congreso.
En 2014, cuando Eugenio Zaffaroni estaba próximo a jubilarse en la Corte Suprema, expresó su deseo de que Maier ocupara su lugar. Es que ambos compartían una visión del Derecho Penal no punitivista, defensora de las garantías en el proceso, lo que le valió críticas de la derecha, cuyos voceros, en una mezcla de ignorancia e intencionalidad política, definen ese posicionamiento como «defensa de delincuentes».

 

A favor de Lula.
En 2018, a pedido del abogado Cristiano Zanin Martins, Maier se pronunció respecto a la prisión y condena al ex presidente brasileño, Luis Inacio «Lula» Da Silva, basando su opinión en los estándares universales de la justicia penal, los principios comunes del Derecho penal y procesal penal de los países del mundo. Con tono respetuoso, criticó las formas inquisitoriales de la administración de justicia de Brasil y expresó que «ni el Derecho internacional ni la cultura jurídica universal reconocerían a esta sentencia como una aplicación justa del Derecho penal y mucho menos si el juicio se refiere a una condena de la magnitud de la que examinamos». Cuestionó que no hubo un juicio público, oral y contradictorio, donde la prueba se produzca en una audiencia en presencia del acusador y del acusado y su defensa técnica, con jueces que presencien todo el proceso hasta el dictado de la sentencia, y con asistencia de público. Por el contrario, dijo, la misma sentencia fundamenta sus acusaciones en actos procesales documentados con anterioridad a la comparecencia de los acusados. También criticó que fuera el mismo juez que condenó a Lula el que recolectó esas probanzas, con lo cual la sentencia que condenó al ex presidente de Brasil no cumple con los estándares culturales internacionales propios de un juicio público ante un tribunal imparcial, más aún cuando se juzga a un ex presidente de la República y la pena aplicada es grave.

 

Timmerman y Milagro.
En una nota en «El Cohete a la Luna» (17/11/2019, «¿Son punibles las decisiones judiciales?»), Maier criticaba aquella afirmación que expresa que los jueces no pueden ser juzgados por sus sentencias. No es cuestión de opiniones, expresó, sino de indagar si esas decisiones han traído perjuicio para las personas, a sabiendas que se estaba actuando en contra del derecho. «Una decisión judicial o la omisión de una decisión constituyen un comportamiento humano y, por ende, tanto la acción de decidir un asunto judicial como la omisión de decidirlo pueden provocar un daño o un peligro para un bien jurídico y por ello, desde el punto de vista penal, constituir el comportamiento típico definidor de un delito».
Maier citaba el caso de Timmerman, privado de la posibilidad de viajar a los EE.UU. para seguir su tratamiento médico por una enfermedad grave. No se le expidió la visa de ingreso en razón del proceso que sufría en la Argentina y de la decisión de prisión preventiva basada en la doctrina Irurzún. Cuando se corrigió esa condición para que pudiera viajar, ya era tarde para proseguir el tratamiento, lo que produjo la «aceleración de su muerte».
También se refirió a la prisión de Milagro Sala y la negativa del Poder Judicial de Jujuy de acatar la decisión de organismos de Derecho Internacional que son obligatorias para la Argentina. Y no sólo criticó a los jueces que ignoraron esas resoluciones que calificaban su detención como «arbitraria», sino a los jefes de gobierno de ambos Estados, provincial y nacional, que las desobedecieron. Dijo Maier: «quien preside el gobierno nacional debió requerir la intervención de la provincia involucrada, obligada a afianzar la justicia, deber ausente o contrapuesto por sus jueces o su gobierno, y sancionado con su intervención federal (CN, Preámbulo y art. 5 y 6)».

 

Caso Ciccone.
A principios de 2020 Maier fue aceptado como «amicus curiae» por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, en la que abogó por la anulación de la condena de Boudou por caso Ciccone. Su cuestionamiento se refería a la figura del arrepentido y cómo implica una desigualdad entre el acusador y el acusado que quiere recuperar su libertad o tener un mejor trato durante su detención. Para Maier esta práctica es un «negocio» sobre la pena, que se realizan en un marco de absoluta desigualdad entre el acusador y el acusado, y entre los tribunales que juzgan y el acusado.
Así, se «altera la libertad de defensa que los principios generales del juzgamiento reservan al imputado, conminándolo a confesar -y quizás de deshonrar a otros- bajo la promesa de un trato más benévolo», ya sea sobre la condena o en un mejor trato durante el procedimiento judicial.
Era cordobés y se había recibido de abogado en la Universidad Nacional de Córdoba, donde hizo su doctorado. Estaba por cumplir 81 años, y quienes lo conocieron dicen que eran un buen folclorista y mejor amigo. Su muerte nos priva de un destacado referente jurídico, de excepcionales condiciones para la concreción de la Reforma Judicial, que tanto tarda y tanta falta nos hace en nuestro país.

 

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