Lunes 25 de marzo 2024

Ni los humoristas se salvan del Poder Judicial

Redaccion 19/01/2021 - 21.58.hs

Una Cámara Civil de Córdoba condenó al humorista José Luis Serrano a indemnizar a un periodista de Cadena 3, por «injurias». Un nuevo capítulo de un Poder Judicial que restringe la libertad de expresión cuando se afecta a un medio de comunicación poderoso.
IRINA SANTESTEBAN
El 28 de diciembre de 2016 se realizó en Córdoba una masiva movilización contra el tratamiento del proyecto de ley de ordenamiento territorial de los bosques nativos, con más de 10.000 personas. Es la provincia con mayor destrucción de su bosque nativo: organizaciones ambientalistas denuncian que sólo subsiste un 3% de la flora y especies naturales. Ello no es fruto de incendios involuntarios, sino el accionar depredador del desmonte para expandir la frontera del monocultivo de la soja, para la construcción de autovías de montaña, megaemprendimientos inmobiliarios con canchas de golf incluidas y para la extensión de campos para pastura de ganado. Todo ello en desmedro de un monte cuya desaparición ocasiona inundaciones que arrasan con poblaciones y provocan enormes daños, como ocurriera la semana pasada en localidades de las Sierras Chicas cordobesas.
Al momento de cronicar la marcha convocada por la Conadebo (Coordinadora Nacional en Defensa del Bosque), con el apoyo de decenas de organizaciones sociales y políticas, el cronista Andrés Carpio, de la radio Cadena 3, se refirió a una «movilización de 300 personas», entre otras expresiones descalificadoras del evento.
El humorista José Luis Serrano, que personifica a la entrañable Doña Jovita, muy conocida en los teatros cordobeses porque encarna a una anciana de Traslasierra, con su manera de hablar, sus costumbres y sus reflexiones muy sabias, en las que defiende activamente la vida, flora y fauna de la región, participó activamente en la organización del evento. Y además, Doña Jovita, montada en un monopatín, fue a la cabecera de la marcha.
Por ello, ante la mentira del cronista Carpio, difundió por las redes un audio muy gracioso, donde le dice entre otras cosas «Eh, Andrés Carpio, m’hijo, ¿qué le pasa? Un humorista, che, un humorista ahora terrorista. ¿Qué le pasa, Andrés Carpio, Andrés, que está tan incordio? ¿Qué le pasa que está tan embustero? ¡Cómo va a decir que hubo 300 personas! Se ve que ni estuvo usted, se ve que ni jué».

 

Juicio.
Carpio, cronista de Cadena 3, radio de origen cordobés y con alcance nacional con los favores noventistas del menemismo, le inició juicio a Doña Jovita o humorista José Luis Serrano, que es el nombre artístico de José Luis González. Primero le envió carta documento para que se retractara y ante la digna respuesta de Serrano que defendió su derecho a denunciar y expresar sus opiniones por medio del humor, inició un juicio civil por daños y perjuicios.
No le fue bien en primera instancia, porque la jueza civil Raquel Villagra rechazó su demanda en base a la mentira de su crónica. El audio humorístico de doña Jovita criticaba que él hubiera informado de manera falaz a la población, en la radio de mayor audiencia.
Pero Carpio y su abogado Carlos Nayi apelaron la sentencia y a fines del año 2020 obtuvieron una sentencia favorable de parte de dos de los integrantes de la Cámara Civil de Apelaciones de Primera Nominación, los jueces Julio Sánchez y Guillermo Tinti, quienes consideraron que las declaraciones de Serrano fueron injuriosas para Carpio y afectaron su buen nombre y honor, produciéndole una grave afección moral. Por ello condenaron a Jovita a pagarle 46.000 pesos en concepto de indemnización, más las costas del juicio (honorarios de los abogados).

 

Defensa.
El voto en minoría del doctor Leonardo González Zamar, en cambio, dejó en claro que las expresiones de Doña Jovita fueron en respuesta a la crónica falaz de Carpio. Dijo que las partes son figuras públicas y, como tales, se encuentran expuestas a un particular escrutinio «en relación a los asuntos públicos que los involucren, con el consiguiente mayor riesgo de que sus derechos de la personalidad puedan verse atacados». Para el juez las expresiones del demandado se dieron en una cuestión de interés público, y no se referían a la vida privada sino a su labor periodística, además de contar con una base fáctica suficiente, al haberse comprobado la falsedad de la información brindada por Carpio. En ese marco consideró que el adjetivo «embustero» era sobre el contenido falso de esa crónica radial, no habiendo proferido el humorista epítetos denigrantes, insultos o locuciones impropias que no guarden relación con el sentido crítico del discurso en el que se hallaban insertas, aun cuando pudieran considerarse duros, ásperos, irritantes u hostiles.

 

Cadena 3.
Que Carpio sea periodista de Cadena 3 no es irrelevante. Es la radio dirigida hasta su fallecimiento por Mario Pereyra, quien se dedicó durante décadas a envenenar las mentes cordobesas primero y luego de las demás provincias. Lamentablemente tiene una gran audiencia, con influencia en sectores populares, y una enorme pauta oficial. Por eso cualquier acción colectiva en contra de las políticas del gobierno, como la marcha que cronicara Carpio, es ninguneada en esa radio.
Pereyra mantenía una amistad estrecha con el genocida Luciano Benjamín Menéndez, a quien invitó en 1989 a su flamante programa de TV «Feliz Domingo», levantado luego del escándalo que se armó por haber invitado al entonces procesado por crímenes de lesa humanidad.
La sentencia ha sido repudiada por asambleas ambientales de toda la provincia y a nivel nacional. Es que se condenó a una expresión humorística, por haber criticado a un periodista que hizo una crónica mentirosa de una movilización en defensa de derechos tan importantes como el medioambiente. El voto de los dos jueces no toma este hecho como relevante, sino el supuesto agravio que la respuesta del humorista habría producido en Carpio.
Para los jueces que condenaron a Serrano, el audio gracioso fue la medida del agravio que definió la sentencia. No tomaron en consideración el daño que ese periodista hizo a la opinión pública, al no cronicar verazmente un acontecimiento importante para una buena parte de la población afectada por las políticas ambientales oficiales.
Para el abogado Rafael Ortiz, quien fuera Defensor Oficial del Poder Judicial de Córdoba (hoy jubilado), se trata de un castigo «enmascarado y con saña» de dos jueces, que oculta la verdadera contienda ambiental y social que implicaban los hechos tratados en el juicio.
Para Ortiz este fallo: «intenta disciplinar y advertir que los manipuladores de la opinión pública no pueden siquiera ser criticados, so pena de ser demandados los que osen hacerlo aún cuando se trate de humoristas tan queridos por todos como Doña Jovita». Y expresa que afortunadamente «los jueces Tinti y Sánchez no tenían competencia en CABA en la época de Tato Bores, porque hubieran intentado acallarlo en sus magistrales sátiras y críticas».

 

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