Domingo 17 de marzo 2024

Privilegiados

Redaccion 27/02/2020 - 21.40.hs

El debate en el Congreso Nacional sobre el sistema jubilatorio del Poder Judicial volvió a instalar en el centro de la atención pública un tema tantas veces tratado como olvidado: los privilegios que detentan los miembros del aparato judicial, muchos de ellos incompatibles con un sistema político que se dice democrático.
Jubilarse en base al último sueldo en lugar del promedio de los últimos diez años como todos los mortales; considerar la antigüedad laboral no desde el ingreso al Poder Judicial sino desde el momento en que recibieron el título de abogados; retirarse los varones a los 60 años cuando en el resto de las actividades se requieren 65; estar eximidos de aportar 30 años para gozar de un sistema «especial»… son solo algunos de los evidentes privilegios que detentan jueces y fiscales.
A este listado incompleto deben sumarse algunas otras prerrogativas como la de fijarse el salario, beneficio otorgado en la década de los noventa, que sirvió para que sus señorías alcancen las remuneraciones más elevadas de la administración pública y, la frutilla del postre, la acordada de la Corte Suprema que los eximió de pagar el Impuesto a las Ganancias con el inverosímil argumento de la «intangibilidad» salarial; por no citar la condición vitalicia de los cargos, un privilegio incompatible con la periodicidad de los mandatos que distingue al sistema democrático.
Es evidente que debatir públicamente sobre estos temas irrita a buena parte de los magistrados. Y es claro que ello ocurre porque los expone al escrutinio público, instancia a la que no están acostumbrados a rendir cuentas. En otros países hay cargos de la burocracia judicial que están sujetos al voto ciudadano, como es el caso de fiscales o miembros de los tribunales con competencia constitucional. En la Argentina no. Ni voto popular ni tribunal constitucional. En este país cualquier juez de cualquier jurisdicción tiene facultades supra-legislativas: puede por sí solo declarar inconstitucional -es decir sancionar su inaplicabilidad- una norma sancionada por un Congreso Nacional integrado por 72 senadores y 257 diputados elegidos por el sufragio popular y que representa a toda la ciudadanía del país. ¿Es o no un poder privilegiado?
Otro ejemplo: en el último Boletín Oficial de La Pampa figuran las siguientes remuneraciones (redondeadas): gobernador 133 mil pesos, ministro 121 mil, diputado 121 mil; juez del Superior Tribunal 309 mil pesos, juez y fiscal de cámara 206 mil, juez y fiscal 162 mil. Desde luego que hay adicionales como gastos de representación o antigüedad que no figuran, pero dan una idea clara de cómo es la jerarquización de los salarios que paga el Estado pampeano a los máximos cargos de los tres poderes.
Solo las fuerzas políticas que defienden a las elites, que en todo debate se colocan siempre del lado de los privilegiados, que cuando gobiernan benefician a los ya más beneficiados, pueden sostener que continúe sin cambios esta irritante situación que hoy se discute, únicamente, en el terreno de las jubilaciones. El macrismo, el cooptado radicalismo y otras fuerzas conservadoras van a pugnar para que nada cambie a pesar de que militaron bajo la bandera del «cambio».
Un país azotado por el hambre, la pobreza, la desocupación, la devastación de su aparato productivo y asfixiado por una deuda externa impagable merece terminar con todos los regímenes de privilegio.

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?