Jueves 28 de marzo 2024

Un freno a la especulación

Redacción 08/12/2019 - 00.30.hs

I - El Banco de Tierras que la Legislatura pampeana convirtió en ley sobre el fin de semana es, sin lugar a dudas, uno de los instrumentos de política social más avanzados que se hayan creado en los últimos tiempos. Ese Banco de Tierras tiene como virtud, cumplir uno de los más olvidados preceptos constitucionales pampeanos que es que la propiedad de la tierra en la provincia está subordinada al interés social.

 

II - El banco es, así, un instrumento con que se dota al Estado para cumplir una de las tareas más relegadas en el oscuro período que el país está a punto de abandonar. En los últimos cuatro años, el gobierno nacional macrista, con la complicidad local del radicalismo, abandonó la construcción social de viviendas que, desde 1978, levantaba entre mil y dos mil unidades anuales destinadas a las familias cuyos mermados ingresos le hacen imposible financiar su construcción.
En estos cuarenta años que han transcurrido desde que se iniciaron los planes de viviendas sociales con fondos del Fonavi, el problema de la disponibilidad de tierras y el negocio especulativo que se armó en cada centro urbano en el que se proyectaba un barrio, fue uno de los obstáculos más serios que debio enfrentar la voluntad política de dotar a las familias de menores recursos de una casa. Hubo en este período, funcionarios probos que estuvieron a la altura de la delicada misión de administrar decentemente esos fondos para maximizar la cantidad y calidad de las viviendas, y otros que aprovecharon ese cargo para enriquecerse y enriquecer a sus allegados con el negocio de la venta de tierras al IPAV.

 

III - Ahora, la creación del banco y la expresa facultad que se le otorga al organismo descentralizado de expropiar los terrenos necesarios para sus fines, le pone un freno institucional a la especulación. En el pasado, y actualmente, una de las inversiones favoritas y más rentables de los que disponían de capital en La Pampa era su inmovilización en grandes terrenos perirubanos esperando que el natural crecimiento de las ciudades y pueblos de la provincia valorizara esa inversión que había sido adquirida a bajo precio. El premio mayor a ese negocio especulativo lo constituyó (lo constituye aún) que el IPAV eligiera ese terreno para construir allí un barrio de viviendas Fonavi o de otra operatoria estatal.
(El caso más grosero que se recuerde fue el de General Pico, cuando unos "inversionistas" con aceitadas relaciones con las autoridades provinciales y del IPAV, adquirieron a un peso el metro grandes propiedades urbanas que habían sido elegidas por el organismo para construir nuevos barrios. Cuando llegó la hora de comprar, el IPAV pagó cien pesos el metro dándole a los especuladores una ganancia obscena. Lo más grave de aquél caso es que, cuando se le consultó a los responsables del Ipav sobre el negocio ruinoso para el Estado de haber comprado a cien lo que solo unos meses antes costaba uno, fue la cínica justificación de que se trataban del libre y legal juego de la oferta y la demanda).

 

IV - Ahora, la creación del Banco de Tierras y la posibilidad del IPAV de expropiar los terrenos si los propietarios elevan los valores más allá de lo razonable, le pone un freno a esa especulación pues la constitución pampeana, además, pone en un contexto muy restrictivo el reconocimiento del mayor valor que esa propiedad adquirió desde su compra por el poseedor hasta su venta al IPAV. Dice la CP que debe beneficiar "a la comunidad el mayor valor del suelo que no sea producto del esfuerzo personal o de la actividad económica del propietario". Así, un especulador que compre, como el caso grosero de General Pico de hace dos décadas, un terreno a un peso, el IPAV podría comprarlo a ese valor más un ajuste normal por inflación, pero nunca, al precio que adquiriría en un "libre mercado" de tierras donde, como bien escaso o ubicado en las áreas pasibles de construcción de barrios de viviendas, su valor subiría empujado por las reglas del capitalismo salvaje que no tiene en cuenta el valor social de la tierra urbana que en La Pampa tiene rango constitucional.

 

V - (El proyecto fue aprobado por el justicialismo con el acompañamiento en general del radicalismo y la oposición del Pro. Los legisladores de la UCR objetaban razonablemente, el artículo de la expropiación porque, argumentaron, no podía eludirse con la ley de creación del Banco de Tierras, la necesaria aprobación por ley de cada expropiación. Le faltó cintura política al oficialismo para entender que esa objeción era fácilmente salvable en la ley y en nada la disminuía. Le hubiera dado a la nueva norma la fuerza de ser aprobadas por los dos partidos que, juntos, representan a la enorme mayoría de los pampeanos). (LVS)

 

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