Lunes 15 de abril 2024

Vacío legal a nivel nacional, para sancionar abusos en el ámbito laboral

Redacción 06/09/2017 - 01.11.hs

Sólo cinco provincias tienen leyes especiales que sancionan las conductas violentas en los lugares de trabajo. La mayoría de las víctimas son mujeres y jóvenes.
IRINA SANTESTEBAN
Mientras el gobierno de Mauricio Macri y los empresarios insisten con impulsar una reforma laboral para "abaratar costos" (léase, reducir salarios, suprimir conquistas obreras, etc.), en el Congreso de la Nación duerme el "sueño de los justos" un proyecto contra la violencia laboral. En este caso, Justicia sería que esa iniciativa se despertara y fuera tratada, para bienestar de los trabajadores tanto del sector público como del privado.
Una ley contra la Violencia Laboral debe sancionar y prevenir las conductas violentas en los lugares de trabajo, tanto a quienes cometen actos de maltrato, como a las patronales que toleran esos actos. Está comprobado que la violencia laboral provoca severas consecuencias en la salud psicofísica de las víctimas que, según lo indican las estadísticas, son preferentemente mujeres y trabajadores jóvenes.

 

Mobbing.
La Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral (OAVL), que depende del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, define al maltrato o violencia laboral "toda acción, omisión o comportamiento, destinado a provocar, directa o indirectamente, daño físico, psicológico o moral a un trabajador o trabajadora, sea como amenaza o acción consumada. La misma incluye violencia de género, acoso psicológico, moral y sexual en el trabajo, y puede provenir de niveles jerárquicos superiores, del mismo rango o inferiores".
Esta conducta también es conocida como "mobbing" (hostigamiento) y se da bajo la forma de abuso de poder, con el objetivo de someter a la otra persona, generalmente un trabajador que se encuentra en situación de subordinación de quien ejerce la violencia. Pero no es requisito exclusivo que el maltratador sea un superior jerárquico, por ello se habla de violencia horizontal o vertical, y en esta última, ascendente o descendente. La horizontal se da entre pares, entre trabajadores que se encuentran en la misma categoría; mientras que la violencia vertical descendente es la que ejerce un superior jerárquico sobre un trabajador que se encuentra bajo su potestad, y la ascendente (la menos frecuente) cuando el perpetrador de la conducta violenta es un empleado hacia un jefe.
La conducta violenta puede exteriorizarse de diversas formas: agresión física, acoso sexual o violencia psicológica. Por lo general se trata de un proceso y no de una sola acción, por eso se habla de "conductas". Es un desarrollo de actitudes y acciones violentas, que van minando la resistencia de la víctima, produciéndole efectos dañinos en su psiquis, produciendo aislamiento, perturbaciones en su conducta, problemas en sus relaciones familiares y afectivas, hasta llegar a dolencias físicas.

 

Un ambiente violento.
En toda relación violenta hay 3 elementos: el acosador, la víctima y el grupo que sostiene esa situación. A la persona que ejerce la violencia se le suma un contexto que naturaliza y hasta justifica esa situación violenta.
En el ámbito laboral, se dice que hay "hostigamiento psicológico" cuando una persona le ordena a otra tareas humillantes, cuando la ningunea y actúa como si no existiera, cuando no le otorga responsabilidades, cuando la descalifica delante de otros, cuando difunde rumores agraviantes acerca de su intimidad, cuando le echa la culpa de cosas que no hizo, cuando la somete a todo de tipo de burlas o le grita de una forma ostensible y desmesurada. Para la abogada laboralista y especialista en violencia laboral, Susana Treviño, se trata de "un cuadro similar al del estrés" pero que va aumentando a medida que avanza el proceso de violencia.

 

Los números de la violencia.
Para la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la violencia laboral es una violación a los Derechos Humanos, específicamente de los derechos del trabajador o trabajadora.
Según la OAVL, de los casos atendidos por esa oficina en el período enero-septiembre de 2016, el 62% fueron personas de entre 26 y 45 años; el 20% correspondió a trabajadores de entre 46 a 55 años. En las franjas etáreas 18 a 25 años y más de 56 años, ese porcentaje bajó al 10%.
Las mujeres son las principales víctimas, constituyendo el 63 por ciento de quienes denunciaron sufrir acoso laboral. Aunque en el ámbito público son muy frecuentes las situaciones de violencia laboral, sólo el 5% de las denuncias fueron del sector estatal, y el 84% se dio en empresas privadas.
En cuanto a la forma, el 89% de los casos fue violencia psicológica, el 7% fue agresión física y el 4% acoso sexual.
Discriminada por provincia, de los casos atendidos en ese período, en la ciudad de Buenos Aires hubo 457 casos; 245 en la provincia de Buenos Aires; 17 en Córdoba; 16 en Mendoza; 9 en Santa Fe; mientras que Chubut registró 5 casos, Neuquén y Tucumán 4, Salta 3, Corrientes y Rio Negro 2.

 

Un flagelo.
Para el abogado cordobés Carlos Emanuel Cafure, se necesita contar con una legislación nacional sobre violencia laboral, que prevenga y sancione a quienes ejerzan este tipo de conductas sobre los trabajadores y las trabajadoras.
Es que la violencia laboral tiene graves consecuencias en la salud física y psíquica de los trabajadores que son víctimas de estas actitudes nocivas. Y no sólo para el trabajador que la sufre, sino también para la empresa o la repartición pública que alberga situaciones violentas, pues se traduce en disminución de la productividad, se originan ambientes problemáticos y contextos conflictivos, que entorpecen la labor cotidiana.
A diferencia de otras provincias, en Córdoba no existe una ley específica sobre la violencia laboral, y por ello Cafure presentó un proyecto en junio del año pasado, a semejanza de las leyes que rigen en Buenos Aires (ley 13168), Entre Ríos (ley 9671), Santa Fe (ley 12434), Tucumán (ley 7232) y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ley 1225).
Los convenios colectivos vigentes tampoco contienen normas para prevenir o sancionar conductas violentas en perjuicio de los trabajadores. Justamente, el abogado cordobés insiste en que los sindicatos deben promover la incorporación a sus convenios colectivos, de normas específicas que regulen la violencia laboral, y los modos de actuar tanto en defensa del trabajador víctima, por parte del sindicato, como para establecer la obligación de la patronal de implementar políticas al interior de la empresa o repartición, para prevenir y sancionar las conductas violentas.

 

Resistencia sindical.
Sin embargo, no es fácil la lucha contra la violencia laboral, ya que ni siquiera los dirigentes sindicales se plantean con firmeza abordar esta problemática que afecta con gravedad a los trabajadores, en particular a los más vulnerables: las mujeres y los jóvenes.
En Córdoba, el proyecto de ley presentado por Cafure no ha sido siquiera tratado en la Comisión de Legislación Laboral, a pesar que está presidida por un sindicalista: José Pihén, secretario general de los empleados públicos (SEP) y secretario de la CGT Regional Córdoba (delasotista).
El lunes pasado se realizó una audiencia pública en la Legislatura cordobesa, a instancias del legislador del Frente de Izquierda, Ezequiel Peressini, con asistencia de delegados gremiales y trabajadores, pero no asistieron representaciones formales de los sindicatos cordobeses.

 

Trabajadoras en riesgo.
En el ámbito público, uno de los sectores con mayor vulnerabilidad a las situaciones de violencia, son los ligados a los servicios de salud o los que prestan los trabajadores sociales. Es que se les exige respuesta para casos urgentes y graves, con insuficiencia de personal y de recursos técnicos, por lo que la violencia se da en una doble dirección: el superior que exige que se cumpla con la demanda de los usuarios, y éstos que requieren una atención adecuada y en término. Así, "el hilo se corta por lo más delgado" y son los trabajadores de los hospitales públicos y de las áreas sociales, los que sufren este doble maltrato, que provocan situaciones de estrés laboral, con sus consecuentes secuelas en la salud psicofísica de las víctimas. En la mayoría de los casos, se trata de trabajadoras mujeres las que padecen a diario esta afligente realidad.
Por ello surge claramente la necesidad de una ley nacional que tipifique las situaciones de Violencia Laboral, sancionando a quienes las ejercen y a las patronales (empresas o Estado) que las toleren, y sobre todo, impulsando políticas públicas para la prevención y la erradicación de conductas violentas en el ámbito laboral. Es una de las tareas urgentes del movimiento obrero, aunque otros reclamos sean más urgentes, como los aumentos salariales y la defensa de los puestos de trabajo.
La lucha por un ambiente laboral saludable, libre de violencia, también debe ser una tarea a tomar por los sindicatos.
La precarización laboral se ensaña con los trabajadores jóvenes, que se inician en la vida laboral en condiciones a veces muy injustas, como los "contratos basura" y todo tipo de normas flexibilizadoras.
Eso también es violencia laboral.

 

Cuando la violencia laboral termina en tragedia
A mediados de agosto, en la fábrica Polarcito de la ciudad de Córdoba, en el tradicional barrio San Vicente, José Gustavo Suárez, de 42 años, mató a balazos a dos compañeros de trabajo y a un tercero lo hirió de gravedad con unas tijeras.
El propio homicida se entregó a la policía, confesando el doble crimen, declarando que lo hizo porque "se burlaban" constantemente de él.
Según Suárez, los trabajadores Ramón Rojas y su hijo Damián Rojas lo hostigaban con bromas por las secuelas que padecía por una enfermedad, burlándose de una supuesta impotencia sexual, situación que se fue haciendo insostenible, relató, hasta que no lo pudo soportar más y los mató.
Este gravísimo hecho puso en el debate los temas relacionados con el acoso laboral, y reactualizó en Córdoba el proyecto de ley contra la violencia laboral presentado por el abogado Carlos Cafure. Se trata, según éste, de que el Estado intervenga "a tiempo" para frenar situaciones que pueden llegar a estallar como sucedió presumiblemente en San Vicente.
La ley contempla la instalación de una oficina contra la violencia laboral al interior del Ministerio de Trabajo provincial, donde el trabajador pueda denunciar situaciones de violencia, y que se implementen mecanismos de prevención, convocándose a todas las partes.
Aunque la ley no ha sido siquiera puesta en debate en Comisión, desde el Ministerio de Trabajo provincial, que conduce Omar Sereno, se anunció que se va a instalar una Oficina para la recepción de denuncias de violencia laboral.

 

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