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Jueves 01 de enero 2026

Absolución de Ana Contreras: “Triunfo de la docencia pampeana”

Redaccion Avances 01/01/2026 - 10.09.hs

Hace unos días, el STJ rechazó el recurso federal presentado por la fiscalía para llevar a la Corte Suprema el caso contra la docente, lo que dejó firme la absolución dictada en instancias anteriores. 

 

Un caso que generó gran repercusión tanto en la provincia como en el resto del país durante este 2025 fue el de la docente piquense Ana Contreras y que tuvo una resolución judicial en septiembre cuando el Superior Tribunal de Justicia confirmó su absolución en la denuncia por “maltrato psíquico” que realizó una estudiante de 15 años.

 

La Sala B, conformada por los ministros Fabricio Luis Losi y Hugo Oscar Díaz, ratificó lo dispuesto por el Tribunal de Impugnación Penal el pasado 26 de mayo. El fundamento central del STJ para denegar el recurso fue que en casación no se analizan nuevamente las pruebas, excepto que la resolución del TIP fuera arbitraria manifiestamente, algo que no ocurrió en este caso.

 

Contreras había sido condenada el 9 de abril a la pena de 60 días-multa, equivalente en ese momento a 913.800 pesos, como autora de la figura de “maltrato psíquico” a una adolescente, que está prevista en el artículo 121, inciso 1° del Código Contravencional de La Pampa.

 

Además se le aplicó una amonestación, se le prohibió todo tipo de contacto con la víctima durante un año y se la obligó a concurrir a un seminario “con la finalidad de modificar los comportamientos que han incidido en la realización de las conductas por los que fuera condenada”.

 

El fundamento para condenarla fue que durante una clase, al referirse al conflicto entre Israel y Palestina, “justificó un ataque de la organización Hamas e hizo sentir mal a la estudiante, a sabiendas de su origen familiar judío”.

 

Sin embargo, ante un planteo de la defensa, el Tribunal de Impugnación Penal revocó ese fallo y, por el beneficio de la duda, absolvió a la docente al considerar que no se había probado que hubiese actuado con una intención dolosa hacia la adolescente.

 

A posteriori, la fiscalía recurrió en casación al STJ contra el pronunciamiento del TIP, por entender que no se había realizado una valoración correcta de la prueba y que la sentencia no había sido fundada.

 

Frente a ese planteo, Losi y Díaz respondieron que, en esta instancia del proceso, el STJ en un recurso de casación “controla la legalidad y logicidad de la sentencia recurrida” y que “solo procede a corregir errores de fondo”.

 

En tanto, semanas atrás el Superior Tribunal de Justiciaa de Justicia de la Nación rechazó el caso contra la docente, lo que dejó firme la absolución dictada en instancias anteriores. 

 

“Libertad de cátedra”

 

En su momento, tras la absolución la Unión de Trabajadores de la Educación de La Pampa (Utelpa) celebró el fallo judicial. “¡Hoy celebramos la absolución firme de la compañera docente Ana Contreras!”, resaltaron. 

 

“Este es un triunfo de toda la docencia pampeana y de la organización sindical de Utelpa. La sentencia sienta un precedente fundamental: reafirma nuestro derecho a la libertad de cátedra y defiende la autonomía del ámbito educativo frente a la injerencia de la justicia. La educación es un espacio de debate, pensamiento crítico y construcción colectiva, y no debe ser judicializada”, agregaron.

 

“Esta victoria demuestra que la unión y la lucha son el camino para defender nuestros derechos laborales y pedagógicos.  ¡Nuestros derechos no se negocian!”, finalizaron.

 

 

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