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Condenaron a los autores de dos robos: uno tenía libertad condicional

Redaccion Avances 22/10/2026 - 18.03.hs

(General Pico / Agencia) -  El juez de audiencia de General Pico, Marcelo Pagano, en el marco de un acuerdo de juicio abreviado, condenó a Enzo David Godoy (27), Ayrton Agustín Becerra de Titto (21) y a Diego Emanuel Tarpín Andrada (32) a tres años de prisión efectiva por hechos investigados en dos legajos diferentes. Además, a Tarpín Andrada se le sumaron hechos de otros dos legajos, en uno de los cuales fue encontrado culpable del cargo de hurto simple, y en el otro, de amenazas simples.

 

El acuerdo fue presentado por el fiscal Juan Marcelo Cupayolo, los imputados y el defensor oficial Alejandro Caram. Los damnificados se mostraron conformes con los términos del acuerdo.

 

El juez los condenó por ser coautores de los delitos de robo en poblado y en banda, y robo en poblado y en banda en grado de tentativa, a tres años de prisión efectiva manteniendo su condición de reincidente. Además a Becerra de Titto, le revocó la libertad condicional que se le otorgara el 25 de febrero pasado, y le unificó la pena actual con lo que le resta cumplir de la anterior, en la pena única de cuatro años de prisión efectiva.

 

El juez acreditó que durante la noche del 16 de mayo de 2026, Becerra de Titto, Tarpín Andrada y Godoy ingresaron a una vivienda tras forzar una de las ventanas. Becerra de Titto sustrajo un reloj digital mientras que los demás, intentaron llevarse una computadora, pero el damnificado advirtió la maniobra a través de las cámaras de seguridad y cuando llegó a su domicilio, provocó la huida de los intrusos.

 

Horas antes, mientras Tarpín Andrada esperaba a bordo de un vehículo, los otros dos imputados, ingresaron a otra casa tras violentar la puerta del patio, mientras la damnificada y su madre estaban en el interior de la vivienda. Los intrusos se fugaron sin llevarse ningún elemento, luego que las damnificadas los descubrieran en el interior de la casa.

 

 

Hurto y amenazas.

 

En el caso de Tarpín Andrada el juez también comprobó su autoría de otros dos delitos presentados en sendos legajos.

 

En uno de ellos demostrado que el 28 de mayo de este año, ingresó a otro domicilio del que sustrajo dos teléfonos celulares y otros elementos. En el otro legajo, acreditó que atacó a piedrazos y amenazó de muerte a un hombre que en la vía pública le reclamó la devolución de los elementos que le había robado días antes.

 

Respecto a los dos primeros legajos, el juez expresó que se encuentra probado que “los tres imputados ingresaron a las respectivas viviendas ejerciendo violencia sobre las aberturas, y en virtud del número de intervinientes en los hechos debe ser considerada la existencia de banda, amén de que ambos ilícitos fueron cometidos en la ciudad, es decir en zona poblada. La diferencia radica que en el primer legajo hubo desapoderamiento, mientras que en el segundo no lo hubo por circunstancias ajenas a los encartados, por eso el primero es consumado y el segundo tentado”. En referencia a los dos legajos en los que se imputa sólo a Tarpín Andrada, sobre la figura de hurto simple, el juez dijo que se produjo el desapoderamiento sin ejercer violencia sobre las cosas ni las personas, y respecto a las amenazas simples agregó que se constató la presencia del anuncio de un mal grave e inminente que justifica el temor que causó en el damnificado.

 

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