Domingo 14 de abril 2024

El TIP ratificó condena por abuso a niña de 14 años

Redacción 06/12/2022 - 08.50.hs

El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa (TIP) no hizo lugar al recurso de impugnación interpuesto por los abogados defensores Boris Vlasich y Marcelo Piazza, y confirmó la sentencia 69/2022 dictada por la Audiencia de Juicio de la Primera Circunscripción Judicial, contra un joven castense, que actualmente reside en Córdoba y al momento del hecho tenía 17 años, por el delito de abuso sexual, ejecutado con violencia y sin consentimiento, agravado por haber existido acceso carnal y por haber sido cometido por dos personas, en perjuicio de una niña de 14 años. El otro menor, por su edad (tenía 14 años), fue declarado inimputable.

 

La Sala B del TIP, con la firma de Filinto Beningo Rebechi, desestimó el recurso de impugnación interpuesto -el 10 de agosto- por los defensores Boris Vlasich y Marcelo Piazza, en el legajo caratulado "C.S. Recurso de Impugnación".

 

Los letrados pretendían desestimar el fallo el juez Andrés Olié en un hecho ocurrido en 2010 en una vivienda de Eduardo Castex, donde -según el fiscal Cristian Casais- una niña de 14 años fue abusada sexualmente con acceso carnal vía oral, anal y vaginal, con violencia y sin consentimiento, agravado por el concurso de dos o más personas.

 

En los fundamentos de esa sentencia, Olié remarcó que el relato de la víctima se "mantuvo inalterable desde la primera versión" y agregó que "no solo cuento con un indicador altamente específico de abuso sexual", a partir de ese testimonio, "sino también con las declaraciones efectuadas por las personas que conforman su grupo de pertenencia y que conocieron los hechos". Allí aludió a la madre de la niña, una tía, su novio, un amigo y una amiga.

 

Olié dispuso además, en la parte resolutiva, que una vez que el fallo quede firme se envíe una copia al Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes, y mantuvo la restricción de acercamiento y contacto del agresor -que actualmente vive fuera de la provincia y ya es mayor de edad- a menos de 200 metros de cualquier lugar donde se encuentre la víctima.

 

Además el magistrado valoró que, a partir de los informes de distintos profesionales de la salud, contó también "con varios indicadores inespecíficos de abuso sexual", padecidos por la víctima, como "crisis de ansiedad, angustia, trastornos del sueño, pánico, taquicardia, palpitaciones, desgano, cansancio, fatiga, insomnio, reviviscencias, recuerdos recurrentes, dificultades en sus vínculos afectivos, hipervigilancia y depresión".

 

Los defensores particulares, Marcelo Piazza y Boris Vlasich, en cambio, plantearon la absolución del acusado, y señalaron que la víctima solo perseguía la obtención de una reparación económica. E incluso el agresor, al tener la última palabra en el juicio, insistió en su inocencia.

 

Rechazo.

 

Vlasich y Piazza ahora pidieron que se declare la nulidad de la sentencia por errónea aplicación de la ley sustantiva y se declare la no autoría de S.C. por la "carencia de pruebas que acrediten su autoría" y por la aplicación del beneficio de la duda, entre otras argumentaciones.

 

Pero, desde el TIP consideró que los motivos en que se fundamenta el fallo de primera instancia "se encuentran debidamente explicitados", en la denuncia en la Fiscalía y posterior declaración en la audiencia de debate de la víctima, los informes y declaraciones de los profesionales intervinientes.

 

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