Familia propone reformar legislación
La familia que integran Ana Laura Pizzani y Joaquin Díaz, que quedaron por decisión judicial al cuidado de un bebé de 6 meses mientras dure el proceso de adopción definitiva, proponen ahora cambios en la legislación que permitan que las familias de contención que hayan construido un vínculo sólido, estable y beneficioso puedan ser consideradas para su adopción.
La iniciativa apunta a presentar formalmente el pedido ante la Cámara de Diputados de La Pampa, para lo cual han comenzado una campaña de recolección de firmas que apoyen la reforma. Para ello han redactado una nota formal donde explican el pedido y lo argumentan.
La situación se planteó cuando desde la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia ordenaron, vía whatsapp, que la familia de contención entregue al niño hasta tanto se complete el proceso judicial de adopción. La jueza Paola Loscertales hizo lugar al pedido de Pizzani y Diaz y ordenó que el pequeño continúe a su cargo en este lapso.
Está circulando entonces la nota a presentar en la Legislatura provincial para que los interesados puedan, con su firma, adherir a esta petición de revisar y cambiar la legislación. El texto completo indica: “Los abajo firmantes, vecinos, ciudadanos, afiliados, funcionarios públicos, referentes sociales e integrantes de distintas localidades de La Pampa, pertenecientes a diversos espacios políticos y comprometidos con la defensa de los derechos de la niñez, nos dirigimos a esta Honorable Cámara con profunda preocupación por los acontecimientos de público conocimiento que involucran a una familia pampeana y que han dejado al descubierto las serias deficiencias del sistema de protección integral de niños, niñas y adolescentes y de la legislación vigente en materia de adopción”.
Una realidad.
El escrito plantea que “este caso excede ampliamente una situación particular. Ha puesto en evidencia una realidad que merece una profunda reflexión institucional: cuando las normas y los procedimientos terminan desconociendo la historia de vida de un niño, los vínculos afectivos que ha construido y su derecho a crecer en un entorno familiar estable, el sistema deja de cumplir su finalidad esencial”.
“El interés superior del niño no puede quedar subordinado a interpretaciones rígidas, formalismos administrativos o decisiones que pierdan de vista la realidad concreta de cada caso. La Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional, y el Código Civil y Comercial de la Nación imponen que toda decisión coloque al niño en el centro de la protección jurídica, privilegiando su desarrollo integral, su estabilidad emocional y la continuidad de los vínculos afectivos que le brindan identidad y pertenencia”, añade.
A su vez, señala que “ninguna decisión administrativa puede desconocer que un niño no construye su familia a partir de un expediente, sino a través del amor, el cuidado cotidiano y los vínculos que le brindan seguridad, identidad y pertenencia. Cuando esos lazos existen, el Estado tiene el deber de protegerlos y no de destruirlos. Asimismo, entendemos imprescindible que esta Honorable Cámara impulse una revisión profunda del funcionamiento del sistema administrativo de protección de niños, niñas y adolescentes de la Provincia. Los hechos de público conocimiento han puesto de manifiesto presuntas irregularidades en la actuación administrativa, evidenciando decisiones carentes de la debida transparencia, fundamentación suficiente, adecuada motivación y controles eficaces, circunstancias que generan una profunda preocupación social y comprometen la confianza de la ciudadanía en las instituciones”.
Reforma.
En otro tramo, sostiene que “cuando el accionar de la Administración se aparta de los principios de legalidad, razonabilidad, objetividad, buena administración, publicidad de los actos y debido proceso, el riesgo de vulnerar derechos fundamentales se vuelve inadmisible. En materia de niñez, esas falencias adquieren una gravedad aún mayor, porque cada decisión impacta directamente en la vida, la estabilidad emocional y el futuro de un niño. Por ello solicitamos a esta Honorable Cámara que impulse, con carácter urgente, una reforma de la legislación provincial para que las familias de contención que hayan construido un vínculo afectivo sólido, estable y beneficioso con un niño puedan ser consideradas como primera alternativa para su adopción, siempre que ello responda al interés superior del niño y bajo el debido control judicial”.
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