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La Adela: el Concejo rechazó nueva tasa impuesta por la Ceospla

Redaccion Avances 04/11/2026 - 19.19.hs

El Concejo Deliberante de La Adela aprobó este miércoles la modificación de la ordenanza que rige la prestación del servicio de energía eléctrica, donde prohíbe a la prestadora, Cooperativa de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de La Adela (Ceospla), facturar y cobrar derechos por espacio aéreo. La norma inmediatamente fue promulgada por el intendente Federico Moro.  “Las empresas -prestadoras- son responsables de este derecho y no pueden trasladarlo a los usuarios”, sentenciaron desde el municipio.

 

Los integrantes del cuerpo deliberativo abordó la temática luego de que el 28 de octubre, cuando la Ceospla notificó a los usuarios del servicio de electricidad que en la próxima factura incluirían el cobro de tasas por espacio aéreo y espacio público. Desde ese ámbito de legislación y control rápidamente elaboraron una ordenanza a los efectos de su regulación.

 

En los considerandos de dicha norma, la 28/2026, consideraron que la Ordenanza Tarifaria vigente claramente establecía que “esos derechos que gravan la ocupación del espacio aéreo, subsuelo y superficies por empresas de servicios públicos, ya sea con cables, cañerías o cámaras y afines, son una obligación del permisionario del servicio”.

 

Aclararon que “los vecinos no ocupan el espacio público con postes y cables, por lo que trasladarles esos derechos implicaría hacerles pagar un costo  que no les corresponde”. Y agregaron que “menos en la factura de un servicio esencial y en el contexto económico en el que dicha factura ya representa un esfuerzo significativo para las familias, comercios e instituciones”.

 

Los ediles que votaron la norma, también le dieron al municipio la potestad de control para exigir informes periódicos a la Ceospla sobre posteo y cableado; y, también, habilitar “un canal para recibir posibles consultas y reclamos de los usuarios”.

 

 

Comunicado municipal.

 

La Municipalidad de La Adela informó que, “mediante la Ordenanza 028/2026, sancionada por el Concejo Deliberante y promulgada por Resolución 099/2026, se establece que la tasa por ocupación del espacio público debe ser abonada por las empresas que utilizan postes, cables y otras instalaciones en la vía pública, y no por los usuarios del servicio eléctrico”.

 

El informe público de la comuna puntualiza que “la tasa la paga quien ocupa el espacio público. Las empresas son responsables de este derecho y no pueden trasladarlo a los usuarios”. También que “está prohibido incluir este cargo en la factura de luz. Ningún permisionario u ocupante podrá cobrarlo a sus usuarios. Los montos percibidos en contravención a esta disposición no se considerarán pago de la tasa”.

 

Otra arista de la última ordenanza establece un “mayor control y transparencia”. Una de las decisiones al respecto, establece que “las empresas deberán presentar mensualmente una Declaración Jurada con la cantidad de postes, metros de cableado y modificaciones realizadas, para que el cálculo se realice sobre datos reales y verificables”.

 

Sobre qué deben hacer los vecinos en caso de que la factures espacio aéreo. “Nada, no deben pagar ningún cargo por tasa de espacio aéreo o espacio público en su factura de electricidad. Si identifican un concepto similar, pueden realizar su consulta o reclamo ante el municipio a través de la mesa de entradas donde serán registrados y contestados”, aseguraron.

 

Finalmente, desde el municipio revelaron que sobre esta posición del Gobierno municipal, ya notificaron a la Ceospla, y harán lo mismo ante la Secretaría de Energía y Minería de la provincia.

 

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