Jueves 25 de abril 2024

La Pampa adherirá a Ley Nacional

Redacción 18/11/2022 - 08.43.hs

La adhesión de nuestra provincia a la Ley Nacional 27674 - Programa Nacional de Cuidado Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer, recibió dictamen de mayoría en la comisión de Legislación Social de la Cámara de Diputados.

 

El proyecto es de Valeria Luján y Alicia Mayoral (Frejupa), y la minoría dispuso que fijará posición en el recinto.

 

En sus fundamentos la iniciativa señala que “las madres y padres de los niños enfermos comienzan la odisea cuando tienen que conseguir no solo un diagnóstico exacto, sino también que las obras sociales les cubran los tratamientos, la medicación y las prácticas necesarias”.

 

Se destaca que con la creación del Programa Nacional de Cuidado Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer “se pretende garantizar derechos como priorizar el tratamiento ambulatorio, estar acompañado por sus familiares sin que tengan costos adicionales ni obstaculice el tratamiento, recibir información sobre la enfermedad y el tratamiento “, entre otros puntos.

 

Cobertura del 100%.

 

Y se agrega: “El sistema público de salud, las obras sociales, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, deberán brindar al niño, niña y adolescente con cáncer una cobertura del 100% en las prestaciones para las prácticas de prevención, promoción, diagnóstico, terapéutica y todas aquellas tecnologías que pudieran estar directa o indirectamente relacionadas con el diagnóstico oncológico”.

 

Además “el Estado nacional tendrá que otorgar una asistencia económica equivalente al monto de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad a aquellos progenitores o representantes legales que se encuentren en situación de desempleo y no cuenten con ningún otro beneficio de carácter previsional”.

 

Finalmente otro punto importante es que “uno de los progenitores o representantes legales podrá gozar del derecho de licencias especiales que permita acompañar a sus hijos en los estudios, rehabilitaciones y tratamientos inherentes a la recuperación y mantenimiento de su estado de salud, sin que ello fuera causal de pérdida de presentismo o despido de su fuente de trabajo”.

 

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