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La sentencia podría quedar “sin efecto”

Redacción 30/07/2026 - 01.03.hs

A través de una carta abierta, la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner ratificó que recurrirá ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para denunciar el “lawfare y la persecución” en la causa Vialidad. El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez aseguró que la sentencia penal puede quedar sin efectos en sede interna.

 

El letrado se refirió en las redes sociales al anuncio de la exmandataria y explicó las instancias judiciales. “Cuando un Estado ratifica un tratado sobre derechos humanos y reconoce la competencia de los órganos de control del mismo, habilita a toda persona a que, una vez agotados los recursos de jurisdicción interna, pueda presentar una denuncia o petición”, señaló.

 

Afirmó que “la misma tiene por objeto que se analice si se violaron los derechos humanos contemplados en tratado, no es un recurso de revisión ni tampoco el órgano se constituye en un tribunal de apelaciones respecto de lo resuelto por los tribunales nacionales”.

 

Opciones.

 

Explicó que existen dos sistemas: el regional regido por la Convención Americana sobre derechos humanos cuyos órganos son la Comisión IDH y la Corte ID, y el universal regido por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuyo órgano es el Comité de Derechos Humanos.

 

“Una vez presentada la denuncia se inicia un proceso trasnacional donde una vez admitida la misma se le da traslado al Estado y luego el Comité emite un Informe Particular. Si verifica que se violaron los derechos humanos de las personas peticionarias, entonces realiza una serie de recomendaciones que son obligatorias”, dijo Gil Domínguez.

 

“Además en materia penal, el artículo 366 inciso f del Código Procesal Penal Federal establece un recurso de revisión de las sentencias firmes cuando exista una decisión de un órgano de control de un tratado de derechos humanos en un caso individual. Antes de la sanción del código, la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los casos ‘Mohamed’ y ‘Bueno Alves’ dejó sin efecto sentencias penales ante sentencias dictadas por la Corte IDH contra el Estado argentino”, agregó.

 

“En síntesis, en el caso de CFK si el Comité de Derechos Humanos considera que el Estado argentino violó el principio de presunción de inocencia y la razonabilidad condenatoria de las pruebas acreditadas, la sentencia penal queda sin efectos en sede interna”, completó y aclaró el proceso es largo.

 

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