Revés para jueces y un fiscal
El Superior Tribunal dio vuelta resoluciones de instancias inferiores de la Justicia provincial -incluso la del Tribunal de Impugnación Penal-, y le propinó nuevamente un revés a dos jueces y un fiscal de General Acha.
El máximo tribunal de la provincia intervino en un caso de pedido de re examen de una prisión preventiva con vencimiento, y posteriormente extendida hasta la finalización del proceso. La medida había sido dictada en el marco de un legajo penal, cuando al cambiar la defensa oficial por la designación del abogado Juan R. Veneri, este impugnó esa decisión yendo al TIP, que en principio le negó su solicitud adhiriendo a lo ya resuelto y confirmó la denegatoria.
Eso obligó a Veneri a interponer nuevo recurso -en este caso casación-, ante la máxima jurisdicción constituida por el Superior Tribunal de Justicia. El STJ casó la resolución y ordenó el reenvío de la causa a un nuevo juez sustituto a fin de que se dicte un nuevo fallo ajustándose a derecho.
Lo que se destaca de esta resolución del STJ es que con su fallo se obtiene una suerte de jurisprudencia, al enumerar los lineamientos y pautas a seguir por los jueces a la hora de dictar y mantener las prisiones preventivas y hasta reexaminarlas como en el caso que se le presentó.
Resolución del STJ.
Los ministros del STJ, Fabricio Ildebrando Luis Losi y Elena Victoria Fresco, como integrantes de la Sala B del Superior Tribunal de Justicia, fueron los que tomaron la causa caratulado "Alfaro, Raimundo Luis en legajo por oposición al arresto domiciliario s/ Recurso de casación". Ellos consideraron el recurso de casación -interpuesto por el defensor particular Juan Ricardo Veneri-, contra el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación Penal, que decidió rechazar por improcedente la presentación formulada por esa defensa ante ese organismo jurisdiccional.
Antes había sido la jueza de control de la Tercera Circunscripción Judicial quien dispuso rechazar el pedido de revocación del arresto domiciliario.
¿Qué dijeron los ministros del STJ? En principio apuntaron que "la decisión del Tribunal de Impugnación Penal adolece de ciertas fallas que afectan su validez intrínseca. Por un lado se observan, como
defectos formales, que la argumentación se refiere reiteradamente a un ciudadano de apellido 'Manso', cuando el imputado es 'Alfaro' Como así también la indicación de la fecha en la que el doctor Veneri solicitó la audiencia de reexamen, la que se realizó y resolvió por la jueza de control; y además se observa que el defensor presentó recurso de impugnación, siendo el 12 de julio, no el 12 de junio como quedó escrito. Por otra parte, no ingresa al tratamiento de los severos cuestionamientos de índole procesal que lesionan garantías constitucionales".
Afecta sistema adversarial.
Dice el STJ que "en esa línea argumental el error procesal más importante surge en el decisorio de la jueza de control de la Tercera Circunscripción Judicial cuando se resuelve más allá de lo peticionado, afectando seriamente el sistema acusatorio adversarial".
Ante esas idas y venidas en los tribunales de alzada quedaron expuestos la jueza de Control Laura Moscoso, su subrogante Diego Asín -que no interpretó bien al máximo tribunal-, y el fiscal Juan Bautista Méndez, quien pretendió ampliar la acusación contra el imputado cuando no estaban habilitadas las circunstancias para que pudiera hacerlo.
Cabe señalar que al hacerse el reenvío por orden del STJ al juez de Control (subrogante), Diego Asín, este no interpretó debidamente la solicitud de la defensa, por lo que el doctor Veneri volvió a ir al T.I.P. Esta vez este tribunal decidió en pocos minutos -voto del doctor Balaguer- cambiar la medida de prisión domiciliaria por una restricción y ordenó la inmediata libertad de Alfaro a quien sí se le aplicaron medidas restrictivas en tanto el proceso sigue su curso.
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