"Lo que no pudieron en la Corte, lo hacen con contubernios”
El conflicto por las regalías que le corresponden a La Pampa por la hidroeléctrica Los Nihuiles, en Mendoza, escaló nuevamente esta mañana cuando el secretario general de la Gobernación de la provincia, José Vanini, cruzó al gobernador mendocino Alfredo Cornejo por sus críticas al juez federal Juan José Baric y afirmó: “Lo que no pudieron hacer en la Corte, lo hacen mediante llamadas y contubernios con el gobierno de Milei”.
En su cuenta de la red social X, Cornejo aseguró que su provincia y el Gobierno nacional pidieron la inhibición del juzgado federal pampeano bajo el argumento de que no tiene competencia en el caso por Los Nihuiles.
“Lo solicitamos con sobrados fundamentos, convencidos de que esta discusión solo se resuelve allí. La Pampa intentó meter por la ventana una disputa que ya habíamos ingresado por la puerta, como corresponde. Sabían que el juzgado de Santa Rosa es incompetente y así y todo avanzaron. ¿Ignorancia? No creo. ¿Manotazo? Tal vez. La causa ya estaba en la Corte y ahí debe seguir”, escribió Cornejo, que mantiene una gran relación con la Casa Rosada.
Frente a esa publicación, el que salió a responder fue Vanini. “Más grave que una interpretación poco ajustada a derecho es que conozca el contenido de un escrito que la parte aún no conoce porque no está disponible en el sistema”, remarcó el secretario general de la Gobernación.
Y añadió: “Se ratifica: lo que no pudieron hacer en la Corte, lo hacen mediante llamadas y contubernios con el gobierno de Milei”.
Cruces.
Vale recordar que el gobernador Sergio Ziliotto había salido en primer lugar a defender los intereses pampeanos apenas se conoció el decreto de Milei de quitarle las regalías a nuestra provincia para darle el ciento por ciento a Mendoza, con la privatización de la hidroeléctrica como telón de fondo. Cornejo, por su parte, había dicho: “Solo pedimos que se cumplan las leyes, los acuerdos y los fallos”.
El martes, cuando se conoció la publicación de Cornejo, también le salió al cruce el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, el pampeano radicado hace años en la Capital Federal y que integra la planta docente de la carrera de Abogacía de la UNLPam.
“Lo expresado no es constitucionalmente adecuado”, resaltó el letrado y describió una serie de ejemplos para sostenerlo. “La Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa ‘Córdoba, Provincia de c/ Banco Central de la República Argentina s/ amparo ley 16.986’ (2023) sostuvo que en reiterados precedentes (...), el tribunal reconoció la validez de la prórroga de la competencia originaria en favor de tribunales federales inferiores, cuando dicha jurisdicción originaria corresponde rationae personae, por constituir una prerrogativa de carácter personal que, como tal, puede ser renunciada”, explicó.
“La causa que la provincia de Mendoza eligió tramitar en competencia originaria solo abarca el reclamo retroactivo del pago de regalías pero no tiene por objeto la impugnación del Decreto 982/2026. Esa pretensión tramita ante la justicia federal de la Provincia de la Pampa.
Respete el federalismo de concertación, la división de poderes, el sistema republicano y la independencia del Poder Judicial. No sea intermitente”, disparó.
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