Acerca de un proyecto de Ley
Los gobiernos de facto sustituían la Constitución Nacional por un Acta o Estatuto que estaba por encima de ella. El actual gobierno, elegido por sufragio popular, no ha caído en eso, pero también tiene un sueño refundacional.
Por Francisco J. Babinec y Daniel O. Bedotti *
El primer proyecto enviado por el presidente Javier Milei al Congreso llevaba el pomposo nombre de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, aludiendo al libro fundacional de Alberdi. El presente proyecto de “Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada” es una amplia reforma de distintos regímenes vinculados al derecho de propiedad, con un título engañoso. Concentra en un único texto cambios profundos, previamente pensados como proyectos separados. Se modificarían la Ley de Expropiaciones, de Régimen de Integración Socio-urbana de Barrios Populares, de Tierras Rurales, de Manejo del Fuego y de Registro de la Propiedad Inmueble, además de revisar el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
En bambalinas, el proyecto original se redujo de 53 a 48 artículos, y pasó de 7 a 6 capítulos, al eliminarse el correspondiente al Régimen de Barrios Populares. Se introdujeron modificaciones tales como cambios en el régimen de tierras rurales, conservando controles que antes se eliminaban, y en los procesos de desalojo se incorpora la protección de sujetos vulnerables (menores, personas con discapacidad y adultos mayores), entre otros. En cuanto a expropiaciones, el proyecto establecería las bases para una indemnización al valor de mercado previo al anuncio. Y en desalojos, la entrega inmediata del inmueble frente a tenencia precaria o usurpación. De ahí lo de inviolabilidad de la propiedad privada. Lo más importante y que ha suscitado rechazo es la liberación de la compra de tierras rurales por parte de inversores privados foráneos, con la excusa de la igualdad de derechos para argentinos y extranjeros. Pero el artículo 17 de la Constitución Nacional declara que la propiedad es inviolable, y la expropiación por causa de utilidad pública debe ser dispuesta por ley y previamente indemnizada. Y reconoce en su artículo 20 que los extranjeros pueden poseer, comprar y enajenar bienes raíces. Entonces, ¿qué se busca realmente? Según el gobierno, el proyecto apunta a “eliminar restricciones ilegítimas” que limitarían el derecho de propiedad, para así fortalecer su protección y profundizar la seguridad jurídica. Pero va más allá al enfocarse en liberalizar la venta de tierras rurales, y modificar el régimen de zonas afectadas por el fuego. Intenta facilitar el acceso a inversores extranjeros privados sin ningún límite de superficie o ubicación.
Barrios Populares.
Veamos un poco más en detalle algunos aspectos. Primero, la eliminación del capítulo sobre Barrios Populares mantiene la protección existente, pero el problema de fondo, la regularización dominial efectiva, sigue sin abordarse. Los cambios en la indemnización por expropiación son razonables, pero la restricción excesiva de la “utilidad pública” puede limitar políticas públicas. En cuanto a los desalojos, la vía sumarísima y la entrega anticipada configuran un cambio estructural en la relación propietario-ocupante, aunque se morigera el impacto sobre sujetos vulnerables.
Pasemos a lo más controversial. La liberación sin límites de superficie para la compra de tierras rurales por parte de inversores privados extranjeros sigue siendo el cambio más sensible. Se eliminan los topes del 15% a nivel de nación, provincia o municipio, y el máximo del 30% en manos de un mismo propietario, permitiendo además la enajenación de tierras que contengan o sean ribereñas de cuerpos de agua de envergadura y permanentes, con todo lo que ello implica.
Otros países de la región como Brasil, Uruguay y Paraguay, tienen normativas rigurosas, o prohíben parcialmente la compra de tierras en zonas productivas o de frontera por parte de extranjeros. Países desarrollados como Australia, Canadá o miembros de la Unión Europea aplican controles a la inversión extranjera directa en tierras, con registros obligatorios de propiedad rural y autorizaciones previas para proteger la seguridad alimentaria y recursos estratégicos. Israel, país de referencia del presidente, es un caso peculiar. En 1901, antes de establecerse como estado, se creó el Fondo Nacional Judío (KKL) para recaudar dinero de las comunidades judías y así “redimir tierras en Palestina”, o sea, adquirirla para asentamientos, como primer paso para obtener la soberanía nacional. Vemos en qué puede terminar la enajenación indiscriminada de tierras. Recientemente, el Gobierno israelí aprobó reabrir el proceso de registro de tierras en la Cisjordania ocupada, lo que le permitirá apoderarse definitivamente de este territorio palestino.
Fuego.
La ley 26815 de Manejo del Fuego y su modificatoria 27604 prohíben por 60 años cambiar el uso y destino de superficies incendiadas en bosques nativos o implantados, áreas protegidas y humedales, y por 30 años realizar emprendimientos inmobiliarios o alterar ciertos usos en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas de interfase. La prohibición puede extenderse según el ordenamiento territorial de bosques nativos. El gobierno busca que la restricción quede acotada a los bosques nativos y a los no productivos, según las categorías de conservación de cada jurisdicción. Y eliminar tanto la regla de extensión adicional como el régimen especial de 30 años para otras superficies incendiadas, y la prohibición de loteos. El dictamen de Diputados mantiene las modificaciones más drásticas del proyecto original, lo que deja al Gobierno prácticamente libre en esta materia. Recordemos que la Ley 27604 fue sancionada en 2020 tras la ola de incendios que afectó más de un millón de hectáreas, ante lo que podía verse como una forma de despejar tierras para forestaciones industriales o uso agrícola. Se flexibilizaría así el marco normativo que buscaba neutralizar los incentivos para los incendios intencionales.
Como se ve, el Gobierno va más allá de proteger la propiedad privada, que ya está protegida, y apunta a favorecer negocios privados, poniendo en riesgo nuestra soberanía.
* Centro Pampeano de Estudios Sociales y Políticos
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