El derecho a conocer la identidad biológica
Históricamente el justicialismo ha sido la fuerza política nacional encargada de ampliar derechos y ciudadanía en la Argentina. Desde el voto femenino (Ley 13.010) y las leyes laborales, hasta el divorcio o el reconocimiento legal de hijos nacidos fuera del matrimonio. En 1954 se promulgó la Ley 14.367, igualando a todos los hijos nacidos en el país, con derecho a demandar paternidad u herencia según el caso. Atrás quedaban los motes discriminatorios de “ilegítimos, naturales, bastardos, adulterinos o incestuosos”, con los cuales la sociedad estigmatizaba a hijos que eran inocentes respecto de acciones tomadas por sus progenitores.
Siguiendo esa misma tradición ideológica durante la primera gestión del actual gobernador Sergio Ziliotto, hace dos años ingresaba para su sanción y promulgación en la legislatura provincial, el proyecto de ley que reconocía y garantizaba el pleno ejercicio del derecho a la identidad biológica, a toda aquella persona que presumiera que la misma había sido suprimida, modificada o alterada. Dicha ley facilita también la búsqueda de información y recursos a madres cuyos hijos e hijas nacidos, hubieren sido apropiados antes, durante o después de la última dictadura cívico-militar en la Argentina.
Hasta 2021 solo cinco provincias argentinas contaban con una Ley de Derecho a la Identidad Biológica u Origen, como la que hoy tenemos en La Pampa (N° 3435): Chaco, Santa Fe, Entre Ríos, Mendoza y Rio Negro. Casi todas ellas sancionadas, promulgadas y reglamentadas entre 2019 y 2021. Sus aportes fueron complementarios a lo prescripto por Ley Nacional N° 25.457, particularmente desarrollado por el Programa Nacional sobre el Derecho a la Identidad Biológica, dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia de la Nación, hoy a cargo del Dr. Alberto Baños.
Dichas normas ampliaron el universo de buscadores de identidad, excediendo el período de la última dictadura militar (1976-1983) y subrayando el hecho de que muchas apropiaciones de identidad se realizaron y realizan en el ámbito familiar y la sociedad civil, con su correspondiente entramado delictivo. En todos los casos la complicidad y el silencio de quienes saben, imposibilita acceder a información clave para desandar el camino de la búsqueda.
La sanción y promulgación de esta ley en La Pampa –producto además de un comprometido trabajo conjunto entre la sociedad civil y el Estado provincial- significó que desde el Estado pampeano se facilitara el acceso gratuito a toda información vinculada con las búsquedas de identidad, posiblemente obrantes en los diversos registros de organismos públicos o privados, provinciales y/o municipales disponibles, brindando también los medios y recursos necesarios –asesoramiento jurídico, acompañamiento psicológico, exámenes de ADN, sangre o cualquier otro tipo de prueba o pericia.- a todas las personas interesadas en ser beneficiarias de la norma.
Registro.
La información obrante en diferentes registros (sanitarios, civiles, etc.) no podrá ser denegada sin resolución fundada. Los establecimientos sanitarios de gestión pública y privada deben preservar los registros de entrada y salida; historias clínicas de parturientas; libros de partos, de nacimientos, de neonatología y de defunciones, que se hubieran producido en los mismos, puestos a disposición siempre que sean requeridos por la autoridad de aplicación de la ley.
Se previó también la creación de un “Registro Unico de Búsqueda de Identidad Biológica”, especializado en la temática. El mismo se valdrá para su cometido de un “Banco de Datos Genéticos” orientado a la consulta, registro y archivo de muestras genéticas de las personas beneficiarias de la Ley, hoy funcionando gratuitamente en la Ciudad Judicial de Santa Rosa.
Debemos ser conscientes de que nadie elige ignorar quién es o de dónde viene, transitando con dolor e incertidumbre una situación impuesta por terceros y naturalizada como una práctica social perversa. La reparación jurídica no modifica ni la historia ni el dolor transitado por éstas víctimas, vulneradas en lo más intimo de su ser, pero si fortalece la idea de un Estado de Derecho presente y humanizado, que debe funcionar con verdad y justicia para todos por igual –en éste caso sin importar si dichas identidades fueron apropiadas en democracia o dictadura-; porque el resultado de esa negación arbitraria es el mismo para todos: una tragedia personalísima que debe asumirse en soledad, con valentía, superación personal y altísima dignidad.
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* Silvio J. Arias - Prof. en Ciencia Política. Militante PJ La Pampa.
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