Sabado 27 de abril 2024

Ir al "cumple" de su hija le costará un año de prisión

Redacción 06/03/2024 - 00.38.hs

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) revocó este martes la pena de ejecución condicional que pesaba sobre un hombre condenado por agredir a su pareja el año pasado, al tener en cuenta la perspectiva de género, y ordenó su inmediata detención.

 

El agresor fue condenado por la justicia santarroseña el 26 de septiembre de 2022 por el delito de amenazas simples contra su pareja a la pena de 6 meses de prisión de ejecución condicional, y por 2 años se le impuso también la prohibición absoluta de acercamiento y todo tipo de contacto por sí o interpósita persona o cualquier medio electrónico con la mujer a distancia de 200 metros de su persona y su domicilio.

 

Además, el 18 de mayo de 2023 fue condenado por el delito de lesiones leves en perjuicio de un joven a 6 meses de prisión de ejecución condicional, por lo que se le unificó la pena imponiéndosele un año de ejecución condicional.

 

Ante esa situación, el 16 de junio pasado, el agresor fue acusado de transgredir la restricción de acercamiento al asistir al festejo de cumpleaños de la hija que tiene en común con la víctima, que no realizó ninguna presentación al respecto, aunque el hecho quedó debidamente acreditado por la policía.

 

Idas y vueltas.

 

El fiscal general Guillermo Sancho, junto a la fiscal adjunta Carolina Muñoz, le solicitó al juez de Ejecución Penal, Martín Saravia, que revoque la ejecución condicional de la pena de un año sobre el agresor, pero el magistrado decidió rechazar el planteo, argumentando principalmente que la mujer no denunció la situación de violación de la medida de restricción y que no hubo ninguna situación concreta.

 

Posteriormente, Sancho recurrió al Tribunal de Impugnación Penal (TIP) que también rechazó la petición, siguiendo los mismos argumentos. La fiscalía argumentó que la respuesta fue arbitraria, señalando que el caso debió analizarse con una mirada integral, y es de gravedad institucional ya que no se tuvo en cuenta que el hecho se cometió en el marco de la violencia de género.

 

Indicaron que el agresor “violó voluntariamente” la restricción de acercamiento, conociendo las consecuencias del incumplimiento y de mantener contacto con la víctima, por lo que “podría haber comunicado la situación (del cumpleaños del hija) para evitar incurrir en el incumplimiento de la regla de conducta impuesta”.

 

Reflexionaron que “con la mirada de la perspectiva de género que reclaman se aplique al caso que la regla de conducta impuesta, recae sobre el agresor sin importar la actitud que adopte la víctima frente al incumplimiento y nada impide tener por cierto que la infracción del condenado a la prohibición, existió”.

 

Prisión.

 

Con esos argumentos, principalmente el riesgo que corrió la víctima en aquel encuentro, el Ministerio Público Fiscal llevó el planteo al Superior Tribunal de Justicia (STJ) a través de un recurso de casación. Los jueces Hugo Díaz y Verónica Campo –Sala B- hicieron lugar a los argumentos planteados por Sancho y Muñoz y resolvió que cese la resolución del TIP que había dejado en condicional la pena al agresor, por lo que también se dispuso su inmediata detención.

 

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