Jueves 25 de abril 2024

La Pampa aplicó multas a empresas por una suma millonaria

Redaccion Avances 08/12/2023 - 16.13.hs

La Dirección General de Defensa al Consumidor aplicó 22 sanciones a distintas empresas radicadas en La Pampa y en otras provincias por un total de 5.823.223 pesos. Las multas oscilan entre los 40 mil y los 780 mil pesos.

 

El organismo a cargo de Florencia Rabario emitió una serie de disposiciones que se publicaron en el Boletín Oficial. Allí, se multó a firmas del rubro maderero, de construcción de viviendas, mueblería, de servicio técnico, cadenas de electrodomésticos y dedicadas a la venta de vehículos, entre otras.

 

Entre las más onerosas se encuentra una dedicada a este último rubro, que fue sancionada a pagar $ 780 mil por por incumplir los artículos 4° (Deber de Información), 19° (Modalidades de los servicios), 8°BIS (Trato Digno), 10 BIS (Incumplimiento de la obligación), 5 (Protección al consumidor) de la ley de Defensa al Consumidor. Por otro lado, una firma santarroseña recibió tres sanciones por un total de $ 1.120.000. En todos los casos fue por incumplir los artículos 4° (Deber de información), 8° BIS (Trato Digno), 10° (Contenido del Documento de Venta) y 19° (Modalidad de Prestación de Servicio) de la Ley

 

Por otro lado, en la Disposición 299 se multó a una empresa dedicada a construcción de viviendas por $ 650 mil. En este caso fue por infracción a lo dispuesto en los artículos 4º (Deber de información), 19º (Modalidades de Prestación de Servicios), 8º BIS (Trato Digno), 10º BIS (Incumplimiento de la Obligación) y 7º (Oferta).

 

También se sancionó a dos personas de Córdoba por incumplimientos a la normativa vigente. La multa ascendió a $ 475 mil. Otra de las disposiciones es contra una firma de viviendas oriunda de Santa Fe, que deberá pagar $ 450 mil por incumplir los artículos 4º (Deber de Información), 19º (Modalidades de Prestación de Servicios), 8º BIS (Trato Digno), 10º BIS (Incumplimiento de la Obligación), 7º (Oferta), 37º (Interpretación) y 38º (Contrato de Adhesión, Contratos en Formularios).

 

Cadenas y un banco.

 

En el listado de disposiciones también figuran multas contra cadenas de electrodomésticos. Una de ellas fue sancionada y deberá pagar $ 500 mil por incumplir con los artículos 4º (Deber de Información), 8º BIS (Trato Digno), 19° (Modalidades de los servicios) y 53º (Normas del Proceso).

 

Las otras dos deberán abonar cada una $ 250 mil. En uno de los casos por infracción al Deber de Información, al Trato Digno y a las Modalidades de Prestación los Servicios, mientras que la otra fue multada por las mismas razones, a las que se sumó la infracción por incumplir con las Normas del Proceso. Todo ello en base a la Ley de Defensa al Consumidor.

 

Finalmente, aparece un banco internacional que incumplió con los artículos 4º (Deber de información), 8º BIS (Trato Digno), 10º BIS (Incumplimiento de la Obligación), 19º (Modalidad de Prestación de Servicio) y 27º (Registro de Reclamos). Por estos motivos, deberá pagar una multa de $ 100 mil.

 

 

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