Sabado 13 de abril 2024

Amenazas reiteradas

Redacción 09/09/2015 - 01.58.hs

La jueza de control, María Florencia Maza, condenó ayer, mediante un juicio abreviado, a Carlos Alberto Sosa a la pena de seis meses de prisión en suspenso por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de amenazas en dos oportunidades en concurso real, en situación de violencia de género, por hechos denunciados el 12 y el 17 de junio de este año por su pareja.
El abreviado había sido elevado en forma conjunta por el fiscal Marcos Hernán Sacco, los defensores particulares Fabián Vigne y Juan Carlos De La Vega y el propio imputado, apodado Nico, de 49 años, domiciliado en Toay y sin antecedentes penales.
Además, se le impusieron las siguientes reglas de conducta por dos años: fijar domicilio -del que no podría ausentarse sin conocimiento de la autoridad judicial correspondiente-, someterse al Patronato de Liberados, abstenerse de entrar en contacto con la víctima ni acercarse a menos de 200 metros del domicilio de ella y someterse a un tratamiento psicológico acorde a la problemática de violencia contra las mujeres.
Durante la investigación fiscal preparatoria quedó demostrado que "en reiteradas oportunidades desde que están juntos", Sosa le había dicho a la víctima "expresiones amedrentantes tales como 'te voy a abrir al medio con mi cuchillo', sintiendo ella temor por tales manifestaciones".

 

Amenazas reiteradas.
Maza indicó que esas expresiones "le causaron temor a la destinataria, limitando su libertad de autodeterminación. Ello se prueba no solo de lo que surge del informe de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia, sino de la circunstancia de haber tenido que entregarle a la denunciante un botón de pánico a los fines de evitar cualquier contacto con el denunciado ante el temor cierto de que éste realizara algún accionar en su contra; surgiendo por otra parte de las constancias analizadas, el perfil violento e impulsivo del imputado que justifican asimismo la conclusión a la que se ha arribado":
El episodio que terminó con la condena de Sosa se produjo en 16 de junio, cuando le dijo vía telefónicamente a la mujer. "A mí no me importa ir preso, por más que me den 100 años, yo voy a salir y te voy a buscar". Además, le envió varios mensajes de texto con contenidos amenazantes.
La jueza señaló que esa conducta debe encuadrarse en el delito de amenazas simples debido a que Sosa le hizo a la víctima "manifestaciones reiteradas que le causaron temor, limitándola en su libertad de autodeterminación". Y agregó que de las actuaciones surgió que las conductas analizadas "se dieron en un contexto de violencia de género, teniendo en cuenta que la damnificada era la pareja del imputado, dándose expresiones amedrentantes en un contexto de unión violenta, circunstancia que justifica su inclusión en las disposiciones de la ley 26485".

 


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