Jueves 25 de abril 2024

Nación deberá pagarle 15.000 millones de pesos a la provincia puntana

Redacción 20/02/2019 - 00.42.hs

La Corte Suprema le ordenó al Gobierno que le devuelva a la provincia de San Luis 15.000 millones de pesos de coparticipación. Es una deuda que la administración de Mauricio Macri debió haber saldado después de un fallo supremo de fines de 2015, obligación que hasta ahora incumplió. El fallo lleva la firma de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, el tridente que la Casa Rosada llama "mayoría peronista" y que no le trae últimamente las mejores noticias.
Todo indica que pronto habrá una sentencia similar a favor de Santa Fe, pero por el triple de dinero. El tribunal había declarado inconstitucional la detracción del 15 por ciento de la masa de impuestos coparticipables que el Gobierno quitaba a las provincias para financiar la Anses, según un acuerdo que se remonta a 1992 y que luego se convirtió en ley.

 

Inconstitucional.
A fin de 2015, la Corte recibió al entonces flamante gobierno con un fallo que le daba la razón a Santa Fe, San Luis y Córdoba, que reclamaban la restitución de los fondos coparticipables detraídos, quitándole la retracción del 15% de su coparticipación que iba a parar a la Anses y del 1,9% destinada a solventar a la AFIP. "Si lo ganamos, festejaremos, pero luego hay que lograr que nos paguen", dijo con algo de resignación una fuente de la gobernación santafesina.
Por entonces la Corte declaró la inconstitucionalidad del artículo 76 de la ley 26.078 de presupuesto para el año 2006, que disponía una prórroga de ese descuento de 15 por ciento de la más coparticipable. A partir de ahí la Corte dejó abierta la posibilidad de que las partes acordaran los montos y la forma de pago, así como los plazos.
Pero como ya pasaron tres años y la única provincia que arregló fue Córdoba, ante los reclamos de las otras, los supremos decidieron tomar cartas en el asunto, y establecer las pautas para que se cumpla la sentencia.

 

Criterios.
Los criterios que se establecieron, según lo expuesto por el portal digital de Página 12 son: que corresponde aplicar la tasa pasiva promedio del Banco Central (es decir, no se hizo lugar al criterio de San Luis , que pedía tasa activa del Banco Nación para amortiguar la pérdida de valor de la moneda); la Corte no admitió la aplicación de la tasa del 6 por ciento anual prevista en el Programa Federal de Desendeudamiento de las provincias" que pedía el Estado Nacional, al que la provincia no ingresó y que los intereses, dijo la Corte, no deben considerarse capitalizables.
Es uno más de la serie de fallos adversos que el Gobierno viene teniendo en el máximo tribunal, en el cual puso a Carlos Rosenkrantz para intentar dominarlo pero no fue posible. Entre ellos, el fallo que obligó a la Anses a reajustar las jubilaciones que ingresaron en la llamada "Reparación Histórica" ya que el Gobierno había usado el índice menos favorable para la clase pasiva. Se espera que este año falle, entre otros puntos, sobre la índice de movilidad y el empalme de la polémica reforma previsional sancionada en 2017. (Página12/El Destape)

 

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