Viernes 26 de abril 2024

El desempleo en el país cayó al 6,2%

Redacción 21/09/2023 - 09.00.hs

La tasa de desocupación bajó al 6,2% al término del segundo trimestre de este año, frente al 6,9 % de abril-junio del año pasado, informó el Indec. Desde la interrupción estadística del organismo en 2016 a manos de Mauricio Macri, se trata de la cifra más baja registrada y se encuentra a décimas de alcanzar el piso logrado en el segundo gobierno de Cristina Kirchner (5,9%).

 

Además, la tasa de sub ocupación demandante en el segundo trimestre retrocedió al 7,4 % contra el 7,9 % de igual período del año pasado. ¿Qué es la subocupación? se refiere a los ocupados que trabajan menos de 35 horas semanales por causas involuntarias y desean trabajar más horas.

 

En el segundo trimestre, la tasa de actividad -que mide la población económicamente activa sobre el total de la población- alcanzó el 47,6%. La tasa de empleo, que mide la proporción de personas ocupadas con relación a la población total, se ubicó en 44,6%; y la tasa de desocupación -personas que no tienen ocupación, están disponibles para trabajar y buscan empleo activamente, como proporción de la PEA- fue del 6,2%.

 

Al observar las poblaciones específicas, dentro del universo de 14 años y más, desagregado por sexo, la tasa de actividad para los varones fue de 69,8%, mientras que para las mujeres se ubicó en 51,5%. A nivel geográfico, las regiones que presentaron mayores tasas de actividad fueron la Región Pampeana (49,2%), Gran Buenos Aires (47,6%) y Cuyo (47,0%). Por su parte, la que presentó la menor tasa de actividad fue Noreste (44,4%).

 

Entre los asalariados ocupados, 4,5% utilizó sus propias maquinarias/equipos para realizar su trabajo. Asimismo, del total de ocupados, 9,1% trabajó desde la vivienda. Al analizar la población ocupada por nivel educativo, más de la mitad de las personas ocupadas (60,8%) cuenta con hasta secundario completo, mientras que 39,2% posee estudio superior y universitario (completo o incompleto).

 

En lo que respecta a la calificación de la ocupación principal, 55% corresponde a un empleo operativo; 17,2%, a calificación técnica; 18,3%, a no calificado; y 9,1%, a profesional.

 

En referencia al nivel educativo de las personas desocupadas, 68,3% cuenta con hasta secundario completo, y el 31,7%, con nivel superior y universitario, completo o incompleto. En cuanto al tiempo de búsqueda, 66,4% lleva buscando empleo entre 1 y 12 meses, mientras que 33,6% lleva más de un año.

 

Proyecto "MIPyme".

 

En tanto, la Cámara de Diputados aprobó el martes y envió al Senado el proyecto de ley 'Mipyme', elaborado por el Poder Ejecutivo, que busca fortalecer el empleo en pequeñas y medianas empresas, a partir de una serie de beneficios para la contratación de personal, entre otras cuestiones.

 

El proyecto fue aprobado por 130 votos a favor, del Frente de Todos y bloques provinciales; 3 en contra y 63 abstenciones, en su mayoría de Juntos por el Cambio.

 

Al explicar los alcances del proyecto, el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller (Frente de Todos), destacó que al mismo "hay que entenderlo en el marco complementario de otro proyecto como el que tratamos hoy, referido al Impuesto a las Ganancias".

 

"Este proyecto apunta a fomentar la contratación formal de trabajadores, a impulsar la transformación de los que hoy son beneficiarios de planes sociales y a erradicar la informalidad, principalmente en microempresas", agregó.

 

A través del proyecto, se establece que el beneficio se concede "por un plazo de 24 meses contados a partir del inicio de la relación laboral, inclusive, y la magnitud de la reducción varía en función del tamaño de la persona empleadora y del hecho de que el trabajador o la trabajadora haya sido o no beneficiario o beneficiaria de ciertos programas sociales y de empleo".

 

Asimismo, el proyecto contempla un esquema de regularización de situaciones laborales no registradas, que permite el goce de ciertos beneficios para que las PyMEs regularicen relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha en que se promulgue la ley.

 

De acuerdo con el texto, la empresa "podrá rectificar la real remuneración o la real fecha de inicio de la relación laboral" con los siguientes beneficios: queda liberado de sanciones penales y reduce conflictos judiciales; puede subsanar la baja del registro de empleadores con sanciones laborales (Repsal); accede a condonación de deuda por capital, intereses y multas por los trabajadores que regularicen".

 

A su vez, el trabajador no perderá aportes, ya que el Estado le computará los aportes no ingresados por los empleadores por hasta 70 meses.

 

Para el caso de ambos beneficios, las PyMEs no podrán reducir la nómina laboral y no podrán tener ningún trabajador no registrado.

 

El régimen comprende a los empleadores y empleadoras que encuadren y se encuentren inscriptos como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas o entidades sin fines de lucro, "cuyo objeto exclusivo sea la prestación de servicios sociales gratuitos, debiendo regularizarse las relaciones laborales dentro de los 90 días corridos, contados desde la fecha de entrada en vigencia de la Reglamentación de la ley".(Télam/Destape)

 

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