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La Corte liberó la venta de tierras a extranjeros

Redacción 30/09/2026 - 00.14.hs

La Corte Suprema de Justicia de la Nación repuso ayer el artículo 154 del DNU 70/2023 con el que el gobierno de Javier Milei había derogado la llamada Ley de Tierras, lo que habilita ahora la liberación del mercado de tierras y su extranjerización. Se trata justamente de lo que el gobierno nacional impulsó luego de finalizado el Mundial FIFA 2026 pero cosechó un amplio repudio social y quedó en la nada.

 

El diario porteño Página 12 recordó que la vieja norma mantenía hasta ahora su vigencia por un fallo de la Cámara Federal de La Plata que había declarado la inconstitucionalidad de la decisión del Poder Ejecutivo que, por esa limitación, intentó avanzar sin suerte con la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, un nombre bajo el cual se escondía la habilitación a extranjeros para que compren la cantidad de tierra que quieran sin importar la zona.

 

“Lo que no pudo el Senado, que tuvo que excluir toda la referencia a venta de tierras a extranjeros ante el reclamo popular en defensa de la soberanía, lo hicieron en ocho páginas los tres cortesanos Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz. No solo eso: no opinaron sobre la cuestión constitucional; solo hicieron caer el fallo anterior con el argumento de que el Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata no tenía legitimación para impulsar la causa”, sostuvo el artículo.

 

El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (Cecim) había presentado una demanda judicial contra aquel DNU de Milei porque consideraba que esa medida dañaba la soberanía nacional al facilitar la venta de territorio a extranjeros.

 

Una de las primeras voces que se alzó contra la decisión de la Corte Suprema fue la del constitucionalista Andrés Gil Domínguez quien acusó a los cortesanos de actuar a espaldas del pueblo argentino y de los héroes de Malvinas. “El artículo 154 del DNU 70/2023 (dictado sin cumplir con los requisitos establecidos por la Constitución argentina y por tanto nulo de nulidad absoluta) dispuso la derogación total de la ley 26.737 que estableció el Régimen de Protección al Domino Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales ¡Si la misma ley que el gobierno quiso modificar parcialmente y que no lo pudo hacer debido a la movilización social generada por el trapo exhibido por la selección argentina en el mundial en el partido contra Inglaterra!” sostuvo.

 

El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) promovió una acción de amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional con el objeto de que se declarase la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 154 del DNU 70/2023. La causa se caratuló “C.E.C.I.M. La Plata c/ PEN s/ amparo ley 16.986”.

 

“En primera instancia fue rechazada por el juez federal La Plata Alberto Recondo. La Sala III de la Cámara Federal de La Plata revocó el fallo de grado declarando la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023 estableciendo el carácter erga omnes de la sentencia por tratarse de un proceso colectivo”, recordó Gil Domínguez.

 

Pero durante la jornada de ayer, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia de la Sala III y rechazó la demanda. “¿Cuál fue el único argumento? Que los Ex Combatientes Islas Malvinas no tienen legitimación procesal (esto es que no están constitucionalmente habilitados para que la justicia les abre la puerta cuando defienden la soberanía territorial) y que por lo tanto no existe un caso judicial para que dicha pretensión se debata”, explicó el constitucionalista.

 

“La consecuencia nefasta del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación es que, a partir del dictado de la sentencia, cualquier persona física o jurídica extranjera o cualquier Estado extranjero pueden comprar toda la tierra rural a donde quieran -incluida las zonas de frontera- sin límite alguno. Esto no puede quedar así”, advirtió.

 

Duro mensaje del Cecim: “Esta Corte es indigna”.

 

La Corte decretó que la soberanía no es un bien jurídico y puso a la Argentina en venta. Ese fue el título elegido por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata para referirse al fallo del máximo tribunal del país que liberalizó la venta de tierras a extranjeros en el país.

 

“En un fallo escueto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de resolver el problema político en que el gobierno de Milei se había metido. Mientras el pueblo gritó con fuerza que ‘La Patria no se vende’, la Corte entendió que no existe algo así como un bien jurídico soberanía, y rechazó nuestra demanda para evitar la derogación de la Ley de Tierras, que el presidente intentó a poco de asumir, mediante el Decreto 70/23”, sostuvo el Cecim en una carta pública en sus redes sociales.

 

Los ex combatientes pusieron de relieve la contradicción que atraviesan: en 1982 el Estado argetino les dijo que debían ir a combatir en defensa de la soberanía, pero ahora, 44 años después, les dicen que no pueden acudir a la Justicia en defensa de ese mismo bien. “Podemos morir en defensa de la soberanía, pero no acudir a un Tribunal. El fallo no solo se pelea con el derecho. Lo hace con la humanidad, con la razonabilidad. Esta Corte es indigna”, sostuvieron.

 

Para el Cecim, la Corte con su fallo “acaba de decirle al mundo entero que, si quiere, pueden venir a comprar municipios, provincias, zonas de frontera, ríos, valles, bosques, quebradas, incluidas las Islas Malvinas”. “Lo hizo de forma cobarde, diciendo que no lo hacía, que el problema estaba en si los ex combatientes podíamos o no acudir a la Justicia”, aseguraron.

 

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